Gabriel Ramón Robledo Rolón planteó una demanda de indemnización por daños y perjuicios contra la jueza de Ejecución Yolanda Morel, esposa del actual ministro Manuel Ramírez Candia, y contra el Estado paraguayo por haber estado privado ilegalmente de su libertad por 475 días, es decir 1 año, 3 meses y 20 días. Se pidió en la demanda civil la suma de G. 4.055 millones por los días que estuvo privado de su libertad de forma irregular.
El juez en lo civil y comercial Walter Mendoza salió sorteado para entender en la presente demanda y será el mismo magistrado quien deberá admitir o no la presente acción. Ahora la jueza Yolanda Morel deberá contestar la presente demanda en su contra.
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El accionante tenía varias condenas, una por homicidio en 1999, por 12 años; otra por resistencia a la autoridad, lesión y tentativa de homicidio en la estancia Cuatro Vientos, Chaco, de 12 años. Sobre estas condenas se estableció una pena unitaria de 18 años, compurgados el 16 de febrero del 2018, pero el mismo recuperó años después su libertad a pesar de que ya compurgó la totalidad de su pena.
Igualmente, se había planteado un habeas corpus ante la Sala Penal de la Corte, pero el mismo se rechazó debido a que el hombre ya abandonó su lugar de reclusión.
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Netflix tropieza en demanda por “Bebé reno”
Netflix perdió su intento de desestimar una demanda por difamación que presentó la mujer que dice haber inspirado el personaje de la acosadora en el éxito ganador del Emmy “Bebé reno”. La plataforma de contenido le pidió a un juez que desconsiderara la demanda presentada por Fiona Harvey, quien se identificó como la verdadera “Martha Scott”, la mujer abusiva, violenta y delirante en torno a la cual gira el fenómeno escrito por Richard Gadd.
La miniserie, vista por millones de personas y que ganó seis premios Emmy este mes, afirma en su primer episodio que se trata de “una historia real”. Sus siete episodios siguen la historia del comediante Donny Dunn, una versión para televisión de Gadd, quien conoce a una mujer en un bar en el que trabajaba mientras intentaba hacerse una carrera en la industria del entretenimiento.
El encuentro deriva en años de calvario para Dunn, quien recibe miles de correos electrónicos, mensajes de texto y de voz de parte de Martha, quien además acosa a su familia y a su pareja. De acuerdo con la miniserie, Martha fue condenada por hostigar a un abogado en el pasado y acosa sexualmente a Dunn.
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Netlix argumentó que los eventos narrados en la miniserie eran “ciertos hasta cierta medida”, y que los espectadores sabrían que no eran completamente factuales porque se trata de un drama. La plataforma sostuvo que Harvey ha sido investigada por acoso, tocó a Gadd de forma sexual sin su consentimiento y lo empujó.
Pero un juez en California dijo que había desviaciones considerables entre la realidad y la ficción. “Hay grandes diferencias entre tocar de forma inapropiada y acoso sexual, así como entre empujar y pincharle los ojos a alguien”, escribió el juez Gary Klausner, en un fallo publicado el viernes.
“Hay grandes diferencias entre acosar y ser condenado por acoso en un tribunal”. El fallo menciona un artículo en el diario británico Sunday Times que cita fuentes de la industria del espectáculo afirmando que a Gadd le preocupaba que Netflix presentara la miniserie como “una historia real”, en vez de “basada en una historia real”.
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El hecho de que Netflix siguió adelante “sugiere una indiferencia temeraria” hacia los hechos, escribió Klausner. “Aunque las declaraciones fueron hechas en una serie que tiene en gran medida los rasgos de una comedia sarcástica, el primer episodio afirma de forma inequívoca que se trata de ‘una historia real’, invitando así a la audiencia a aceptar las declaraciones como hechos”.
El fallo significa que la demanda de Harvey en California por difamación puede seguir adelante. Pero el juez desestimó su querella por negligencia y negligencia grave, así como una petición por daños punitivos. “Tenemos la intención de defender enérgicamente este asunto y defender el derecho de Richard Gadd a contar su historia”, reaccionó Netflix en un comunicado a AFP.
Fuente: AFP.
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Jueza decretó la prisión en Tacumbú de imputado por muerte de joven futbolista
La jueza penal de Garantía de turno Clara Ruiz Díaz decretó la prisión preventiva de Jesús Roa alías “Kapeluki”, imputado por el homicidio del joven futbolista Ismael D. El imputado guardará reclusión en la cárcel de Tacumbú.
La resolución de la referida magistrada se dio a conocer luego de la audiencia de imposición de medidas cautelares, donde se estudió la situación procesal del imputado y se resolvió decretar la prisión preventiva de Roa alias Kapeluki.
