El abogado Pedro Ovelar, representante del expresidente de la República Horacio Cartes, explicó este jueves que no se reabrió ninguna causa en Brasil contra el exmandatario ni se ordenó una casación. Destacó que solo estudiarán los recursos que el Ministerio Público sostiene.

“Lo que el Ministerio Público reclama es que no haya sido fundado correctamente por el Tribunal de Río de Janeiro. No se reabrió el proceso ni se ordenó una casación, sino que simplemente estudiarán los recursos que el Ministerio Público sostiene. Nosotros ya hemos dado nuestros fundamentos”, aseguró el profesional del derecho en comunicación con el canal GEN y Universo 970 AM.

Sostuvo que era una cuestión posible porque en su momento plantearon una aclaratoria a los miembros del Ministerio Público, pero fue rechazada por el Tribunal Regional y presentaron dos recursos, uno especial que debe ser estudiado en Brasilia, en el Tribunal Superior de Justicia, y otro extraordinario en el Supremo Tribunal Federal.

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No puede ser condenado

Ovelar indicó que se concedió el rechazo para que sea estudiado en Brasilia, pero no revocó la decisión, no reabrió el proceso ni ordena una reapertura o una casación, e insistió en que el Ministerio Público del vecino país solicitó que se vuelva a estudiar el habeas corpus de trancamiento de nulidad que se había dictado en su momento.

“No revocó la decisión, no reabrió el proceso, es simplemente que vaya a Brasilia y que sean estudiados los recursos. En términos sencillos, es una apelación, un recurso que sería una inconstitucionalidad equiparado al recurso extraordinario que va a Brasilia. El Ministerio Público trató por todos los medios introducir hechos que ya conocemos, pero nada nuevos ni relevantes”, agregó.

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El abogado aclaró también que el expresidente de la República Horacio Cartes en ningún caso puede ser condenado; en el hipotético caso de prosperar el pedido del Ministerio Público del vecino país, el caso solo volvería a un estado anterior a fin de ser juzgado nuevamente porque solo se está estudiando la nulidad o no del proceso.

La sentencia declaró en su momento que no existen elementos que permitan suponer que el expresidente Cartes haya practicado actos de lavado de dinero ni de evasión de divisas, o pertenezca a una organización criminal, como plantean instalar algunos medios comunicación.

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