La sentencia por negligencia médica a un sanatorio privado por el fallecimiento de una maestra de danza a quien tardíamente le practicaron una cesárea es el precedente más reciente de una condena de este tipo. El caso actual más sonado y pendiente de resolución es el del niño Renato.
El 11 de junio pasado, se confirmó la resolución de primera instancia, en la cual se condena al sanatorio San Roque, sucursal La Costa, por negligencia probada de los médicos que trabajan para este hospital.
El fallo de junio del 2020, ratificado en junio de este año, resuelve que el sanatorio debe indemnizar a César Martínez, viudo de la maestra Bertha Acosta, con G. 693.300.000, más el 1% mensual desde la fecha del deceso, ocurrido el 21 de noviembre del 2014 cuando la paciente tenía 39 años.
El abogado Gerardo Acosta, hermano de la víctima, explicó al canal GEN que a nivel procesal el juicio tenía dos objetivos: probar una relación de subordinación entre los médicos de guardia y el sanatorio y que el fallecimiento se produjo porque hubo una negligencia.
Ambos hechos fueron demostrados. En el primer caso, a través de varios elementos: los doctores cumplían horario, recibían indicaciones de la administración del sanatorio, utilizaban los equipos del hospital, entre otras cosas que prueban esta relación de dependencia y de subordinación entre las partes. En cuanto a la negligencia en sí, también sobran evidencias.
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Prófugo 8 años por matar a golpes a una mujer, fue condenado a 22 años de cárcel
- Ciudad del Este. Agencia Regional
Un hombre que estuvo prófugo por ocho años, después de haber matado a golpes a su expareja y dejar sin su madre a dos niños, finalmente fue condenado a 22 años de cárcel.
Se trata de Mario Martínez Vera, quién teniendo antecedente por violencia familiar, había podido huir y permanecer oculto durante tantos años. La víctima fue Marisa Jara González.
El agente fiscal, Fidel Godoy, fue quien defendió la acusación y en el juicio oral del pasado 30 de abril, exactamente la misma fecha, pero 9 años después del hecho, el tribunal integrado por los jueces Emilia Santos, Milciades Ovelar y Flavia Lorena Recalde, encontró al acusado culpable de homicidio doloso agravado.
Los hechos se remontan al 30 de abril de 2016, cuando Martínez Vera, a bordo de su vehículo Nissan, modelo Serena, interceptó a la mujer en el municipio de San Alberto, mientras ella se dirigía al mercado.
Mediante amenazas, la obligó a subir al auto y la trasladó hasta una zona rural de Minga Porã, donde la golpeó brutalmente en la cabeza, causándole la muerte.
El cuerpo sin vida de la mujer fue encontrado dos días después, el 2 de mayo de 2016, en una plantación de soja en la colonia 5ta. Línea, cerca del límite con el distrito de San Alberto.
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Según el médico forense interviniente en aquella ocasión, doctor Eric Hugo Zapata, la muerte se produjo por “traumatismo de cráneo encefálico gravísimo, con hundimiento y fractura de huesos temporal y parietooccipital, producido por elemento contundente”.
Martínez Vera y Jara González habían mantenido una relación de más de ocho años, de la cual nació un hijo, que en el momento del homicidio tenía 5 años. Tras la ruptura, el hombre comenzó una nueva relación con una adolescente de 15 años, mientras que Mariza también había iniciado otra relación de pareja.
Sin embargo, el acusado no aceptaba la separación y comenzó a hostigar a su expareja, quien rechazó sus intentos de reconciliación. Durante el juicio, entre las pruebas relevantes que presentó la Fiscalía en contra del acusado estaba la prenda de vestir de la víctima encontrada en el inquilinato donde residía el hoy condenado.
Además, Martínez Vera huyó del lugar tras el hallazgo del cadáver y se llevó consigo al hijo menor. El tribunal consideró estos hechos como elementos claves para dictar la condena. Al igual que la persistente violencia y el hostigamiento hacia la mujer, sumados a su fuga.
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Ratifican condena de funcionario judicial que ayudó a Ramón González Daher
La Cámara de Apelación confirmó la sentencia condenatoria para Damián Cáceres González, quien fue encontrado culpable por los hechos punibles de acceso indebido a sistemas informáticos, alteración de datos, frustración a la persecución y ejecución penal, así como por la realización del hecho por un funcionario público por adulterar el sistema informático para favorecer al condenado Ramón González Daher.
El tribunal de sentencia había condenado a 2 años y 6 seis meses de pena privativa de libertad que la pasará a cumplir en la penitenciaría habilitada por Institutos Penitenciarios para dicho cumplimiento una vez que quede firme la sentencia. Es decir, la defensa del condenado puede recurrir a la Corte Suprema de Justicia.
