• Ciudad del Este. Agencia Regional

El fiscal Osvaldo Zaracho imputó al motociclista que atropelló a dos escolares sobre la Ruta PY07 y el juzgado decretó su prisión, por no cumplir con las condiciones exigidas para la aplicación de medidas menos graves.

Abel Ortega Estigarribia, de 22 años, está procesado por exposición al peligro en el tránsito terrestre al carecer de licencia de conducir.

Los dos niños lesionados en el accidente, siguen en el Hospital Área 2 de la Fundación Tesãi: Brian de 6 años en cuidados intensivos y su hermana Evelin, de 10 años, en internación. “Ambos están estables, mejorando gracias a Dios”, dijo el doctor Federico, Schrodel, director de la región sanitaria.

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El hecho investigado ocurrió el 9 de mayo, cuando el joven circulaba en una motocicleta. Camino a la escuela, cuatro hermanos intentaron cruzar la ruta, pero los más pequeños, de 6 y 10 años, fueron embestidos por el conductor, mientras las hermanas de 11 y 13 resultaron ilesas.

Después de la atención en el Pabellón de Traumas del Hospital Regional, Brian fue llevado a Tesãi, por el requerimiento de UTI; el sábado fue trasladada también la niña Evelin, para ser intervenida quirúrgicamente y permanece en dicho centro médico.

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Sin licencia de conducir

En cuanto al motociclista, también fue lesionado, pero no de gravedad. El alcotest que se le hizo resultó negativo, pero al no contar con la licencia de conducir, fue imputado por exposición al peligro en el tránsito terrestre, según el fiscal Osvaldo Zaracho.

“En caso de que el conductor hubiese contado con la licencia de conducir, el hecho punible sería lesión culposa, previsto en el artículo 113 del Código Penal, considerado delito de acción penal privada”, sostuvo el fiscal. Agregó que, “la conducta culposa sanciona a quien causa un perjuicio a otro por no observar el debido cuidado en su actuar (negligencia, impericia e imprudencia)”.

Asimismo, dijo que el acto no puede tipificarse como “lesión grave, debido a la ausencia del dolo, es decir, no existió la intención de causar daño a los niños; la conducta dolosa se refiere a una acción intencional y consciente que causa daño o perjuicio a otra persona o entidad”, remarcó el fiscal Zaracho.

La aclaración tiene que ver con cuestionamientos a la no imputación del joven por delitos más graves, teniendo en cuenta lo ocurrido con los accidentados. El Ministerio Público pidió la aplicación de la suspensión de la ejecución de la prisión preventiva, toda vez que el imputado cumpla con los requisitos obligatorios.

Sin embargo, el Juzgado Penal de Garantías N° 4, a cargo de Alba Meza, resolvió la prisión de Ortega Estigarribia, al considerar que no se presentaron los documentos requeridos.

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