Además de Roa, el Ministerio Público imputó a otros tres menores sindicados como participantes de la fatal gresca días atrás durante un partido de fútbol de categorías inferiores entre Boquerón del Barrio San Pablo y el club Nacional de San Bernardino.
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En el caso de los menores imputados, los mismos deberán ser citados por el juzgado penal Adolescente que tendrá que estudiar si corresponde que los menores guarden reclusión o estén con medidas.
Al imputado adulto el Ministerio Público le atribuye el golpe brutal que le causó la muerte a Ismael D., utilizando en antebrazo, y tal situación se pudo tener indicios con las declaraciones de testigos.
La investigación refiere que Roa González ocupaba el cargo de aguatero del equipo de Boquerón y supuestamente habría actuado en forma premeditada, elemento que deberá ser corroborado o descartado durante la etapa investigativa.
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Rechazan permiso para trabajar y ratifican arresto domiciliario de Luis Montanaro
La jueza penal de garantía Alicia Pedrozo rechazó el pedido de permiso para trabajar y ratificó el arresto domiciliario del empresario Luis Augusto Montanaro Bedoya, procesado por lesión del derecho a la comunicación y la imagen por presumiblemente filtrarse contenidos sexuales sin consentimiento.
La defensa del procesado tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación quien tendrá que analizar y decidir si corresponde confirmar la resolución firmada por la jueza Alicia Pedrozo.
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Actualmente, Montanaro guarda reclusión domiciliaria en un edificio céntrico de Asunción. Asimismo se dispuso varias reglas de conducta, como la prohibición de salida del país, prohibición de cambiar de domicilio, la obligación de acudir a la audiencia preliminar y una fianza real de G. 990 millones.
De acuerdo a la investigación, en fecha 10 de julio de 2024, Montanaro Bedoya habría compartido sin consentimiento a través de distintas plataformas de mensajería numerosas imágenes y vídeos de carácter sexual, presuntamente de su expareja.
Este hecho motivó que se realice la denuncia que descubrió el ilícito. La defensa del imputado puede apelar el fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que analizará si corresponde confirmar la resolución de la magistrada de Garantías.
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New York Times rememora la historia de la marca paraguaya que le ganó a Disney
En California (Estados Unidos), los animadores Walt Disney y Ub Iwerks crearon el personaje de Mickey Mouse en 1928, que lleva ese nombre por sugerencia de la esposa del primero, si no se hubiera llamado “Mortimer”. Por su parte, en Asunción, en 1935, se fundó una frutería llamaba Mickey. Medio siglo después, ambos caminos se cruzaron en tribunales y la increíble historia de cómo la empresa paraguaya le ganó al gigante del entretenimiento llegó ahora al portal del New York Times.
El artículo titulado “Disney no pudo vencer al Mickey paraguayo” relata el origen de la empresa familiar que inició en Asunción en 1935 como una pequeña tienda de frutas y helados artesanales, liderada por el paraguayo Pascual Blanco (hijo de italianos), para luego pasar a ser una prestigiosa heladería, cafetería y confitería desde 1939, hasta convertirse, en 1969, en una gran fábrica pionera en fraccionamiento de productos alimenticios muy tradicional en Paraguay, ya decorados con el emblemático ratón.
La firma, actualmente dirigida ya por la tercera generación, sobrellevó años de litigio con Disney por el nombre e imagen del icónico ratón, pero salió victoriosa manteniendo ya una trayectoria de casi 9 décadas, que cumplirá el próximo año, lo que llamó la atención al NYT, por lo que el prestigioso medio se preguntó cómo lo lograron hasta visitar las instalaciones en Paraguay y conversar con la gerente comercial de Mickey Paraguay SRL, Viviana Blasco.
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Marca construída por años
La directiva paraguaya explica en la entrevista que la familia no se apropio de la marca o de la propiedad intelectual, y señala; “No es que le quitamos. Se construyó una marca durante muchos años, que paralelamente a lo que hoy es Walt Disney también Mickey fue creciendo”.
El amplio material habló también con la abogada de la empresa, Elba Rosa Brítez, de 72 años, quien contó los pormenores del caso al reportero del NYT, alegando que la “tregua se ganó a pulso”, luego de que, en 1991, Disney presentara una demanda por violación de marca registrada ante el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) en Asunción, que fue rechazada. Seguido, la empresa paraguaya presentó una demanda y, en 1995, un tribunal de marcas falló a favor de Mickey Paraguay, para luego Disney volver a apelar, llevando el litigio ante el más alto tribunal de Paraguay.
Britez puntualizó que la marca Mickey estaba registrada en Paraguay desde al menos 1956, y los descendientes del fundador la habían renovado la licencia desde entonces, sin que la multinacional protestara. Ya en 1998, la Corte Suprema de Paraguay emitió su fallo definitivo, sin dejar de utilizar la marca, y para entonces, la empresa logró adquirir el derecho a ser “Mickey”.
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