El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) decidió, este jueves, remitir a la Cámara de Diputados el pedido de permiso por tiempo indefinido del diputado Orlando Arévalo para que se designe a su reemplazante, así como resolvió la apertura de una investigación con el pedido de informes al Ministerio Público sobre las causas que guardan relación a las agentes fiscales y jueza involucradas en el hecho conocido como “chats de Lalo Gomes”.
“Esta semana tuvo amplio destaque y repercusión en medios periodísticos, escritos, digitales, televisivos, radiales, gravísimos, escabrosos y deleznables mensajes, incluso algunos en los que se evidencian presuntos hechos punibles denunciados por el juez penal de garantías ante el Ministerio Público, algunos de ellos”, argumentó el magistrado César Garay Zucolillo, representante de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), durante la primera sesión del JEM.
El plenario estudió en la instancia de asuntos varios, el pedido de permiso del diputado Arévalo dirigido a la presidenta del JEM, Alicia Pucheta, del 4 de febrero; así como el pedido de apertura contra las fiscales Katia Uemura y Stella Mary Cano, y la jueza Sadi López, citadas en chats extraídos del teléfono del exdiputado Eulalio “Lalo” Gomes Batista, fallecido el 19 de agosto de 2024 en un allanamiento ordenado por el juez Osmar Legal en el marco del operativo “Pavo Real II”.
El Jurado de Enjuiciamiento resolvió librar los oficios pertinentes a fin de solicitar informes a la fiscalía general del Estado (FGE) sobre el estado de las causas que guardan relación a las agentes fiscales y jueza involucradas en los últimos hechos que tomó relevancia mediática, a efectos de determinar la viabilidad de la aplicación del artículo 13 de la Ley n.° 6814/2021, enjuiciamiento oficioso por comisión de hechos punibles.
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Pedido de permiso
En esta sesión también se puso a consideración el pedido de permiso de tiempo indefinido por parte del diputado Orlando Arévalo, remitido a la presidenta del JEM, Alicia Pucheta. Al respecto, el pleno resolvió remitir a la Cámara de Diputados la nota presentada por el legislador a efectos de que se designe al sustituto del mismo. La decisión se basa en el artículo 9 de la ley 6814/2021 que regula el funcionamiento del órgano extrapoder, en el cual establece el proceso en los casos de pedido de permiso y otras situaciones.
Este artículo estable que “en los casos de renuncia, inhabilidad, permiso, vacancia o muerte de cualquiera de los miembros del Jurado, cada órgano cuyo miembro integra el Jurado designará el reemplazante, quien completará el periodo de la duración de las funciones del reemplazado. En caso de dos o más ausencias reiteradas e injustificadas de uno de sus miembros, el Jurado podrá solicitar al órgano pertinente la integración del sustituto designado”.
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