Los ministros del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) recibieron una propuesta de la Comisión Jurídica e Informática de la institución, que plantea la incorporación de elementos de control manual al proceso de escrutinio. Este procedimiento fortalecerá la confianza de la ciudadanía en los resultados emanados de la máquina de votación reflejando fielmente la voluntad popular.

Dicha iniciativa fue presentada en una reunión en la sala de sesiones de la Justicia Electoral. Se plantea reglamentar el escrutinio, conforme al siguiente procedimiento:

a) Una vez elaborada el acta de cierre de la mesa receptora de votos, el presidente de mesa desdoblará cada boletín y procederá a la lectura en voz alta del contenido del mismo. Luego exhibirá cada boletín a los vocales, veedores de mesa y electores presentes. Si algún miembro de la mesa, veedor o apoderado en ejercicio de sus funciones tiene dudas sobre el contenido de un boletín de voto leído por el presidente, puede pedir en el acto para examinarlo, debiendo ser concedido (Artículo 224 C.E.).

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b) Con la colaboración de los vocales, el presidente de mesa irá separando todos los boletines de voto que correspondan a cada organización política, además de blancos y nulos para el cargo de intendente municipal. Luego se contabilizarán los votos obtenidos por cada organización política para el cargo de intendente municipal y el resultado se anotará en la Planilla de Conteo Manual correspondiente al cargo.

c) Seguidamente, se irán separando los boletines de voto que corresponde a cada agrupación política, además de blancos y nulos para el cargo para miembros de Junta Municipal. Luego se contabilizarán los votos obtenidos por cada organización política para el cargo de miembros de Junta Municipal y el resultado se anotará en la Planilla de Conteo Manual correspondiente al cargo.

d) El presidente de mesa acercará el chip o Código QR de los boletines válidos al lector de la máquina de votación. En la pantalla de la misma se mostrará el contenido de dicho voto, así como la cantidad de votos que vaya obteniendo cada candidato a intendente municipal, así también la cantidad de votos por cada lista y de votos preferentes por cada candidato a miembros de Junta Municipal.

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e) Los miembros de la mesa receptora de votos, y los apoderados, veedores y electores podrán comparar que el resultado visualizado en la pantalla de la máquina de votación corresponde al resultado contenidas en las Planillas de Conteo Manual; y,

f) Si los miembros de la mesa receptora de votos, veedores o apoderados tienen dudas podrán solicitar el recuento de los boletines de voto.

Seguidamente imprimirán las Actas y Certificados de Resultados correspondientes a la mesa.

En caso de no coincidencia de los resultados se reglamentará el mecanismo de verificación de los resultados del escrutinio de la mesa.

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