La abogada Margarita Heralesky, representante legal de Gisele Mousques, se refirió sobre la acción de inconstitucionalidad que presentó para dejar sin efecto la resolución de la jueza Rosana Frutos, quien actúo en grado de apelación y dejó sin efecto la resolución del juzgado de Paz de Santísima Trinidad que hizo lugar a la denuncia por violencia contra la mujer contra el empresario Christian Chena y el programa RDN (Resumen de Noticias).

Heralesky señaló que “la acción de inconstitucionalidad que presentamos reúne todos los requisitos para que se pueda dar trámite y a su vez que los ministros de la sala constitucional estudien el fallo recurrido y puedan declarar la nulidad de la resolución de la jueza en lo civil Rosana Frutos, que actúo en grado de apelación y ratificar la determinación adoptada por el juzgado de paz de Santísima Trinidad que hizo lugar a la denuncia por violencia contra la mujer contra Chena”, indicó la citada profesional del derecho.

Agregó “es importante mencionar que la acción se presentó en tiempo y forma, así como lo establece nuestra normativa en el artículo 557 del Código Procesal Civil, habiéndose interpuesto dentro del plazo de los nueve días, partiendo de la notificación de la resolución impugnada que se agregó debidamente, así como se agregaron las copias de traslado”, señaló.

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Acotó que “en el escrito de la acción se individualiza claramente la resolución que se impugna y las normativas constitucionales infringidas que fueron varias, entre ellas la del derecho a la vida, el derecho al honor y reputación de las personas y otros”, refirió.

También se describe en la acción que la resolución recurrida carece de fundamentación, por ende debe ser declarado nulo el fallo de segunda instancia, haciendo lugar a la acción de inconstitucionalidad.

Igualmente, mencionó que el ministro César Diesel salió sorteado para ser el preopinante y estudiar la admisibilidad de la acción planteada. También, luego deberán votar sobre la admisibilidad los ministros Gustavo Santander y Víctor Ríos.

Por su parte, la abogada aseguró que el fallo dictado por la jueza Rosana Frutos que actuó en grado de apelación se apartó del objeto de debate que era establecer si existió o no violencia y si esa violencia denunciada es atribuible a los denunciados.

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