Cáceres González, quien ocupó el cargo de “Registrador III” en el Juzgado Penal de Garantías n.° 1 del Poder Judicial de la ciudad de Luque, fue acusado y sentenciado tras desvincular (cambiar datos) a la agente fiscal Sandra Ledesma del expediente n.° 16-1-2-2-2021-8496 denominado “Ramón Mario González Daher s/ Denuncia Falsa”, tramitado en el Juzgado Penal de Garantías n.° 1, a cargo de la jueza Jennifer Natalia Ynsfrán Morán, en el sitio web www.csi.gov.py/portal sustituyéndola por el agente fiscal Jalil Amir Rachid en el expediente judicial mencionado.
Para ello utilizó el usuario perteneciente a Mayra Andrea Irala Delvalle, funcionaria con el cargo “Oficial de Secretaría II”, compañera de trabajo del mismo, quien había dejado abierto su usuario en la computadora utilizada por Damián Cáceres en la secretaria del mismo Juzgado Penal de Garantías n.° 1 del Poder Judicial de la referida localidad.
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La corte brasileña concede prisión domiciliaria “humanitaria” al expresidente Collor
- Fuente: AFP
Un juez de la corte suprema de Brasil concedió este jueves prisión domiciliaria “humanitaria” al expresidente Fernando Collor de Mello, encarcelado desde la semana pasada por corrupción y diagnosticado con Parkinson, según un fallo del máximo tribunal.
El exmandatario (1990-1992) de 75 años fue detenido hace una semana por una condena de 2023, en un proceso derivado de la megacausa Lava Jato en el que se le culpó de recibir 20 millones de reales (unos 3,5 millones de dólares al cambio actual) en sobornos cuando era senador entre 2010 y 2014, para facilitar contratos entre una constructora y una exfilial de la petrolera estatal Petrobras.
“Su grave situación de salud, (...) su edad y la necesidad de tratamiento específico admiten la concesión de prisión domiciliaria humanitaria” para aplicarse “con urgencia”, expresó en su fallo el juez de la corte Alexandre de Moraes, quien había ordenado el arresto de Collor.
El exmandatario deberá usar una tobillera electrónica y se mantiene la suspensión de su pasaporte.
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La corte ratificó días atrás la condena a ocho años y 10 meses de cárcel contra el expresidente, primer gobernante electo por sufragio universal en Brasil tras la dictadura militar (1964-1985).
Collor pasó su detención en la cárcel Baldomero Cavalcanti de Oliveira, en la ciudad de Maceió (noreste), en un ala especial y en celda individual por su condición de exmandatario.
Su defensa había pedido prisión domiciliaria “humanitaria” ya que Collor sufre “comorbilidades graves que incluyen enfermedad de Parkinson, apnea de sueño grave y trastorno afectivo bipolar”.
Con un discurso inconformista, Collor generó grandes expectativas al llegar al poder en 1990 como el presidente más joven de la historia del país, bajo la promesa de una reforma profunda de la vida política y social de Brasil.
El apodado “cazador de marajás”, como llamaba a funcionarios de altos sueldos, renunció sin embargo a la presidencia en 1992, en medio de un juicio político abierto por el Congreso luego de que un hermano de Collor acusara al gobierno por corrupción.
Desde el fin de la dictadura militar, cuatro de los siete ocupantes del palacio presidencial de Planalto fueron condenados, encarcelados o destituidos por distintos motivos.
El expresidente de extrema derecha Jair Bolsonaro (2019-2022) está actualmente a las puertas de un juicio por un presunto intento de golpe de Estado en 2022, tras su derrota en las elecciones presidenciales de ese año.
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Imputan a chofer que mató a un asaltante
La Fiscalía imputó por homicidio doloso al repartidor de 60 años que disparó y mató al presunto delincuente que estaba asaltando con un arma de fuego a su compañero, en el barrio Santa Ana de la ciudad de Asunción. El hombre alegó que realizó los disparos en defensa propia y que huyó del sitio por temor a represalias de otros delincuentes de la zona.
El hecho se reportó el jueves pasado, cuando el camión repartidor llegó hasta una despensa en el citado barrio capitalino y los trabajadores estaban descargando mercaderías.
En eso se acercaron dos personas y encañonaron a uno de los hombres para pedirle la recaudación del día. Cuando el chofer se dio cuenta fue al camión, tomó su arma para realizar disparos intimidatorios.
Sin embargo, uno de los proyectiles dio contra Jonatan Ariel Franco, de 18 años, quien contaba con dos antecedentes por robo agravado y terminó falleciendo en el lugar.
Tras realizar los disparos, los trabajadores subieron al camión y volvieron a su lugar de trabajo donde se enteraron que el delincuente falleció. Esa misma tarde, Carlos Garcete, de 60 años, se entregó a las autoridades.
La fiscal Laura Finestra imputó al detenido por homicidio doloso y describe que fue por excitación emotiva, por acabar con la vida del presunto delincuente en medio de un intentó de asalto y se expone hasta 5 años de prisión.