La jueza del Crimen Organizado, Rosarito Montanía, declaró la rebeldía y ordenó la captura de Gonzalo Aparicio Sosa Izaguirre y Guillermo Federico Rey Torres, imputados por el Ministerio Público en la investigación de la incautación de 10 toneladas de cocaína en Hamburgo, Alemania.
Asimismo, la referida magistrada resolvió dictar las medidas cautelares de inhibición y bloqueo de cuentas de los imputados Sosa y Rey, quienes no podrán realizar ninguna operación financiera luego de la resolución de la mencionada jueza.
El proceso investigativo en Paraguay comenzó el sábado 15 de julio por parte de agentes especiales de la Senad de la Unidad SIU, en coordinación con el fiscal Deny Yoon Park. Hasta la fecha se han realizado operativos y diligencias en oficinas, escribanías, viviendas y depósitos, totalizando nueve procedimientos. En la oportunidad fueron recabados distintos elementos probatorios de los lugares intervenidos y se han tramitado requerimientos a numerosas entidades públicas y privadas.
Las investigaciones desarrolladas hasta la fecha permitieron generar informaciones relevantes. El contexto de lo acontecido es una modalidad bastante peculiar, por medio de la cual la organización criminal en cuestión utilizó documentos adulterados para usurpar identidades y de esta manera resguardar las verdaderas identidades de los responsables. Bajo esta modalidad organizaron la operación de comercio internacional que habría posibilitado el traslado de un contenedor contaminado hasta el puerto de Hamburgo. Este esquema fue utilizado también para la adquisición de dos empresas preconstituidas.
El JEM decidió admitir la acusación contra la jueza de Itakyry, Eresmilda Román Paiva, quien vía medida cautelar decidió habilitar la carrera de Medicina en una Universidad privada en Ciudad del Este. Foto: Gentileza
Admiten enjuiciar a jueza que habilitó carrera de Medicina en CDE
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El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados admitió la acusación contra la jueza de Itakyry, Eresmilda Román Paiva, quien presuntamente de forma irregular y vía medida cautelar habilitó la carrera de Medicina en la Universidad Autónoma San Sebastián, filial Ciudad del Este. Igualmente, la referida magistrada para evitar que el JEM pueda investigarla por mal desempeño en sus funciones, presentó renuncia al cargo de jueza, pero la Corte todavía no aceptó la renuncia por lo que el jurado está habilitado para indagar a Paiva.
El JEM decidió admitir la acusación atendiendo a que la Procuraduría General de la República en representación del Estado y el Consejo Nacional de Educación Superior, órgano oficial encargado de la habilitación de carreras en educación superior, presentaron la acusación contra la mencionada magistrada.
La jueza Carmen Barrios rechazó el amparo promovido por la Universidad Autónoma San Sebastián filial Ciudad del Este contra el Consejo Nacional de Educación Superior (Cones). La referida casa de estudios presentó el amparo para poder ofrecer la carrera de Medicina, pero con la resolución de la magistrada no se podrá promocionar la carrera.
Barrios sostuvo que “si se hace lugar al amparo se estaría violando la propia ley que rige al ente rector, lo que se considera inadmisible desde todo punto de vista”. Agrega “la vía del amparo no es la idónea para obtener la habilitación de una carrera, máxime cuando existe un procedimiento en trámite y los requisitos están siendo aún evaluados por la entidad competente”, alega la jueza al rechazar la pretensión de la casa de estudios.
El pastor José Insfrán está preso en la cárcel de Emboscada y seguirá en dicha penitenciaría por resolución de la jueza Rosarito Montanía. Foto: Archivo
A Ultranza Py: pastor José Insfrán seguirá preso en la cárcel de Emboscada
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La jueza Rosarito Montanía ratificó la prisión preventiva del pastor José Insfrán, hermano de Tío Rico, procesado por lavado de dinero en el marco del operativo A Ultranza Py. La resolución de la citada magistrada se dio a conocer luego de la audiencia de revisión llevada a cabo ante la referida magistrada.
Ahora la defensa del procesado tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que tendrá que analizar y estudiar si corresponde ratificar la prisión preventiva del pastor.
