A partir del lunes 22 de abril, los deudores de prestación alimentaria ya no podrán registrar compraventas de terrenos, vehículos y otro tipo de propiedades, según una nueva medida de control establecida por la Corte Suprema de Justicia a través de la Dirección General de los Registros Públicos. El pasado 11 de abril, el Poder Judicial implementó la medida que prohíbe que los morosos accedan al registro de conducir otorgado por las autoridades municipales.
Desde la próxima semana, las oficinas de Registro de la Propiedad Inmueble, Registro del Automotor y Registro de Bienes No Inmobiliarios en toda la República requerirán a los escribanos públicos tener a la vista el Certificado de Antecedentes de Deudores Alimentarios Morosos (Certificado Redam) como requisito para la gestión registral de escrituras públicas de compraventa de bienes registrables.
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Los notarios tendrán la obligación de contar a la vista con el Certificado Redam de las partes contratantes, vigente y sin que estos figuren en dicho registro, debiendo mencionar expresamente en el cuerpo de la escritura los datos completos de expedición de los certificados, al igual que otros certificados preescriturarios.
Sin el Certificado Redam vigente, los Registros Públicos no podrá avanzar en los trámites notariales propios de inscripción de las escrituras de compraventa de bienes registrables. Esta disposición representa un avance de la operatividad de la Ley N.° 6506/20 que modifica la Ley N.° 5415/2015 que creó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) como mecanismo de control del incumplimiento de las obligaciones alimentarias en el Paraguay.
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Contribuyentes que adeudan por prestaciones alimentarias no podrán gestionar registro en Asunción
Ante la vigencia de una disposición contemplada en la Ley 54/15, la Municipalidad de Asunción recuerda a los contribuyentes que las personas con antecedentes judiciales por adeudar en concepto de prestaciones alimentarias a sus hijos no podrán gestionar la licencia de conducir en las oficinas de tránsito de la comuna.
Señalaron que por mandato de esta ley se imposibilita la emisión de dicho documento imprescindible para conducir vehículos por calles, avenidas y rutas del país. Esta medida rige tanto para hombres y mujeres, todos los que adeuden prestación alimentaria no podrán obtener su licencia, ya que la ley no hace discriminaciones.
Al respecto, el director de Tránsito de la comuna, Fernando Machuca, dijo que en la actualidad el registro de las personas afectadas por la falta de cumplimiento con la obligación de prestación de alimentos con los hijos lo tiene la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y también los conceptos por los cuales deben pagar, ya sea por una causa tramitada en la esfera penal o directamente por las cuotas adeudadas por el tema de manutención para la niñez.
Resaltó que en todas estas exigencias legales la Municipalidad de Asunción no tiene ninguna participación y que la comuna no realiza ninguna carga de datos, siendo la Corte la que establece y administra la información. De esta manera, la comuna debe recurrir y revisar los archivos de la CSJ (Redam – Registro de Deudores Alimentarios Morosos), al momento de expedir la licencia de conducir.
Machuca explicó que para la implementación de la ley corresponde al regulador de tránsito, refiriéndose a la Agencia Nacional de Tránsito en conjunto con la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci); este último es el órgano que figura en la ley 50/16 como poseedora de los datos. En este sentido, indicó que “sería bueno que la Opaci con el antecedente de tránsito ya proporcione los datos de la Corte Suprema de Justicia”.
Igualmente, refirió que la municipalidad estuvo aguardando mucho tiempo la firma de un convenio con la CSJ para que la comuna pueda tener incorporado con los antecedentes de tránsito los informes jurídicos y como ese convenio aún no fue firmado, en consecuencia, el funcionario de la dirección de tránsito debe ingresar a su computadora no solamente para tener los antecedentes de tránsito, sino también a un link con la CSJ para conseguir estos datos.
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“Nosotros en el Estado de derecho que vivimos en nuestra República tenemos que cumplir con la ley. Ahora bien, nosotros pedimos a los reguladores de tránsito pongan de su parte para hacer menos burocrático el proceso, lo que permitirá que el funcionario municipal ingrese al sistema de Opaci, seguidamente obtener los antecedentes del tránsito como así también contar con el listado de la CSJ y ahí, si corresponde, bloquear la emisión de licencias”, enfatizó.
Así también, Machuca remarcó que esta restricción, marcada por la ley, tendrá vigencia solamente para la obtención del registro de conductor y para la renovación de los registros de conducción.
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Prestación de alimentos a niños: Unidad fiscal de CDE tuvo 120 denuncias en el año
Ciudad del Este. Agencia regional.
A los casos de abuso sexual de niños, otra denuncia muy recurrente ante el Ministerio Público es por la no prestación de alimentos por parte de los padres de niños y niñas. Como ejemplo es la estadística de la unidad fiscal de Presidente Franco, a cargo de Liliana Denice Duarte, donde se presentaron unas 120 causas aproximadamente en el año 2022, de las cuales, 17 tuvieron condenas por el incumplimiento del deber alimentario.
Entre las causas citadas, se realizaron 47 requerimientos de suspensión condicional por las cuales, los encausados están compelidos a pagar o van a juicio oral y público, según explicó la fiscala Liliana Duarte a La Nación/Nación Media. La mayoría de los casos lleva mucho tiempo para su concusión.
