El tribunal de Apelación integrado por los jueces Cristóbal Sánchez, Agustín Lovera Cañete y José Waldir Servín debe resolver si ratifica la resolución del juez penal de Garantía Yoan Paúl López, quien elevó a juicio oral y público el proceso penal por el delito de prevaricato que soporta la exjueza en lo Civil y Comercial de Asunción, Tania Irún, quien habría entregado 310 mil hectáreas de tierra ubicadas en zona de seguridad fronteriza a empresas que serían de maletín.

La defensa de la exmagistrada Irún recurrió la determinación adoptada por el citado magistrado de Garantía, quien al tener suficientes elementos de prueba y a su vez la contundente acusación del fiscal General del Estado, decidió elevar a juicio oral el caso. Una vez que se destrabe el caso se deberá sortear el tribunal de Sentencia que tendrá a su cargo juzgar a la exjueza Irún. Del mismo modo, se fijará la fecha para el desarrollo de la audiencia oral en la que se expondrán todos los elementos de prueba que se tiene contra la exmagistrada civil.

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Acusación

En julio pasado, la fiscal Adjunta Soledad Machuca acusó y pidió juicio oral y público para la exjueza en lo Civil Tania Irún, procesada por el delito de prevaricato. Machuca fue contundente al señalar que la exjueza obligó de forma irregular a la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial y en consecuencia habría intimado a la parte demandada, a otorgar la escritura pública traslativa de dominio de los inmuebles ubicados en el Departamento de Alto Paraguay, consistentes en 310.000 hectáreas, aproximadamente, a favor de las firmas, presumiblemente de maletín.

También señala la acusación que “como bien podrá advertirse la entonces magistrada Irún al referirse al cumplimiento de lo previsto en la ley especial N°2532/05 (que establece la zona de seguridad fronteriza de la República del Paraguay), tan sólo se habría limitado a hacer mención a lo referente al cumplimiento del artículo 2° de la ley, en lo que respecta a la nacionalidad de las personas actoras; afirmando que las mismas no serían oriundas de los países limítrofes, sin embargo en el expediente civil no existirían constancias de dichas afirmaciones”, refiere el escrito de la acusación del Ministerio Público.

Asimismo, la acusación refiere que “lo más grave es que en la sentencia no habría ninguna referencia o mención a las circunstancias establecidas en el Art. 4° de la misma ley que establece como requisito legal para aquellos que pretendan ser propietarios, copropietarios o usufructuarios de inmuebles rurales en zona de seguridad fronteriza, que las acciones sean nominativas y no endosables”.

Del mismo modo, la Fiscalía sostiene que “no existirían en el expediente civil constancias; informaciones o verificaciones de dichas circunstancias realizadas por parte de la magistrada Tania Irún al momento de dictar sentencia definitiva, en incumpliendo a la Ley 2532/05, ley especial, por la cual ordenó la transferencia de dominio de los inmuebles ubicados en el Alto Paraguay, a las empresas de maletín”, dice la acusación de la Fiscalía.

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