La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de resolución que pide informes al Comando de las Fuerzas Militares con la finalidad de indagar sobre las acciones instituciona­les que fueron tomadas con relación al informe lapidario perteneciente a la Contraloría General de la República que destapó una serie de irregu­laridades en la Dirección de Material Bélico (Dimabel).

El documento fue presen­tado por el legislador José Rodríguez y apunta al deno­minado Acuerdo Previo de Entendimiento Sobre Coo­peración Técnica que fue suscripto con la empresa Compañía Brasilera de Car­tuchos Mercosur SA, repre­sentada por su administra­dor general, Óscar Mersán de Gásperi, accionista mayo­ritario.

La firma fue concretada por el general Aldo Daniel Ozuna Recalde el 5 de abril de 2022 y es cuestionada por el órgano fiscalizador enca­bezado por Camilo Benítez, el cual refiere que no se con­taba con el permiso que se requería desde el Comando en Jefe de las Fuerzas Arma­das, Ministerio de Defensa y Ministerio de Relaciones Exteriores.

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Las cláusulas también fue­ron criticadas por la Contra­loría, ya que podrían poner en riesgo los bienes patri­moniales de la Dimabel, así como información reser­vada que compete al ámbito militar y tienen relación con la seguridad nacional, de acuerdo a la observación del informe resultante de un total de 4.000 auditorías correspondientes al ejercicio fiscal del año 2022 y el primer cuatrimestre del año 2023.

El pedido de informes rea­lizado por el congresista de la Asociación Nacional Republicana (ANR) José Rodríguez consulta cuá­les fueron las actuaciones y operaciones realizadas; si se halla aún vigente dicho acuerdo y qué actos jurídi­cos se llevaron a cabo desde el Comando de las Fuerzas Militares, con todos los antecedentes.

En la argumentación de la solicitud de informes, Rodríguez manifiesta que el acuerdo firmado va de contramano con las leyes 1337/99 y 4036/2010. La primera normativa fija las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, ejecución y control, tendien­tes a asegurar la defensa nacional.

Mientras que la segunda normativa habla de las armas de fuego, sus piezas y componentes, municio­nes, explosivos, accesorios y afines. Las máximas auto­ridades de las Fuerzas Mili­tares tienen un plazo de 15 días hábiles para responder a los requerimientos de la Cámara Baja.

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