Actualmente, Insfrán está privado de su libertad en la penitenciaría de Emboscada desde febrero de este año, donde por disposición de la jueza Rosarito Montanía el mismo fue trasladado a dicho lugar. En varias ocasiones su defensa pretendió nuevamente ser trasladado hasta la base de operaciones de la Senad pero dicho pedido fue negado.
Según la presente investigación del Ministerio Público, Insfrán, líder de una congregación religiosa denominada Centro de Convenciones Avivamiento, en Curuguaty, es acusado por la Fiscalía de utilizar su centro religioso en el megaoperativo de investigación denominado A Ultranza Py.
Se trata de una organización criminal del uruguayo Sebastián Marset, todavía prófugo de la Justicia y Miguel Ángel “Tío Rico” Insfrán, hermano del pastor, quien ya se encuentra imputado y está recluido en el penal de Viñas Cué.
Por pedido de la propia Fiscalía General del Estado, la jueza Cynthia Lovera hizo lugar al sobreseimiento definitivo de Marcello Fretes, quien en su momento fue procesado por lesión grave por la golpiza que recibió Benjamín Zapag. Foto: Gentileza
Caso Zapag: jueza ordenó el sobreseimiento definitivo de Marcello Fretes
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La jueza penal de garantía Cynthia Lovera hizo lugar al sobreseimiento definitivo del joven Marcello Giovanni Fretes Laterra, quien en su momento fue procesado por lesión grave por la golpiza que recibió el joven Benjamín Zapag. Con la presente resolución judicial, Fretes queda desvinculado de forma definitiva del proceso penal.
La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia preliminar llevada a cabo en el juzgado penal de garantía a cargo de la referida magistrada. Es importante mencionar la Fiscalía General del Estado fue la que ratificó el pedido de sobreseimiento definitivo de Fretes.
Asimismo meses atrás, la jueza Cynthia Lovera elevó a juicio oral y público el proceso penal que enfrenta Héctor Grau, acusado por lesión grave, cuya víctima fue el joven Benjamín Zapag. Se deberá sortear el tribunal de sentencia que a su vez fijará la fecha para el desarrollo del juicio oral y público.
De acuerdo a la acusación del Ministerio Público, Zapag fue detenido a la salida del sanitario de una discoteca asuncena, en noviembre de 2022, sitio donde se produjo el ataque físico. Mientras que el acusado Héctor Grau, quien estaba ubicado al costado izquierdo de la víctima, presuntamente aplicó los golpes que le produjeron la lesión a Zapag.
El procurador general de la República, Marcos González, entregó una copia de la resolución judicial al titular del Cones Federico Mora sobre el rechazo del amparo que pretendía habilitar la carrera de Medicina de forma irregular. Foto: Gentileza
Justicia rechaza amparo y prohíbe a Universidad privada ofrecer carrera de Medicina en CDE
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La jueza Carmen Barrios rechazó el amparo promovido por la Universidad Autónoma San Sebastián filial Ciudad del Este contra el Consejo Nacional de Educación Superior (Cones). La referida casa de estudios presentó el amparo para poder ofrecer la carrera de Medicina, pero con la resolución de la magistrada no se podrá promocionar la carrera.
Barrios sostuvo que “si se hace lugar al amparo se estaría violando la propia ley que rige al ente rector, lo que se considera inadmisible desde todo punto de vista”. Agrega “la vía del amparo no es la idónea para obtener la habilitación de una carrera, máxime cuando existe un procedimiento en trámite y los requisitos están siendo aún evaluados por la entidad competente”, alega la jueza al rechazar la pretensión de la casa de estudios.
Asimismo la Cámara de Apelación integrada por los jueces Julio Ávalos, Emilio Gómez y Graciela Ortiz revocó semanas atrás el fallo de la jueza de Itakyry Eresmilda Román Paiva, quien concedió una medida cautelar que exigía al Cones abrir la carrera de Medicina de la Universidad Autónoma San Sebastián, en su filial de Ciudad del Este, pese a que la misma no estaba habilitada legalmente.
Según la resolución de segunda instancia, la medida dictada no reúne el requisito de urgencia, además, no es proporcional ni adecuada para los fines perseguidos. Indican que este tipo de medida son excepcionales y para los casos en los cuales se constate el peligro en la demora, que no se constata en el caso. De acuerdo a una inspección realizada el año pasado en dicha sede, existen irregularidades de infraestructura para la apertura de Ciencias Médicas.