Un tribunal de sentencia integrado por los jueces Milciades Ovelar, Flavia Lorena Recalde y Nilda Estela Cáceres condenó a dos años de cárcel con suspensión de la ejecución de la condena a una mujer tras ser encontrada culpable por el delito de incumplimiento del deber alimentario por no haber pasado la cuota que permitía poder alimentar a sus hijos.

La fiscala del presente caso fue Natalia Montanía, quien arrimó todos los elementos de prueba contra E.R.O.M., quien tendrá que someterse a varias reglas de conducta impuestas por el tribunal que la juzgó y la sentenció. El juicio oral culminó ayer viernes y se llevó a cabo en la sede judicial de Ciudad del Este

Durante el desarrollo de la audiencia oral, la fiscala pudo demostrar mediante varias pruebas documentales y testimoniales la existencia del hecho y la responsabilidad de la acusada.

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Ante las evidencias debatidas, se llegó a la conclusión de que la mujer debía ser sentenciada a dos años de pena privativa de libertad con suspensión de la ejecución de la pena, lo que significa que la madre de los niños no irá a prisión a cambio de estar sometida a varias reglas de conducta.

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Antecedentes

De acuerdo a los antecedentes, el 5 de marzo del 2018, el Juzgado de la Niñez y Adolescencia dispuso, en una homologación de acuerdo, que la mujer debía pagar la suma de G. 510.000 mensual a favor de sus hijos pequeños. Dicho monto debía depositar en una cuenta judicial del Banco Nacional de Fomento (BNF), a nombre de su expareja, con quien viven los niños.

Sin embargo, a raíz del incumplimiento de la orden judicial, el padre presentó la denuncia en el Ministerio Público, que luego abrió la investigación formal. Conforme con el extracto de la entidad bancaria, la mamá no cumplió con la obligación impuesta por la Justicia y hasta el momento adeuda G. 10.700.000.

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