El Frente Sindical de Funcionarios Públicos y las Centrales Sindicales, comunicado mediante, ponen a conocimiento de la opinión pública en general la postura de rechazo al tratamiento del anteproyecto de ley de la reforma de la ley de la función pública y la carrera del servicio civil durante la emergencia sanitaria, impulsado por el Poder Ejecutivo y representado por el vicepresidente de la República, Hugo Velázquez.
Rechazan categóricamente las declaraciones del vicepresidente, quien expresó que existe una “mesa técnica de trabajo entre los técnicos del Poder Ejecutivo y los representantes técnicos de todos los funcionarios públicos”.
Leé también: Hacienda expondrá delineamientos del PGN 2021 ante Bicameral de Presupuesto
Aclaran además que los sindicatos y centrales no están representados en la mesa técnica mencionada por el vicepresidente Velázquez, ya que de acuerdo con los firmantes de la nota “no son representados” en la mesa técnica. Sostienen que los “supuestos representantes” no fueron asignados ni autorizados para representar al funcionario público en general, reza otra parte del comunicado.
Entre los firmantes del comunicado se encuentran la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Central Unitaria de Trabajadores Auténtica (CUT-A), Frente Sindical de Funcionarios Públicos (FSFP), Central de la Clase Trabajadora (CCT), entre varios otros sindicatos y frente de funcionarios públicos.
Hay que mencionar que la propuesta de ley de la función pública y la carrera del servicio civil fue presentada a la Comisión Bicameral de Reordenamiento Estructural del Estado. El proyecto del Ejecutivo fue liderado por el vicepresidente de la República, Hugo Velázquez, y el ministro de Hacienda, Benigno López, y todo el equipo técnico de la institución.
Te puede interesar: Se debe optar por un presupuesto en modo COVID-19 para el 2021, según Rasmussen
Dejanos tu comentario
Jueza rechaza restitución internacional y niña localizada en Argentina seguirá con su madre
La jueza de la Niñez y la Adolescencia de Asunción, Natalia Ortellado, rechazó restituir a la niña de dos años —localizada en Resistencia, Argentina— a su padre, quien había iniciado un juicio de restitución internacional en el citado fuero buscando que la menor fuera trasladada a Chile. Con esta determinación judicial, la niña seguirá bajo el cuidado de su madre.
La representante legal del padre, quien hoy está imputado en nuestro país por desacato a una orden judicial y violación del deber de cuidado, puede apelar el fallo. En caso de ser así, un tribunal de apelación del fuero de la Niñez y la Adolescencia tendrá que definir si corresponde confirmar la resolución dictada en primera instancia.
Días atrás, la niña de dos años fue localizada en Resistencia, Chaco, Argentina, y su padre fue detenido en dicho país. Actualmente, la justicia paraguaya solicitó la rebeldía y la captura internacional del hombre. Ahora se tendrá que arbitrar los medios necesarios para lograr su extradición a Paraguay, donde enfrenta el proceso penal por los delitos ya mencionados.
Imputación
Según el acta de imputación, el hecho habría ocurrido el 8 de julio de 2026, cuando el ahora procesado retiró a su hija menor de edad en el marco del régimen de relacionamiento dispuesto por una resolución del juzgado de la Niñez y la Adolescencia.
Sin embargo, una vez cumplido el horario establecido para la devolución, no la restituyó a su madre y dejó de responder las llamadas y mensajes.
Posteriormente, el hombre se habría comunicado con la madre para informarle que se encontraba con la niña en la ciudad de San Bernardino, incumpliendo presuntamente el régimen judicial vigente. Con base en los elementos colectados durante la investigación, el Ministerio Público consideró que existen suficientes indicios de la participación del imputado en los hechos y presentó la imputación correspondiente.
Podes leer: Juez habría titulado propiedad de Ypyta irregularmente, denuncia abogada de agroganadera
Dejanos tu comentario
Corte Suprema de EEUU rechaza intento de Trump de despedir a gobernadora de la Fed
La Corte Suprema de Estados Unidos resolvió este lunes que el presidente Donald Trump no puede despedir sumariamente a una gobernadora de la Reserva Federal, un organismo independiente, pero sí puede hacerlo en el caso de una agencia federal bajo su autoridad.
Dos sentencias simultáneas, en una semana decisiva de la Corte Suprema, reescribieron los límites del poder presidencial.
En una decisión ajustada de 5 votos a favor y 4 en contra, la máxima autoridad judicial del país dictaminó que Lisa Cook, gobernadora de la Reserva Federal, acusada por el gobierno de presunto fraude cuando pidió un préstamo inmobiliario, no podía ser despedida por Trump, “por cualquier motivo o sin motivo alguno”.
La decisión anunciada por el presidente en medio de una campaña de acoso para que la Reserva Federal recortara sus tasas de interés, fue bloqueada por una corte inferior.
Los presidentes pueden destituir a los gobernadores de la Reserva Federal “por causa justificada”, pero el tribunal dictaminó que Trump “no le concedió a Cook las garantías procesales a las que tenía derecho por ley”.
Supuestamente Cook había declarado dos residencias principales, una en el estado de Michigan y otra en Georgia, para tramitar un crédito, pero sus abogados dicen que todo se debió a un error.
Subordinados versus independientes
En otro caso, el de la comisionada demócrata Rebecca Slaughter, de la FTC, la agencia federal autónoma que regula la competencia, la Corte Suprema decidió por mayoría de 6 a 3 que el presidente sí tiene autoridad para despedirla.
