Ratifican condena de prisión para madre de niña desaparecida
Compartir en redes
La sala penal integrada por tres ministros de la Corte ratificó la condena de 6 años de cárcel contra Lilian María Zapata de Le Droumaguet por violación del deber del cuidado, que había sido resuelta en setiembre de 2021. En tanto, Reiner Helmut Oberuber, padrastro de una niña desaparecida, fue absuelto por duda del hecho punible de abandono.
Los ministros que firmaron el fallo judicial fueron Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes, que no admitió la casación de la defensa de la condenada, interpuesta contra el Acuerdo y Sentencia n.° 13 del 24 de marzo de 2022, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Penal de Cordillera. Asimismo, esta sala penal rechazó la casación de la Fiscalía.
De acuerdo al documento del fallo, en la casación de la condenada fue declarada “la inadmisibilidad del mismo debido a que no cumple el último requisito legal -deber de fundamentación- porque no se halla debidamente fundamentado su escrito recursivo”.
El caso de desaparición de la menor en Emboscada (Cordillera) se inició en abril de 2020. Posteriormente, la identidad de la niña se resguardó en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia, ante la presunción de hechos punibles dentro de la investigación. El 2 de agosto de 2021 se inició el juicio oral y público para la madre y su pareja; y la condena se conoció el 24 de setiembre de ese mismo año.
Esta semana trascendió un video desde TikTok en el que se observa a una niña muy parecida a la pequeña desaparecida, que aparentemente habría sido grabado en Ecuador y subido a dicha plataforma el 31 de mayo de 2022. Las autoridades locales solicitaron a sus pares ecuatorianos datos sobre el material audiovisual.
Ordenan la clausura temporal del Buen Pastor y de Emboscada
Compartir en redes
El Ministerio de Justicia comunicó ayer la clausura temporal de la Penitenciaría Regional de Emboscada Antigua y el Centro Penitenciario de Mujeres Casa del Buen Pastor, por un periodo de 30 días. Durante este lapso se deberá cesar el ingreso de nuevos internos. Ambos reclusorios dependen de la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios.
La resolución señala que “se dará cumplimiento a las medidas restrictivas de libertad impuestas por las autoridades competentes en los demás centros penitenciarios de conformidad a lo dispuesto por la administración de esta cartera de Estado”.
CENSO
Paralelamente, funcionarios del Ministerio de Justicia se encuentran realizando un censo en la población penal con el propósito de descomprimir los centros penitenciarios.
El 28 de octubre del año 2023 el Gobierno ya había tomado la determinación de cerrar temporalmente la Penitenciaría Regional de Emboscada Antigua, por hacinamiento. Ya en esa ocasión se había alertado que la medida se adoptó ante inminente colapso de las cárceles regionales como consecuencia del traslado masivo de presos desde la capital del país.
Se mencionó que la disposición estaba respaldada en los pedidos de cierres por sobrecarga de la capacidad ocupacional, sobre todo en Emboscada Antigua, uno de los centros penitenciarios con mayores índices ocupacionales del país.
Ordenan cierre temporal del penal de Emboscada y el Buen Pastor
Compartir en redes
El Ministerio de Justicia comunicó este lunes la clausura temporal de la penitenciaría regional de Emboscada “antigua” y el Centro Penitenciario de Mujeres “Casa del Buen Pastor”, por un periodo de 30 días. Durante este lapso se deberá cesar el ingreso de nuevos internos. Ambos reclusorios dependen de la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios.
La resolución señala que “se dará cumplimiento a las medidas restrictivas de libertad impuestas por las autoridades competentes en los demás centros penitenciarios de conformidad a lo dispuesto por la administración de esta cartera de Estado”.
Paralelamente funcionarios del Ministerio de Justicia se encuentran realizando un censo en la población penal con el propósito de descomprimir los centros penitenciarios.
El 28 de octubre del año 2023 el Gobierno ya había tomado la determinación de cerrar temporalmente la Penitenciaría Regional de Emboscada “antigua”, por hacinamiento. Ya en esa ocasión se había alertado que la medida se adoptó ante inminente colapso de las cárceles regionales como consecuencia del traslado masivo de presos desde la capital del país.
