Humberto Peralta, exministro de la Secretaría de la Función Pública, cuestionó la legalidad del contrato colectivo homologado entre el Instituto de Previsión Social (IPS) y el Viceministerio del Trabajo, en el que se establece una serie de extraordinarios beneficios para los funcionarios de la previsional, entre ellos la posibilidad de poder ausentarse de su lugar de trabajo hasta por 266 días al año con goce de sueldo, además de recibir un nuevo aguinaldo que debe ser desembolsado en enero de cada año y 30 días de vacaciones a partir del primer año de antigüedad.

Al respecto, Peralta, mediante una entrevista con el programa “Pase lo que pase”, emitido por Universo 970 AM/Nación Media, mencionó que existen vacíos jurídicos no resueltos en la administración pública desde el 2000 referente a las negociaciones colectivas en torno a la duda referente a qué institución del Estado es la encargada de convalidar el acuerdo laboral.

“El tema de los contratos colectivos siempre es leonino, pude ver lo que firmó el viceministro del Trabajo y tengo mis dudas de la legalidad de esta homologación. Acá existe una situación que no es resuelta desde hace años, la Ley de la Función Pública N° 1626 establecía que en el ámbito público, todas las instituciones y el IPS no es una excepción a la regla, deberían homologar su contrato a través de la función pública”, sostuvo.

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Recordó que el IPS al igual que otras instituciones presentaron una acción de inconstitucionalidad contra la citada norma que tiene por objeto regular la situación jurídica de los funcionarios y de los empleados públicos, el personal de confianza, el contratado y el auxiliar que presten servicio en la administración central, en los entes descentralizados, gobiernos departamentales y municipales, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría y demás organismos y entidades del Estado.

“Desde el 2014 y más desde el año 2000 el tema del contrato colectivo es una materia no resuelta en la administración pública, me atrevería a decir que es un acuerdo entre partes. Lamentablemente no está publicado cuál es el dictamen del Viceministerio del Trabajo para autorizar la legalidad del contrato del IPS. La pregunta es ¿Se cambia por una acción de inconstitucionalidad la competencia al Ministerio de Trabajo para que ellos homologuen el contrato colectivo? ¿Si o no?”, indicó.

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Agregó también que el acuerdo laboral aprobado en el presente gobierno tendrá un impacto recién a finales del 2024, razón por la cual considera que fue avalado sin mayores criterios jurídicos. Peralta citó como una de las irregularidades existentes dentro del mencionado contrato colectivo la homologación automática del incremento máximo del salario en el IPS teniendo como punto principal el informe de la inflación proveniente del Banco Central del Paraguay.

“Esta homologación por parte del Viceministerio del Trabajo fue más o menos expresar que se vean los que vienen para el 2024 porque algunas de las cláusulas de este contrato colectivo tendrán un impacto real a finales del próximo año por ejemplo; el incremento anual del salario en el IPS como si fuese que es un ente privado, se establece en el contrato colectivo que sea como mínimo anual un 5%, mientras que el máximo dependerá del informe de inflación. Yo no conozco otro contrato que se haya homologado dentro del Secretaría de la Función Pública y el Viceministerio del Trabajo que plantee la homologación automática a la inflación”, detalló.

Fuera del marco de la ley

Dicha resolución fue aprobada el 26 de enero, causó un revuelo en la ciudadanía, dado que contempla una serie de beneficios que no son accesibles para un trabajador perteneciente al sector privado.

“Me hubiese gustado que la propia Secretaría de la Función Pública o el Viceministerio del Trabajo con base en la Ley de Acceso a la Información Pública o la ley de publicación de informaciones públicas explique todo lo relacionado al contrato por propia iniciativa y no precisamente a pedido de parte. Me interesa como ciudadano saber qué es el disparate homologado, esto que fue firmado entre ambas partes se encuentra fuera del marco de la ley”, sentenció.

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