Condenan a Justo Cárdenas, extitular del Indert, a 7 años de cárcel
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El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Juan Carlos Zárate, María Fernanda García y Yolanda Portillo condenó a Justo Pastor Cárdenas, extitular del Indert a 7 años de cárcel por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
La fiscal Natalia Fúster había solicitado durante la exposición de los alegatos finales la pena de 11 años de prisión para Cárdenas, pero el colegiado decidió sentenciar al acusado a 7 años de pena privativa de libertad.
En un primer juicio oral, Cárdenas fue condenado a 4 años de pena privativa de libertad. Este fallo fue anulado por un Tribunal de Apelación y confirmado por la Corte Suprema de Justicia.
En el juicio oral se acreditó que Justo Cárdenas adquirió automotores e inmuebles, constituyó diversos certificados de depósito de ahorros en el sistema financiero y ocultó sumas de dinero, entre otros fundamentos. Según la Fiscalía, se detectó una diferencia de G. 4.164 millones que no pudieron justificar.
Ahora nuevamente la defensa del condenado tiene la posibilidad de poder apelar el presente fallo judicial. En caso de ser así, será un Tribunal de Apelación el que estudie la apelación del condenado y resolver si corresponde ratificar el fallo condenatorio o anular el mismo.
Por su parte, la representante del Ministerio Público sostuvo que está conforme con la sanción penal que otorgó el Tribunal de Sentencia en este segundo juicio oral y público.
Lourdes Ramírez, junto a su esposo Alejandro Ramos, integraron el EPP y fundaron el Ejército de Mariscal López.
Un tribunal de sentencia condenó a 10 años de cárcel a Lourdes Ramírez de Ramos, esposa de Alejandro Ramos, con quien fundó el Ejército de Mariscal López y exmiembro del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), al ser hallada culpable de apología del delito, atentado contra la existencia del Estado y atentado contra el orden constitucional.
De acuerdo con los antecedentes del caso, la ahora sentenciada apareció en un video difundido en enero de 2014, en el cual el grupo criminal reivindicaba la lucha de clases como único medio para acceder al poder e instaurar un gobierno de los pobres. En dicho material audiovisual también se emitían expresiones contra las autoridades nacionales legítimamente constituidas, hechos que sustentaron la condena impuesta.
PRUEBAN SU PARTICIPACIÓN
Durante el juicio oral y público, el fiscal Federico Delfino acreditó la participación de la acusada mediante las pruebas producidas durante el desarrollo de la audiencia oral.
Ahora, la defensa de la condenada tendrá la posibilidad de apelar el fallo judicial, en cuyo caso un tribunal de apelación deberá resolver si corresponde confirmar la sentencia dictada en primera instancia.
Condenan a 10 años de cárcel a esposa de Alejandro Ramos
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Un tribunal de sentencia condenó a 10 años de cárcel a Lourdes Ramírez de Ramos, esposa de Alejandro Ramos, con quien fundó el Ejército de Mariscal López y exmiembro del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), al ser hallada culpable de apología del delito, atentado contra la existencia del Estado y atentado contra el orden constitucional.
De acuerdo con los antecedentes del caso, la ahora sentenciada apareció en un video difundido en enero de 2014, en el cual el grupo criminal reivindicaba la lucha de clases como único medio para acceder al poder e instaurar un gobierno de los pobres. En dicho material audiovisual también se emitían expresiones contra las autoridades nacionales legítimamente constituidas, hechos que sustentaron la condena impuesta.
Durante el juicio oral y público, el fiscal Federico Delfino acreditó la participación de la acusada mediante las pruebas producidas durante el desarrollo de la audiencia oral.
Ahora, la defensa de la condenada tendrá la posibilidad de apelar el fallo judicial, en cuyo caso un tribunal de apelación deberá resolver si corresponde confirmar la sentencia dictada en primera instancia.
El Tribunal de Sentencia concluyó que no existieron pruebas de que Óscar Boidanich haya intentado obstaculizar la investigación contra Darío Messer. Foto; Gentileza
Tribunal absuelve por unanimidad de culpa y pena a Óscar Boidanich
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Tras un proceso judicial de más de ocho años, el Tribunal de Sentencia absolvió -por unanimidad- de culpa y pena a Óscar Boidanich, exministro de la Seprelad.
Los magistrados determinaron que no se configuró el delito de frustración de la persecución penal, argumentando que los bienes del cambista Darío Messer finalmente fueron decomisados.
Boidanich había sido imputado por el Ministerio Público porque supuestamente había ocultado y retrasado de forma deliberada reportes de operaciones sospechosas vinculadas al ciudadano brasileño Darío Messer.
La Fiscalía solicitaba una pena de dos años y seis meses de cárcel para el exfuncionario por supuestamente retrasar reportes sospechosos.
Al respecto, Boidanich resaltó que el tribunal analizó una gran cantidad de pruebas y testigos presentados durante el juicio. Asimismo, enfatizó que ninguno de los elementos probatorios ni testimonios presentados demostró que él hubiera intentado frustrar, obstaculizar o cometer alguna irregularidad en la investigación contra Messer.
Los jueces de sentencia Rossana Maldonado, Lourdes Garcete y Juan Francisco Ortiz son los que juzgarán a la exjueza Tania Irún acusada por prevaricato. Foto: Archivo
Exjueza Tania Irún ya tiene tribunal de sentencia que la juzgará por prevaricato
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El Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Rossana Maldonado, Lourdes Garcete y Juan Francisco Ortiz, tendrá a su cargo juzgar a la exjueza en lo Civil y Comercial de Asunción, Tania Irún. La exmagistrada está acusada por el delito de prevaricato tras, presuntamente, violar la seguridad fronteriza nacional al firmar un fallo judicial que otorgó de forma irregular 310.000 hectáreas de tierras protegidas a empresas de maletín en el departamento de Alto Paraguay.
Tras la designación de los magistrados que juzgarán a la criticada exjueza, el tribunal deberá fijar la fecha para el inicio del juicio. Días atrás, la Cámara de Apelaciones confirmó que Irún deberá sentarse en el banquillo de los acusados como cualquier ciudadano común, por lo que solo se aguarda la programación de la audiencia oral.
En su momento, la fiscal adjunta Soledad Machuca acusó y solicitó el juicio oral y público para la procesada. Machuca fue contundente al señalar que la entonces magistrada obligó de forma irregular a la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial —e intimó a la parte demandada— a otorgar la escritura pública traslativa de dominio de los inmuebles ubicados en Alto Paraguay.
La acusación del Ministerio Público refiere textualmente: “Como bien podrá advertirse, la entonces magistrada Irún, al referirse al cumplimiento de lo previsto en la Ley Especial N° 2532/05 (que establece la zona de seguridad fronteriza de la República del Paraguay), tan solo se habría limitado a hacer mención a lo referente al cumplimiento del artículo 2° de la ley, en lo que respecta a la nacionalidad de las personas actoras, afirmando que las mismas no serían oriundas de los países limítrofes; sin embargo, en el expediente civil no existirían constancias de dichas afirmaciones”.