El Tribunal de Apelación integrado por los camaristas Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández, quien votó en disidencia, ratificó que el expresidente de la República Horacio Cartes no está obligado a comparecer ante la Comisión Bicameral de Investigación sobre lavado de dinero. Fue al confirmar la resolución del juez penal de Garantías Raúl Florentín, quien ya había dejado bien en claro que Cartes no está obligado a comparecer ante la CBI.

El diputado Jorge Ávalos Mariño había presentado la apelación contra la resolución del juez Florentín, pero la misma fue declarada inadmisible y por ende se ratifica que Cartes no está obligado a comparecer ante la CBI.

En agosto de este año el juez Raúl Florentín rechazó el auxilio judicial presentado por la Comisión Bicameral de Investigación (CBI) sobre lavado de dinero que pretendía obligar a que el expresidente Horacio Cartes acuda a declarar el próximo 6 de setiembre. El magistrado argumentó que Cartes tiene fueros como senador vitalicio, por lo tanto no está obligado a comparecer; sin embargo, puede responder a través de su abogado la consulta que haga la comisión al expresidente Cartes.

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“Hay una discusión en torno a lo que la comisión señala y lo que el ciudadano Horacio Cartes menciona a través de su abogado, él ha solicitado declarar por escrito ante la comisión y la comisión señala de que esa vía no es la correcta y por lo tanto considera de que es una incomparecencia injustificada y solicita que este juzgado lo convoque con auxilio de la fuerza policial”, mencionó Florentín.

Según la Ley 137/93, en el artículo 11, “serán de aplicación supletoria las disposiciones del Código Procesal Civil y del Código Procesal Penal, inclusive las modalidades previstas para los testigos que gocen de fueros especiales”. Ante esto surge la interrogante si Horacio Cartes posee o no fueros especiales, de acuerdo al argumento manifestado por el magistrado.

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