El Tribunal de Apelación Tercera Sala, integrado por los jueces Cristóbal Sánchez, José Waldir Servín y Gustavo Ocampos, decidirá si revoca el arresto domiciliario y ordena la prisión preventiva de la presidenta de la firma Imedic SA, Patricia Ferreira, y de la directora de la citada firma, Nidia Godoy, imputadas, supuestamente, por falsificar facturas de la empresa Eurofarma para importar a nuestro país medicamentos de China e India.
Días atrás, la jueza penal de Garantías Lici Sánchez otorgó el arresto domiciliario a las dos imputadas por producción de documento de contenido falso. Asimismo, la citada magistrada levantó la orden de captura y rebeldía que tenían ambas; en ese entonces, prófugas de la Justicia.
La Fiscalía apeló la determinación y pidió al Tribunal de Apelación revocar la resolución de Sánchez y que las procesadas vayan a la cárcel.
El Ministerio Público alega que siendo una causa tan importante y habiendo estado tanto tiempo pendiente la orden de captura, eludiendo los mandatos de la Justicia, correspondería que se deje sin efecto la resolución del arresto domiciliario y disponer la prisión de las mujeres.
Los fiscales Marcelo Pecci y Susy Riquelme formularon la imputación tras existir sospechas que ambas como responsables directo de la firma Imedic SA habrían falsificado 9 facturas de Eurofarma para introducir los medicamentos oncológicos.
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Nuevo Liberalismo apela fallo del TSJE que impide avance de internas
El gobernador de Central, Ricardo Estigarribia, informó que su movimiento Nuevo Liberalismo apeló la decisión del Tribunal Electoral de la capital y Central, primera sala, que suspende el adelantamiento de las elecciones internas partidarias del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) para el 17 de agosto.
“Nosotros apelamos, existen muchos antecedentes y jurisprudencia consistentes en que varios partidos políticos hicieron sus elecciones internas el pasado año mediante las papeletas. Nosotros planteamos hacer lo mismo, pero lastimosamente la Justicia Electoral sacó una medida cautelar y trancó todo el proceso”, indicó a la 1020 AM.
Estigarribia sostuvo que la medida cautelar surgió exclusivamente ante la imposibilidad del TSJE de proveer las máquinas de votación y no por el hecho de que hayan violado las leyes electorales, al decidir mediante una convención extraordinaria el desdoblamiento de los comicios internos de las elecciones municipales previstas para el 2026.
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“El PLRA es un partido grande con autonomía, pero nosotros como movimiento, iremos el próximo año a unas elecciones si es esto lo que desean. Las elecciones queríamos realizar para organizar al partido que está muy golpeado después de las últimas elecciones”, afirmó.
Antecedentes
La medida cautelar fue firmada por los jueces Lorena Rojas, Modesto Núñez y Hugo Alberto Oxilia Vera. En el documento se aclara que las medidas cautelares estarán vigentes “ínterin se sustancie la presente acción”, es decir, hasta que el conflicto sea resuelto en una instancia superior.
De esta forma, los jueces electorales hacen lugar a la solicitud de medida cautelar que prohíbe innovar en los cargos de miembros del directorio a nivel nacional, miembros de directorios departamentales, presidentes y miembros de comités, así como convencionales.
La decisión de desdoblar los comicios internos del PLRA de las elecciones municipales previstas para el 2026, fue tomada a través de una convención extraordinaria impulsada el 6 de octubre del 2024 por los sectores internos disidentes liderados principalmente por el movimiento Nuevo Liberalismo.
En la ocasión también se resolvió la reforma del estatuto del PLRA donde se exige que el titular de la agrupación opositora renuncie 6 meses antes si desea postularse para el cargo de presidente de la República.
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Brasil: ordenan encarcelar al expresidente Collor, condenado por corrupción
Un juez de la Corte Suprema de Brasil ordenó ayer jueves encarcelar al expresidente Fernando Collor de Mello (1990-1992), condenado en 2023 a ocho años y diez meses de prisión por corrupción en una investigación derivada de la megacausa Lava Jato.
La orden será sometida a votación por los demás magistrados de la corte este viernes, pero es de cumplimiento “inmediato”, sin esperar a la decisión del plenario. El magistrado “Alexandre de Moraes, del Supremo Tribunal Federal (STF), rechazó el segundo recurso de la defensa y determinó la detención inmediata del expresidente de la República y exsenador Fernando Collor de Mello", indicó la corte en un comunicado.
El exmandatario, de 75 años, fue hallado culpable de recibir 20 millones de reales entre 2010 y 2014 (3,5 millones de dólares, al cambio actual) cuando era senador, para “viabilizar irregularmente contratos” entre una constructora y una exfilial de da petrolera estatal brasileña Petrobras.
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Su defensa recibió el fallo “con sorpresa y preocupación” y afirmó que Collor “se presentará para cumplir la decisión determinada por el magistrado Alexandre de Moraes”, en una nota enviada a la prensa. Una fuente del tribunal aclaró que “nadie puede ser detenido en la noche, pero él puede entregarse en la madrugada”.
Moraes argumentó que los recursos presentados por la defensa de Collor contra la condena de 2023 son “meramente dilatorios”. A partir de las 11:00 locales (14:00 GMT) y hasta las 23:59 del viernes (02:59 GMT del sábado) el plenario se reunirá virtualmente para confirmar o no su decisión.
Destino común
Collor no es el único exmandatario brasileño en tener líos con la justicia. Desde el fin de la dictadura militar (1964-1985), cuatro de los siete ocupantes del palacio presidencial de Planalto fueron en algún momento condenados, encarcelados o destituidos.