Uno de los últimos casos en la misma unidad fiscal fue una condena de 2 años de pena privativa de libertad y 3 años de suspensión a prueba de la ejecución de la condena, dictada por el Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Marino Méndez, Zunilda Martínez y Herminio Montiel, de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, el pasado 19 de diciembre.
Sin embargo, el caso ya data del año 2017 cuando el Juzgado de la Niñez y Adolescencia de Presidente Franco ordenó que el padre deposite G. 450.000 por mes en el Banco Nacional de Fomento a nombre de su hija. En la unidad fiscal de Edgar Torales hubo un caso que llegó a juicio oral y derivó también en condena, pero la denuncia ya data de abril de 2013.
Casi diez años después se llegó a una condena en agosto del 2022. La mayoría de los fiscales de las unidades penales ordinarias tienen causas por prestación alimentaria, según consultas de La Nación–Nación Media. Las penas son leves y existe un alto porcentaje de reincidencia o de incumplimiento de las sentencias, según consultas con abogados.
La abogada Alice Monges confirmó que las denuncias por prestación de alimentos están entre los casos más recurridos, pero lamentó el tiempo que llevan los procesos. Como ejemplo mencionó que todos los juicios orales que debían desarrollarse en las últimas semanas fueron traslados al siguiente año, una vez retomada la actividad ordinaria en el Poder Judicial.
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Denuncian que Copaco sigue sin cumplir: aplica descuentos por prestación, pero no acredita dinero
Tras varios meses de denuncias por parte de funcionarios, Copaco sigue sin cumplir con su obligación de depositar el dinero correspondiente al pago por prestación alimentaria, dejando a varios beneficiarios sin dichos recursos. En varios casos, existen sentencias judiciales firmes.
Nuevamente, se comunicaron con nuestra redacción algunos funcionarios de la empresa estatal de telefonía para denunciar el incumplimiento en lo que respecta al depósito mensual por asistencia alimentaria.
Hace unos meses, La Nación/Nación Media ya se había hecho eco de esta problemática publicando los pormenores del caso. En esta oportunidad, el escenario sigue siendo el mismo y hasta el momento no hubo ninguna variación.
Los funcionarios afectados refieren que Copaco ya ha efectuado los descuentos correspondientes en sus salarios, aunque el dinero aún sigue sin ser acreditado a los destinatarios finales, pese a que en varios casos ya hay sentencias judiciales.
Los montos retenidos deben ser depositados en las cuentas de los beneficiarios entre el 1 al 5 de cada mes, según establece la ley. Sin embargo, el Banco Nacional de Fomento (BNF) aún no recibió ningún depósito en concepto de asistencia alimentaria, sostienen los denunciantes.
En ocasiones anteriores, la situación llegó a ser reportada formalmente ante el Ministerio de la Niñez y la Adolescencia (MINNA) con el fin de intentar acelerar el pago en concepto del importante ítem que afecta a menores, aunque al parecer no se logró el objetivo.
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Estas denuncias reflejan una realidad que se ha vuelto común en los últimos años en Paraguay: la creciente cifra de padres que, tras separarse de sus parejas, se desentienden de la manutención de sus hijos biológicos y que se niegan a pagar de manera mensual para la manutención de sus hijos.
De acuerdo a los registros que se tienen en los juzgados de la Niñez y Adolescencia, más del 50% de las demandas que se realizan en este ámbito tienen relación con prestación alimentaria, lo cual demuestra la gran cantidad de madres que se ven forzadas a acudir a instancias judiciales para exigir el cumplimiento de una obligación que es compartida entre ambos progenitores.
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Poder Judicial crea registro de deudores alimentarios morosos
La Corte Suprema de Justicia dispone la plataforma web Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), donde de manera gratuita se pude generar inmediatamente un documento de no estar inscrito de manera rápida y fácil. El trámite es gratuito y puede ser realizado por cualquier persona a través de la web institucional del Poder Judicial.
La plataforma está disponible las 24 horas, los 7 días de la semana y para acceder solo se requieren los datos de la cédula de identidad de la persona y se genera el documento electrónico en línea.
Aclaran que el registro se realiza en cumplimiento de la Ley Nº 6506/2020, que amplía y modifica la Ley Nº 5415/2015 por la cual se crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
CUMPLIMIENTO DE LA LEY
“Esto es en prosecución al cumplimiento de la ley. Ayer ( miércoles), la Corte en el pleno aprueba la plataforma digital. Ahora una persona puede ingresar a la página web de la CSJ, en un apartado muy visible a la derecha pone su número de cédula de identidad”, expresó el juez coordinador de la Niñez y Adolescencia, Guillermo Trovato en contacto con la radio 1000 AM.
En ese sentido, el Poder Judicial ejecuta la normativa que establece que el certificado será expedido y proveído a las entidades que lo solicitan a través de un sitio web. Aclaran que el Redam compone un mecanismo de control del incumplimiento del deber legal alimentario.
Señalan que de esta manera se busca impulsar el pago en tiempo y forma de las cuotas alimentarias y, en consecuencia, se beneficia a niños, niñas y adolescentes.