A raíz de las chicanas presenta­das por Justo Ferreira y su hija Patricia, acusados por contra­bando, asociación criminal y producción de documentos no auténticos por la compra fallida de insumos médicos para el Ministerio de Salud durante la pandemia, en el 2020 se sus­pendió la audiencia preliminar donde se tenía que definir si los mismos enfrentarían un jui­cio oral y público.

La defensa de padre e hija presentó una apelación general contra la determinación adoptada por el juez Humberto Otazú, quien fijó para ayer la diligencia judi­cial. La Cámara de Apelación deberá destrabar el presente proceso penal y en caso de ser así el citado magistrado deberá volver a fijar una nueva fecha para que se pueda desarrollar la audiencia y se decida si los procesados estarán sentados en el banquillo de los acusados.

Por su parte, el juez Otazú explicó que “el juzgado con­vocó a los procesados para la audiencia preliminar en vista que se tiene dos requerimien­tos, uno el de sobreseimiento y otro, acusación, y en base a eso se fijó dos horarios para llevar a cabo la diligencia judi­cial y dicha determinación fue recurrida a través de una ape­lación general por parte de la defensa de los Ferreira. A raíz de esto no se puede realizar la audiencia hasta tanto el Tribu­nal de Apelación resuelva sobre el planteamiento realizado en el presente caso”, indicó el refe­rido magistrado.

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Actualmente Justo Ferreira y su hija Patricia gozan del arresto domiciliario que fue otorgado de forma lla­mativa por el juez Mirko Vali­notti, quien a raíz del mencio­nado fallo judicial está siendo investigado al igual que el fis­cal Osmar Legal por el Jurado de Enjuiciamiento de Magis­trados (JEM) que podría enjui­ciarlos si se encuentra irregu­laridad en la actuación del magistrado como del agente fiscal.

Además de Ferreira y su hija fueron acusados el aduanero Carlos Alberto Gamarra, y los funcionarios de Aduanas, Guillermo Molinas y Gustavo Adolfo Acosta, por presunta complicidad. Igualmente, el Ministerio Público solicitó el sobreseimiento definitivo de Lauri Marcio Pool y Mario Joel Olmedo.

La causa guarda relación con la compra de 400 camas hospi­talarias manuales y 50 camas hospitalarias eléctricas, que no contaban con la autorización técnica de la Dirección Nacio­nal de Vigilancia Sanitaria (Dinavisa), del Ministerio de Salud Pública, ni la documen­tación legal correspondiente.

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