El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), dependiente del Poder Judicial, desde la entrada en vigencia en el año 2022 hasta el 2025, cuenta con 1.526 personas morosas que no pueden realizar transferencias de compraventas de inmuebles o rodados, así como no pueden renovar sus licencias de conducir, entre otros. Así revela un informe de la Dirección de Estadísticas del Poder Judicial.
Según los datos obtenidos, en el año 2022 se tuvo a 147 personas inscriptas, luego en el año 2023 la cifra aumento a 706, en el año 2024 a 1.417 y hasta el mes de abril de este año se tiene un total de 1526 personas inscriptas en el Redam.
De acuerdo a la normativa, para que una persona pueda salir del registro debe abonar las cuotas atrasadas de la asistencia alimentaria de sus hijos y luego será sacado de la lista. El registro se realiza en cumplimiento de la Ley Nº 6506/2020, que amplía y modifica la Ley Nº 5415/2015 por la cual se crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Las personas que quieran que el padre o la madre ingrese a la nómina del Redam deben recurrir al Juzgado de la Niñez y Adolescencia donde radica el expediente de prestación alimentaria, una vez que se incurre en mora en el pago será declarado como deudor y por ende se agrega a la lista de deudores.
Deudores no pueden registrar compraventas
Desde abril del 2024, los deudores de prestación alimentaria ya no podrán registrar compraventas de terrenos, vehículos y otro tipo de propiedades, según la nueva medida de control establecida por la Corte Suprema de Justicia, a través de la Dirección General de los Registros Públicos. El 11 de abril del 2024, el Poder Judicial implementó la medida que prohíbe que los morosos accedan al registro de conducir otorgado por las autoridades municipales.
Las oficinas de Registro de la Propiedad Inmueble, Registro del Automotor y Registro de Bienes No Inmobiliarios en toda la República requieren a los escribanos públicos tener a la vista el Certificado de Antecedentes de Deudores Alimentarios Morosos (Certificado Redam) como requisito para la gestión registral de escrituras públicas de compraventa de bienes registrables.
Los notarios tendrán la obligación de contar a la vista con el Certificado Redam de las partes contratantes, vigente y sin que estos figuren en dicho registro, debiendo mencionar expresamente en el cuerpo de la escritura los datos completos de expedición de los certificados, al igual que otros certificados preescriturarios. Sin el Certificado Redam vigente, los Registros Públicos no podrán avanzar en los trámites notariales propios de inscripción de las escrituras de compraventa de bienes registrables.
Estar en Redam prohíbe renovar licencia
Si una persona figura en el Redam no podrá renovar su registro de conducir hasta tanto que cumpla con la obligación correspondiente y abandone el listado de deudores. Desde la Corte Suprema de Justicia en su momento recordaron que la creación de este listado es considerada una herramienta para poner en marcha el mecanismo de control del incumplimiento del deber legal alimentario, obligando a deudor alimentario moroso a cumplir con sus obligaciones.
Podes leer: Exjueza civil Tania Irún enfrentará juicio oral por prevaricato