El jurista Marcos Konhn Gallardo, respondió a la consulta de la Cámara de Senadores sobre el artículo 201 de la Constitución Nacional, de la pérdida de investidura. El doctor en ciencias jurídicas, remitió el documento en el cual concluye que el citado artículo debe contar con una reglamentación.

En este sentido, menciona en su escrito que la pérdida de investidura cuenta con una dificultad constitucional por la falta de esa reglamentación. “A la fecha no existiendo ley que regule su funcionamiento se está incumpliendo con el artículo 17 (de los derechos procesales) inciso 3 de la Constitución Nacional”, menciona el dictamen.

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Por otra parte, el profesional menciona el sistema de votación que también fue un punto de debate en el seno legislativo y en este sentido, sostiene que solo se necesita contar con los 23 votos. “El sistema de votación que satisface a la Constitución es el de la simple mayoría de votos de los miembros presentes (artículo 185 2º párrafo de la CN)”, señala el escrito remitido a la Cámara de Senadores.

Además, agrega que “ello implica que dada la gravedad de lo que se tratará, por el principio republicano de responsabilidad institucional, se debe estimar que 23 votos serán necesarios, ante la presencia de todos los congresistas para disponer la sanción de separación definitiva del cuerpo”, concluye el texto firmado por Kohn Gallardo.

Nuevamente en el Congreso Nacional reflota la discusión sobre la pérdida de investidura, tras 6 expulsiones a tambor batiente y un salvataje dilatorio de la sanción que pueda tener a nivel legislativo, un senador denunciado por tráfico de influencias, como Rodolfo Friedmann y otras acusaciones.

Documento remitido a la Cámara de Senadores. Gentileza.

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