Y el expresidente de ultraderecha Jair Bolsonaro (2019-2022) está a puertas de ser juzgado por una tentativa de golpe de estado tras ser derrotado en su aspiración la reelección. Primer presidente elegido por sufragio universal después del régimen militar, Collor generó grandes expectativas al llegar al poder. Sin embargo, renunció a la presidencia en 1992 en medio de denuncias de corrupción.
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En 1989 derrotó en las urnas al líder izquierdista Luiz Inácio Lula da Silva. Presidente entre 2003 y 2010, Lula luego estuvo 18 meses en la cárcel, entre 2018 y 2019, también en el marco de la causa Lava Jato. La condena contra Lula fue finalmente anulada por la corte suprema y el izquierdista volvió a Planalto en 2023.
Tras renunciar a la presidencia en medio de protestas callejeras, Collor consiguió volver a la política en 2006, al ser elegido senador por Alagoas, un estado pobre del noreste. Ocupó ese escaño hasta 2022. Ese año apoyó a Bolsonaro en las elecciones.
Como senador, se valió “de la influencia político-partidaria para promover nombramientos en el directorio” de una distribuidora de combustibles filial de Petrobras y direccionar contratos, según la corte suprema.
Fuente: AFP
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Jueza ordenó arresto domiciliario de tres directivos de la firma Montego Trading
La jueza Penal de Garantía, Clara Ruiz Díaz, decretó el arresto domiciliario de los directivos de la firma Montego Trading S.A., Erick Fernando Martín Vásquez Loza, Carmen Carolina Duarte de Garcete, y Gerardo Bermúdez Arreola, imputados por violar la ley de juegos de azar con relación al registro del dominio crowncityplay.com.py. Igualmente, los imputados José María Monges, y Ricardo Fernández Melgarejo fueron beneficiados con medidas alternativas a la prisión.
La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia de imposición de medidas cautelar llevada a cabo en Palacio de Justicia. En caso de incumplir la medida resuelta por la magistrada, se ordenará la prisión de los imputados.
El agente fiscal Marcelo Saldívar fue quien presentó imputación por violar la ley de juegos de azar y a su vez solicitó al Juzgado Penal de Garantía la aplicación de medidas alternativas a la prisión y 6 meses de plazo para presentar su requerimiento conclusivo.
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El Ministerio Público presentó la imputación contra los citados más arriba en relación con la violación del artículo 17 de la Ley N° 4716/12 “Que modifica varios artículos de la Ley Nº 1016/97 “Que establece el Régimen Jurídico para la Explotación de los Juegos de Suerte o de Azar”.
El acta de imputación refiere que la firma Montego Trading S.A., representada y dirigida por Carmen Duarte y Gerardo Bermúdez, hasta el 26 de agosto de 2024 y desde ese día y hasta la fecha, representada y dirigida por José María Monges y Ricardo Fernández, habrían explotado sin autorización de Conajzar, juegos de azar en la modalidad de Apuestas Deportivas a través del sistema online y de seis locales físicos distribuidos dentro del territorio nacional, causando con ello un perjuicio al erario público, consistente en la percepción de un canon referencial, pero no actualizado.
El contacto por parte de la firma Montego Traiding S.A., en relación con el registro del dominio crowncityplay.com.py, ante el Network Information Center - Paraguay, NIC.PY., sería Erick Fernando Martín Vásquez Loza.” Esta atribución fáctica cumpliría con los presupuestos del Art. 17 de la Ley N° 4716/12 “Que modifica varios artículos de la Ley.
A través de la licitación pública N° 04/2017, por resolución Conajzar Nº 60/2017, aprobada por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 8535/2018, adjudicó a la firma Daruma Sam S.A., cuya marca es Apostala, la explotación de apuestas deportivas con carácter exclusivo en todo el territorio de la República del Paraguay.
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El exsuboficial Florentín fue condenado a 24 años de cárcel por el homicidio de Rodrigo Quintana
Este viernes, el Tribunal de Sentencia condenó al suboficial Gustavo Adolfo Florentín Silva a 24 años de prisión por el homicidio doloso agravado de Rodrigo Quintana, hecho que ocurrió en 31 marzo del 2017 en sede del Partido Liberal Radical Autentico (PLRA). El agente policial es el único procesado y condenado por el asesinato del dirigente liberal.
El tribunal estuvo presidido por Lourdes Garcete e integrado por Manuel Aguirre y Rossana Maldonado, quienes tras analizar todas las evidencias y escuchar a los testigos decidió que suboficial debía ser condenado por matar al joven dirigente. “Florentín disparó el arma, los proyectiles impactaron en la espalda de Rodrigo Quintana”, manifestó la jueza Garcete.
Afirmó que los nueve proyectiles que fueron disparados por el acusado, luego de que forzó y entró en sede del partido, atravesaron varios órganos de la víctima, quien terminó falleciendo en el lugar. Tras realizar los disparos, Quintana cayó al suelo y seguidamente fue pisado por Florentín, quien lo miró detenidamente, pero no lo auxilió y prosiguió su camino hacia el patio.
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“El impacto de estos nueve proyectiles de plomo atravesaron varios órganos incluidos sus pulmones y le ocasionaron una hemorragia que derivó en una muerte agónica por una asfixia por la acumulación de sangre, lo que en medicina se considera neumotórax”, detalló la jueza, durante la lectura final de la sentencia.
Ricardo Estigarribia, abogado del sentenciado, afirmó que con esta condena queda claro que no existen garantías para los agentes policiales y militares, y que no se puede condenar a una persona sin siquiera saber cuál es el arma homicida. “No se analizó la totalidad del contexto de lo que ocurrió”, puntualizó a los medios de comunicación.