Este martes, a pedido de la familia de la abogada Norma Thomen, se realizó la autopsia y se pudo constatar que la mujer falleció electrocutada en el interior de su vivienda ubicada en Fernando de la Mora. Las investigaciones en el caso continúan, pero la hipótesis más fuerte es la de un accidente doméstico.
El médico forense Pablo Lemir concluyó con los estudios realizados a la abogada y confirmó que la causa de muerte sería una electrocución. Que haya sido un accidente, autoinfligido o provocado por otra persona, deberá darse a conocer por el trabajo investigativo que realizará criminalística, aseguró.
“La causa de muerte es la electrocución que derivó a una asfixia. Tenía una coloración azul que abarca toda la cara, frente, la región lateral del cuello y parte superior del tórax, se llama cianosis que está dado por el cuadro asfíctico”, confirmó Lemir en conferencia de prensa.
Afirmó que se tomó muestra de sangre, del líquido de los ojos y orina, todos para realizar análisis toxicológicos. Las muestras tomadas al cuerpo son para que se pueda dar una reconstrucción en el caso, lo sería en una segunda fase de la investigación que inició el Ministerio Público.
“El cuerpo no presenta lesiones contusas, ni cortantes, explorado en profundidad el cuerpo y no se encontraron rastros relevante. Las muestras tomadas son para hacer la reconstrucción, se trata de una correlación anatomo criminalística”, puntualizó.
Familiares de la abogada solicitaron que el caso sea investigado porque no creen que la mujer haya usado algún tipo de equipo que requiera de electricidad en el baño como muestra la escena del crimen. Los investigadores accedieron a imágenes de cámaras de seguridad y la Fiscalía solicitó la autopsia.
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Contraloría Ciudadana cuestiona al equipo legal de Prieto por vínculo laboral con municipio
Integrantes de la Contraloría Ciudadana de Ciudad del Este (CCDCE) requieren a la Contraloría General de la Republica (CGR) que impulse una fiscalización en torno al plantel de funcionarios y empleados públicos de la Municipalidad de Ciudad del Este al denunciar una presunta incompatibilidad y conflicto de intereses por parte de la abogada Gilda María Portillo.
El pedido de la organización surge teniendo en cuenta que Portillo, conforme a la lista de funcionarios y empleados públicos divulgada por la municipalidad, aparece vinculada y remunerada por la institución desde el mes de febrero del 2025 y paralelamente ejercería la defensa técnica particular en las diferentes causas judiciales que enfrenta el destituido intendente por corrupción, Miguel Prieto, y su equipo conformado por el concejal Sebastián Martínez Insfrán, el director de Recursos Humanos, Francisco Arrúa, y la funcionaria Maggi Elizabeth Fariña Almada.
“La denuncia se sustenta en la posible existencia de incompatibilidad, conflicto de intereses y eventual utilización inadecuada de recursos o información institucional, atendiendo a que la citada profesional, mientras mantiene un vínculo remunerado con la Municipalidad de Ciudad del Este, ejercería la defensa técnica particular de autoridades, exautoridades y funcionarios vinculados con dicha institución”, refiere el documento que será remitido al órgano auditor.
Señala también que “asimismo, se solicita verificar si la denunciada cumplió con su obligación de presentar ante la Contraloría General de la República su Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos, dentro del plazo legal correspondiente”.
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Intereses contrapuestos
En el escrito mencionan que algunas de las causas judiciales guardarían relación con hechos denunciados, actuaciones administrativas, recursos públicos o circunstancias vinculadas directa o indirectamente con la Municipalidad de Ciudad del Este.
“Esta situación podría colocar a la profesional en una posición de intereses contrapuestos, debido a que, por una parte, mantiene un vínculo remunerado con la institución municipal y se encuentra obligada a privilegiar y proteger los intereses públicos; mientras que, por otra, asume la defensa particular de personas investigadas o procesadas por hechos presuntamente vinculados con la misma institución”, indican desde la Contraloría Ciudadana de acuerdo a las informaciones e investigaciones recopiladas por sus miembros.
Agregan que la situación requiere verificar si la denunciada tiene acceso, por razón de sus funciones, a documentos, antecedentes, datos personales, expedientes administrativos, informes jurídicos o cualquier otra información institucional que pudiera resultar relevante para las causas en las que ejerce la defensa técnica.
Solicitan también determinar si la defensa de las personas individualizadas es abonada de manera particular por cada defendido o si, directa o indirectamente, se utilizan recursos, contratos, honorarios, personal, instalaciones, información o fondos de la Municipalidad de Ciudad del Este.
