La Sala Constitucional Ampliada de la Corte Suprema de Justicia rechazó el pedido de consulta constitucional realizada por camaristas en el caso en que se debe decidir si se cambia el nombre de un transexual.

Con la resolución de la máxima instancia judicial se destraba el presente caso y ahora los camaristas tienen vía libre para poder estudiar la apelación que presentó el Ministerio Público, que no está de acuerdo con la resolución de primera instancia que había hecho lugar el cambio de nombre de Emmanuel Sepúlveda a Mariana Sepúlveda.

La resolución de la Corte lleva la firma de los ministros Alberto Martínez Simón, Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes, Antonio Fretes, Víctor Ríos, César Garay Zuccolillo, Eugenio Jiménez y Guido Cocco.

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La Cámara de Apelación del fuero Civil y Comercial, integrada por Eusebio Melgarejo, Raúl Gómez Frutos y Giuseppe Fossati, es la que deberá resolver la apelación que se planteó en el presente caso y decidir si revocan la determinación adoptada en primera instancia.

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Fallo de primera instancia

La jueza en lo Civil y Comercial Karen González resolvió hacer lugar a la demanda civil planteada por Emmanuel Sepúlveda, quien consiguió que la Justicia ordenara el cambio de su nombre a Mariana Sepúlveda Esquivel.

La acción fue promovida el 20 de diciembre del 2016 por Sepúlveda Esquivel, quien argumentó que quería cambiar su nombre civil o legal por el de Mariana Sepúlveda Esquivel, de uso social. Su razón era que pese a que fue inscripto con nombre de hombre, a lo largo de los años y desde muy temprana edad construyó su identidad e imagen que corresponden al nombre de una mujer.

La Fiscalía dictaminó que se debía rechazar la demanda porque está prohibido asignar a las personas nombres ridículos o que pueden crear confusión sobre el sexo. Alega que tampoco se acreditó justa causa.

Esta resolución de cambio de nombre es el segundo caso conocido. Anteriormente, el también transexual Yren Rotela, quien se llamaba Nery Rotela, logró cambiar su nombre, aunque el fallo fue apelado por la Fiscalía.

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