El fiscal general del Estado, Emi­liano Rolón, en una extensa entrevista para el programa “Arriba hoy”, de GEN y Universo 970 AM/Nación Media, explicó el proceso de investigación que se realizó en el caso de la filtración de datos de inteligencia, en el cual fue imputado el expresidente de la República Mario Abdo Benítez y otros ocho exco­laboradores de su gobierno.

El fiscal general avaló el tra­bajo realizado por el equipo de agentes fiscales que ini­ció las investigaciones y ase­guró que pese a la infidencia que se pudo haber cometido por parte de uno de los fisca­les, Aldo Cantero, no conta­mina el proceso de investi­gación.

“Los antecedentes dicen que a consecuencia de una denuncia se abrió un equipo de trabajo encabezado como coordinadora por una fis­cala adjunta, tres fiscales más, más técnicos, peritos, expertos que acompañaron 7 meses una tarea, aun admi­tiendo la posibilidad de una infidencia de un miembro del equipo, evidentemente no altera el producto que presentaron”, aseguró el fiscal general.

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Rolón explicó que la Fisca­lía tiene una estructura, el fiscal general del Estado es la cabeza visible, el último eslabón; antes están los adjuntos, quienes contro­lan en forma directa la labor de los agentes fiscales que es el agente que debe inves­tigar los hechos y ellos tie­nen autonomía, la investiga­ción es independiente para cada persona. “Pero en ese caso se formaron equipos de trabajo precisamente por la dimensión social que puede tener el acontecimiento”, indicó.

Agregó que la Fiscalía tiene por único interés conser­var las reglas constitucio­nales y el cumplimiento estricto de las leyes. “Tene­mos el privilegio histórico de que el país nos formó para que apliquemos las reglas del derecho y esta­mos en lo mismo, así es que las garantías para las par­tes van a observarse en la ley, no tenemos compro­misos políticos, ni alia­dos, ni contrarios, simple­mente pedimos a la gente que confíe en las institu­ciones”, aseveró.

CSJ blindó a Fiscalía para no ser sometida por el Congreso

Los dictámenes serán analizados hoy por el pleno del Senado.FOTO: ROBERTO ZARZA

El Ministerio Público no está obligado a remitir ningún informe al Congreso Nacional sobre las investigaciones que realiza a políticos, empresarios y otros.

Esta disposición lo revela un fallo de la Sala Constitucio­nal de la Corte Suprema de Justicia a través del Acuerdo y Sentencia 1102 de fecha 20 de diciembre de 2019, donde se admitió una acción de inconstitucionalidad promovida en el año 2015 por el entonces fiscal general Javier Díaz Verón, quien recurrió a la máxima instancia judicial cuestionando el artículo 2, inc. c) de la Ley n.º 5453/15, “Que reglamenta el Art. 192 de la Constitución Nacional, de pedido de informes”.

Con la presente determinación adoptada por la Corte Suprema de Justicia la Fis­calía no está obligada a remi­tir ningún informe al Con­greso sobre la imputación que soporta por filtración de información en la Sepre­lad donde está imputado el expresidente Mario Abdo Benítez y su gavilla.

De acuerdo a la resolución judicial de la sala consti­tucional exime de remitir informes de carácter juris­diccional, es decir, informar sobre las causas que investiga al Congreso. Los ministros que firmaron el presente fallo judicial fueron Antonio Fre­tes, Gladys Bareiro de Módica y Miryam Peña Candia. Los altos magistrados luego de un análisis declararon inconstitucional e inaplica­ble el Artículo 2, inc. c) de la Ley n.º 5453/15, “Que regla­menta el Art. 192 de la Cons­titución Nacional, del pedido de informes”.

El Ministerio Público pre­sentó la acción de inconstitucionalidad en 2015, contra la mencionada ley, debido a que viola varios artículos cons­titucionales tales como del Poder Público, de la libertad y seguridad de las personas, de la supremacía de la Cons­titución, a más de los artícu­los referentes al Ministerio Público.

Específicamente, dice que el citado artículo incluye al Ministerio Público como organismo sujeto a la obli­gación de contestar pedidos de informes requeridos por el Congreso Nacional, por­que no lo exceptúa de la acti­vidad jurisdiccional. Según la acción, la Fiscalía es un órgano extrapoder, sin suje­ción a directivas que ema­nen de órganos ajenos a su estructura, conforme fallos de la propia Corte.

SEPA MÁS

Tratan desafuero de Abdo

La Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado, encabe­zada por Lilian Samaniego, emitió ayer martes dos dictámenes con relación al pedido de desafuero del exmandatario Mario Abdo Benítez. Ambas posiciones serán analizadas hoy por la ple­naria de la Cámara Alta para definir si el líder del movimiento Añe­tete, devenido a Fuerza Republicana, será sometido a un proceso penal, teniendo en cuenta su condición de senador vitalicio.

A favor del desafuero votaron los senadores Basilio “Bachi” Núñez, Derlis Maidana, Carlos Núñez Agüero, Javier Zaca­rías Irún, Lizarella Valiente y Édgar López. Mientras que por el rechazo votaron Líder Amarilla, Yolanda Paredes, Rafael Fili­zzola, Lilian Samaniego, Mario Varela, Sergio Rojas y Eduardo Nakayama.

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