En el requerimiento, la Contraloría Ciudadana hace alusión a la Ley 7445/2025 “De la Función Pública y del Servicio Civil” el cual resulta aplicable a los funcionarios y empleados públicos de los gobiernos municipales. A la vez citan artículo 51 de la ley que establece, entre las obligaciones de los servidores públicos, la de privilegiar los intereses del Estado sobre los intereses propios o particulares, observar el principio de probidad administrativa y actuar con imparcialidad.
También hacen mención al artículo 52, inciso m, prohíbe a los servidores públicos efectuar o patrocinar para terceros trámites o gestiones administrativas o judiciales bajo su ámbito de actuación, con las excepciones previstas en el ordenamiento jurídico.
Igualmente, citan los incisos k, l, n, p y r del mismo artículo argumentando que en los mismos se detallan prohibiciones relacionadas con la obtención de beneficios, el conflicto de intereses, la prestación de servicios a determinados particulares y el ejercicio de ocupaciones que no puedan conciliarse con las obligaciones del puesto público.
Además citan en la solicitud el artículo 61, inciso p, considera falta grave efectuar o patrocinar para terceros trámites o gestiones administrativas o judiciales, se encuentren o no directamente bajo el ámbito de actuación del servidor público.
También hacen referencia a la ley 6919/2022 sobre la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos el cual comprende como sujetos obligados a las personas nombradas, contratadas o electas para prestar servicios en organismos o entidades del Estado. La declaración jurada debe presentarse ante la Contraloría General de la República dentro del plazo legal contado desde la toma de posesión o inicio de las funciones.
“Los hechos expuestos ameritan una investigación destinada a determinar la naturaleza exacta del vínculo contractual, las funciones asignadas, los pagos efectuados, la existencia de posibles conflictos de intereses y el cumplimiento de las obligaciones legales de transparencia”, sostienen.
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Denuncia a exmodelo por violencia: “La señora andaba armada”
La abogada Leticia Bóbeda lleva adelante la defensa de Marcos Gómez en el caso de violencia familiar contra su expareja, la exmodelo Graciela Núñez. La profesional, en conversación con La Nación/Nación Media, hizo algunas aclaraciones.
“Nosotros estábamos en conocimiento de que ella hizo una denuncia por violencia familiar, pero en la carpeta fiscal señala que la declaración testifical no es clara, no manifiesta específicamente tiempo, fechas de los hechos ordenados, y apunta más bien hacia una cuestión de infidelidad y supuestos hechos ocurridos hace muchos años”, mencionó.
No obstante, el Ministerio Público aplicó el protocolo respectivo, trasladando a la víctima hasta la sede de Atención a víctimas del Ministerio Público en Asunción.
Asimismo, el informe remitido por dicha dependencia establece que no se ha obtenido un relato fáctico y la profesional se ha limitado solamente a sugerir una nueva evaluación psicológica para la víctima debido a que “en este estado no se cuenta con suficientes elementos de sospecha para formular una acta de imputación”.
No obstante, la causa queda abierta, prosiguiendo la investigación. “Eso es lo que existe en la causa”, indicó la defensora. Añadió que su defendido apeló a una denuncia penal porque “ya era insostenible la situación” de violencia hacia su cliente.
Y se agravó porque “la señora andaba armada”. En su indagatoria, “ella admitió que tenía arma de fuego”, expresó.
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En se sentido, cuentan con denuncias policiales que fueron agregadas a la carpeta fiscal. “Nosotros hicimos la denuncia porque ella ahora le utiliza a los niños como instrumento para amedrentar al padre”, puntualizó. Los niños viven con su papá.
“Marcos tiene dos hijos mayores que son de un matrimonio anterior que viven con él por voluntad propia y los niños que tiene con Graciela Núñez”, precisó.
Aseguró que los episodios de violencia fueron constantes de parte de la mujer. “Ella dice que se le manipula y es mentira porque a pesar de las amenazas, incluso con armas, Marcos esperó mucho tiempo porque la violencia fue sostenida. Y se agravó en los últimos seis meses. A su hijo de 14 años le dijo que le iba a matar a su papá si le quitaba la camioneta”, aseveró.
Además, agregarán todos los mensajes y videos “Tenemos videos en donde ella le rompe una botella de vidrio. También hay otro video, donde ella le escupe, le araña. En otra ocasión, Marcos se despierta con una pistola en la cabeza, donde ella le decía “no me vas a dejar”. Sin embargo, ella se fue”.
