El Gobierno aprobó, a través de la Ley 7.399/2024, publicada el 23 de diciembre, la convención de las Naciones Unidas sobre los acuerdos de transacción internacionales resultantes de la mediación, que es un instrumento para facilitar el comercio internacional y promover la mediación como método alternativo y eficaz de solución de controversias comerciales.

Se trata de un convenio suscrito por Paraguay, representado por el entonces embajador en la República de Corea, Raúl Silvero, el 7 de agosto de 2019, en la Convención de Singapur sobre Mediación; que fue adoptado por la convención en Nueva York (Estados Unidos), el 20 de diciembre de 2018, para laudos arbitrales.

La Convención de Singapur fue firmada inicialmente por 46 países, incluyendo Estados Unidos, China, y otros, con lo que el apoyo de un gran número de países en el documento influye positivamente en todo el sistema de resolver las disputas internacionales, incluyendo la actividad de tribunales e instituciones de arbitraje.

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“La Convención de Singapur sobre Mediación ha sido concebida como un instrumento esencial para facilitar el comercio internacional, promover la mediación como método alternativo y eficaz de solución, además garantiza que un acuerdo alcanzado por las Partes adquiera carácter vinculante y pueda ejecutarse siguiendo un procedimiento simplificado y sencillo”, había explicado el diputado Héctor Figueredo, titular de la Comisión de Industria, Comercio, Turismo y Cooperativismo, durante su estudio en el Legislativo.

La entrada en vigencia de este tipo de convenciones en Paraguay, contribuye con la postura vanguardista que adopta el país en el ámbito del derecho internacional, proporcionando un entorno legal sólido para facilitar el comercio internacional. Como instrumento internacional vinculante, se espera que ofrezca certeza y estabilidad al marco internacional en materia de mediación, lo que contribuirá al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, principalmente al Objetivo 16.

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