El abogado constitucionalista Theodore Stimson afirma que el Ministerio Público debe aceptar la decisión de la Cámara de Senadores en restituir sus fueros a Erico Galeano, Hernán Rivas y Rafael Filizzola. Agrega que sacar o devolver fueros a los parlamentarios es una atribución exclusiva del Congreso Nacional.

“El Poder Judicial no decide si los fueros de un legislador se suspenden, como tampoco si la suspensión de fueros se levantan. Esta es una atribución exclusiva de cada cámara legislativa. Lo que decida cada cámara respecto a los privilegios e inmunidades de sus miembros, suspensión o restablecimiento de sus fueros es una cuestión política no justiciable por la sala constitucional. La Fiscalía debe allanarse al cambio de la situación procesal”, sostuvo.

Las afirmaciones de Stimson surgieron ante las afirmaciones de otros colegas e incluso de ministros de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), quienes alegan que la Fiscalía debe plantear impulsar una acción de inconstitucionalidad contra la decisión de la Cámara Alta de restituir los fueros a los parlamentarios procesados.

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“Al analizar las atribuciones de las cámaras del Congreso algunos colegas hacen una analogía entre el derecho parlamentario (lex parliamenti) y el derecho administrativo. Invocan el principio de legalidad (lo que no está expresamente permitido esta prohibido) equivocadamente. El principio de legalidad es aplicable al funcionario público, al Ejecutivo, porque no compete al funcionario hacer leyes, sino solo cumplirlas. Esta es una garantía para el ciudadano”, refirió.

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El abogado a través de sus redes sociales oficiales siguió sosteniendo que “las cámaras del Congreso, en materia de privilegios inmunidades y fueros, aplican el derecho constitucional y el derecho parlamentario, con amplia discreción y criterio político, aprobando leyes resoluciones y medidas que no están “expresamente autorizadas”.

Asimismo, el también dirigente del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) acotó: “algunos colegas hasta llegaron al extremo de afirmar erróneamente que los senadores que votaron por levantar la suspensión de los fueros podrían ser procesados por obstrucción de Justicia. Los votos de los legisladores son privilegiados y no revisables en sede penal”.

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