Tampoco aceptó el divorcio. “Ella tiene muchos bienes a su nombre gracias al señor Marcos y él nunca le reclamó. Le mandamos incluso, una minuta de divorcio de mutuo consentimiento y la señora no quiso firmar”, comentó.
En relación al video donde él aparentemente golpea a la mujer, “haciendo zoom del video, se ve que ella se da vuelta y él golpea un mueble”, explicó.
Por otro lado, cuando se retiró de la residencia familiar. “Ella arrancó todo el circuito cerrado. El señor Marcos Gómez nunca tuvo acceso porque él confiaba en su señora”, subrayó.
En conclusión, dijo que “hay muchas inconsistencias en el relato de ella”.
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Madre e hijo murieron antes del incendio, revela autopsia
La autopsia practicada a la mujer y su hijo de 12 años, hallados muertos el domingo tras un incendio en la vivienda en la que residían en la colonia Tupa Rendá del distrito de Abaí, departamento de Caazapá, confirmaron que ya habían fallecido antes del siniestro. El fuego habría sido originado presuntamente por la expareja de la víctima, Ángel Roberto Lugo Sánchez (32).
Así lo informó el titular de la Dirección de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público, doctor Pablo Lemir. El profesional mencionó que los cuerpos se encontraban calcinados.
Explicó que la autopsia descubrió que la mujer falleció debido a un “degüello homicida efectuado con un cuchillo liso” que afectó ambos paquetes vásculonerviosos, en tanto que, la muerte del niño se produjo como “consecuencia de un estrangulamiento producido con un cable eléctrico”.
En cuanto al último, el médico forense señaló que una vez muerto, y debido al fuego, la parte plástica que envuelve el cable se derritió, quedando expuesto solo el material metálico que se encuentra en el interior del componente eléctrico.
El principal detenido fue imputado por la fiscal Lisa Baeza por feminicidio y homicidio doloso debido a su presunta implicancia en el fallecimiento de su expareja, Vilma Rosana Cabello (38) y del hijo de esta, Leandro Alves Martínez.
La agente fiscal pidió la prisión preventiva del imputado, ya que los resultados de la autopsia fortalecen la “hipótesis de que el imputado ocasionó el siniestro para eliminar las evidencias que pudieran existir luego de que perpetró el feminicidio de su expareja de 38 años y el homicidio del niño de 12 años”, indica la publicación de la Fiscalía
El juez Carlos Flores admitió la imputación e hizo lugar al pedido realizado por el Ministerio Público.
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Autopsia revela que Roselín murió asfixiada y no estaba embarazada
El estudio forense determinó como causa de muerte asfixia por inmersión y lo más impactante fue la inmensa cantidad de rastros de violencia física post mortem.
El resultado de la autopsia hecha a Roselín Florentín Gómez (14) indica que la causa de muerte fue “asfixia por inmersión”, según informe proporcionado ayer por el doctor Pablo Lemir. “Según los estudios, el agua llegó hasta el tercio medio de la tráquea”, precisó.
El forense descartó que la menor haya sido ahorcada, como dijo el joven de 21 años, principal sospechoso del crimen, porque “no hay signos que señalen una compresión como equimosis o hematomas”, expresó el médico.
Explicó que hay dos tipos de mecanismos por los que habitualmente se da este tipo de fallecimiento. “O porque está drogado o totalmente borracho o que alguien le sostenga sin que pueda defenderse”, especificó.
Sin embargo, aclaró que no se pudo determinar si había restos químicos en el organismo de la víctima porque “ya no había fluidos, sangre ni orina”, precisó.
VIOLENCIA POST MORTEM
Añadió que hallaron una inmensa cantidad de rastros de violencia física post mortem. “Estamos hablando de un desmembramiento absolutamente total. Está totalmente desarticulado el cuerpo”, indicó el especialista.
De acuerdo a los estudios, se estima que al momento de practicarse el examen la niña llevaba siete días de fallecida. Lemir afirmó que la víctima no estaba embarazada ni fue ahorcada. Sin embargo, no se pudo comprobar si fue abusada debido al estado de putrefacción del cadáver, expresó el forense.
El viernes 31 de julio, Roselín salió de su casa con destino al colegio. Sin embargo, tras caminar unos metros abordó una motocicleta conducida por su compañera.
Ambas se dirigieron a un tajamar en las afueras de Caazapá para encontrarse con los otros dos detenidos, relató el comisario Blas Fernández. “Supuestamente, ese ahogamiento les asustó y por eso actuaron de esa forma después”, declaró a la prensa el jefe policial.