Se mencionó que la disposición estaba respaldada en los pedidos de cierres por sobrecarga de la capacidad ocupacional, sobre todo en Emboscada “antigua”, uno de los centros penitenciarios con mayores índices ocupacionales del país.
La Cámara de Apelación confirmó la sentencia condenatoria para Damián Cáceres González, quien fue encontrado culpable por los hechos punibles de acceso indebido a sistemas informáticos, alteración de datos, frustración a la persecución y ejecución penal. Foto: Archivo
Ratifican condena de funcionario judicial que ayudó a Ramón González Daher
Compartir en redes
La Cámara de Apelación confirmó la sentencia condenatoria para Damián Cáceres González, quien fue encontrado culpable por los hechos punibles de acceso indebido a sistemas informáticos, alteración de datos, frustración a la persecución y ejecución penal, así como por la realización del hecho por un funcionario público por adulterar el sistema informático para favorecer al condenado Ramón González Daher.
El tribunal de sentencia había condenado a 2 años y 6 seis meses de pena privativa de libertad que la pasará a cumplir en la penitenciaría habilitada por Institutos Penitenciarios para dicho cumplimiento una vez que quede firme la sentencia. Es decir, la defensa del condenado puede recurrir a la Corte Suprema de Justicia.
Cáceres González, quien ocupó el cargo de “Registrador III” en el Juzgado Penal de Garantías n.° 1 del Poder Judicial de la ciudad de Luque, fue acusado y sentenciado tras desvincular (cambiar datos) a la agente fiscal Sandra Ledesma del expediente n.° 16-1-2-2-2021-8496 denominado “Ramón Mario González Daher s/ Denuncia Falsa”, tramitado en el Juzgado Penal de Garantías n.° 1, a cargo de la jueza Jennifer Natalia Ynsfrán Morán, en el sitio web www.csi.gov.py/portal sustituyéndola por el agente fiscal Jalil Amir Rachid en el expediente judicial mencionado.
Para ello utilizó el usuario perteneciente a Mayra Andrea Irala Delvalle, funcionaria con el cargo “Oficial de Secretaría II”, compañera de trabajo del mismo, quien había dejado abierto su usuario en la computadora utilizada por Damián Cáceres en la secretaria del mismo Juzgado Penal de Garantías n.° 1 del Poder Judicial de la referida localidad.
Fiscalía apeló absolución de docente acusado por acoso sexual
Compartir en redes
El fiscal Rodrigo Vázquez apeló la absolución de culpa y pena del docente de Villarrica que fue acusado por acoso sexual, cuya víctima es una niña de tan solo 11 años de edad, alumna del procesado. Ahora será un tribunal de apelación el que deberá estudiar si corresponde que el profesor vuelva a ser juzgado por otro tribunal de sentencia.
Con la apelación, el representante del Ministerio Público quiere que se anule la absolución del docente y por ende que sea otro colegiado quien vuelva a realizar el juicio oral y público atendiendo a que se tiene varios elementos probatorios para poder llegar a una condena.
De acuerdo a los antecedentes de la causa, desde el mes de mayo hasta el mes de agosto del 2022, utilizando la mensajería instantánea (WhatsApp), el docente enviaba mensajes de texto y audios a la menor de 11 años.
Es importante señalar que un tribunal de sentencia de la ciudad de Villarrica, integrado por los jueces Julio Alfonso, Víctor Ortigoza y Juan Ruiz Díaz, absolvió de culpa y pena al docente Juan Insaurralde, de 56 años, quien fue acusado por supuesto acoso sexual a una alumna de 11 años en el año 2022. La menor cursaba el sexto grado en una institución pública de la ciudad cuando ocurrieron los hechos.
La absolución del docente generó repercusión tras la difusión de mensajes de texto enviados por el docente fuera del horario escolar, en los que se dirigía a la niña con frases como “estás linda”, “mi amor”, “eres mi princesa” e incluso, según versiones, manifestaciones más explícitas como “quiero besar tus pies” o “quiero sentir tu cuerpo”. Sin embargo, el tribunal sostuvo que estos mensajes no fueron incorporados en la acusación presentada por el fiscal Rodrigo Vázquez.