En el Congreso Nacional se desató una disputa en torno a la presidencia de la Comisión Nacional de Itaipú, que analizará y dará acompañamiento a las negociaciones encaradas por Paraguay ante Brasil en el marco de la revisión del Anexo C del tratado de Itaipú. La titularidad del órgano es reclamada por los parlamentarios de ambas cámaras.

De acuerdo a fuentes del Poder Legislativo, los aspirantes al cargo son Arnaldo Samaniego y el diputado Hugo Meza. Este lunes, debió concretarse la instalación de la comisión, sin embargo, por falta de quórum el proceso quedó postergado.

Esta es la realidad. Deben estar presentes para debatir y llegar a un acuerdo. Se realizará una nueva convocatoria de acuerdo a nuestra agenda”, sostuvo el titular del Legislativo Basilio “Bachi” Núñez a los medios de comunicación.

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Del total de los 16 congresistas que conforman el bloque, solo se presentaron las senadoras Celeste Amarilla del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) y Yolanda Paredes, del Partido Cruzada Nacional.

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Fueron designados en la Cámara de Diputados como miembros titulares Rocío Abed, Christian Brunaga, Avelino Dávalos, Hugo Meza, Mau­ricio Espínola, Jorge Áva­los Mariño, Carlos Pereira y Raúl Benítez. Mientras que en el Senado fueron elegidos Arnaldo Samaniego, Javier Zacarías, Hernán David Rivas, Óscar Salomón, Colym Soroka, Dionisio Amarilla y Celeste Amarilla. Mientras que como representantes titulares del Parlamento del Mercado Común del Sur (Parlasur), fueron electas las senadoras Yolanda Paredes y Noelia Cabrera.

El tratado de la Itaipú fue el instrumento jurídico-diplomático que formalizó la alianza entre el Brasil y Paraguay para la explotación del potencial hidroeléctrico del río Paraná por ambas naciones. Fue suscrito el 26 de abril de 1973 y entró en vigencia el 13 de agosto de ese año y se conforma por los anexos A, B y C.

El Anexo A guarda relación con el estatuto de la entidad, mientras que en el Anexo B se encuentran definidas la descripción general de las instalaciones destinadas a la producción de energía eléctrica y obras auxiliares y en el Anexo C se fijaron las bases financieras y de prestación de los servicios de electricidad de la represa.

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