Te puede interesar: Reportan fuerte temblor en Caracas tras doble terremoto del miércoles
“Los subordinados que ejercen el poder del presidente están sujetos a ser despedidos por él”, explicó la mayoría de la Corte en su razonamiento.
El grado de independencia de las agencias federales ha sido objeto de controversia creciente en Estados Unidos.
Los expertos legales de tendencia conservadora consideran que las agencias tienen un poder desproporcionado, una postura que suscribe la Corte Suprema actual. En tanto, los progresistas creen que las agencias como la FTC deben ser totalmente independientes.
La gobernadora amenazada por Trump saludó la sentencia ya que ratifica, a su juicio, que “la Reserva Federal debe tomar todas sus decisiones de política monetaria basándose en datos concretos y en un juicio independiente”.
Trump se congratuló rápidamente por su victoria en el caso de la FTC, y amenazó a Cook con “medidas apropiadas”, sin mayores detalles.
La demanda contra Cook “fue devuelta por la Corte Suprema estrictamente por cuestiones de procedimiento”, declaró Trump en su plataforma Truth Social.
En el caso de la FTC, que es un organismo cuyos comisionados son elegidos por republicanos y demócratas, la sentencia “fue largamente buscada por presidentes de Estados Unidos desde la década de 1930”, aseguró Trump.
- Fuente: AFP
Lea más: EE. UU. e Irán suspenderán los recientes ataques mutuos y seguirán negociación
Dejanos tu comentario
Kattya González no volverá al Senado, Corte rechazó pedido
La Corte Suprema de Justicia rechazó por mayoría de votos la acción de inconstitucionalidad promovida por la exsenadora Kattya González, considerando improcedente su pretensión de reincorporarse a la Cámara Alta tras su destitución.
Con una mayoría de 6 votos contra 3, los ministros de la Corte sostienen la improcedencia de la acción planteada por la exsenadora de la oposición, quien pretendía volver a ocupar su banca tras su pérdida de investidura en el 2024, según publicó el periodista Jorge Torres, en sus redes sociales.
Le puede interesar: Camilo Pérez y Colorado Añetete acuerdan unidad para las municipales
González basó su demanda en el supuesto incumplimiento de la mayoría calificada y de las formalidades previstas en la Resolución 429 del año 2023, emitida por el Senado, alegando que dichas reglas debían regir al momento de su juzgamiento por parte de sus pares.
En tanto, el máximo tribunal de Justicia fundamentó su rechazo argumentando que la citada resolución no se encontraba vigente cuando se llevó a cabo el juzgamiento de González. En el voto mayoritario se resaltó que el artículo 11 de la propia normativa establecía que entraría en vigor al día siguiente de su aprobación, condición que invalidó el reclamo de la exlegisladora.
Dicha Resolución No. 429/2023 fue aprobada, como primer punto del “Orden del día”, en la misma sesión en la que se juzgó la pérdida de investidura de Kattya González: el 14 de febrero de 2024, hecho que fue puesto de resalto por la misma accionante, en su escrito de demanda.
Por ende, manifiestan los ministros de la Corte que la Resolución 429/2023 (que imponía la mayoría absoluta de dos tercios y regulaba el procedimiento de pérdida de investidura de un senador) empezaba a regir recién al día siguiente al de su aprobación, es decir, el día 15 de febrero de 2024 y, por ende, no se encontraba vigente el 14 de febrero, fecha de la sesión extraordinaria del Senado, en la que se juzgó a la exsenadora Kattya González y, como punto previo, en la misma sesión, se aprobó la resolución 429.
Vale recordar que la resolución No. 429/2023 exigía que la pérdida de investidura de un senador se diera con el voto con una mayoría calificada: mayoría absoluta de dos tercios (30 senadores sobre 45, que es el total de senadores que integran la Cámara). La exsenadora Kattya González se agravió que fue expulsada solo con el voto de 23 senadores.
En tanto, la exsenadora González, alegó en todo momento, que la resolución 429 ya se encontraba vigente al momento de su juzgamiento y que fue omitida por sus pares al condenarla a perder su investidura de legisladora.
No se requiere mayoría de dos tercios
Además, los magistrados justificaron técnicamente su postura basándose en los principios de la Constitución Nacional y en la precedencia jurídica, concluyendo de manera unánime que no se requería la mayoría de dos tercios invocada en la demanda.
También corresponde señalar que se dejó asentado en los votos en mayoría de los ministros de la Corte que la resolución 429 del Senado, contraviene disposiciones expresas de la Constitución, entre los que se señala, la exigencia de un voto con mayoría calificada (mayoría absoluta de dos tercios, contando el número total de integrantes del Senado, es decir, 30 senadores de 45), cuando que el art. 185 de la Constitución indica expresamente que, cuando la Constitución no requiera una mayoría especial para la cuestión a resolverse, se aplicará la mayoría simple (la mitad más uno de los miembros presentes).
Señalaron igualmente los votos dados en mayoría que no hubo trasgresión al derecho a la defensa de la Sra. Kattya González pues se le dio oportunidad de pronunciarse, que la actora estuvo presente en la discusión del debate, como así mismo fue escuchada, sin embargo la demandante no ejerció su defensa, no ofreció prueba ni solicitó prórrogas por decisión propia, prefiriendo desarrollar un discurso de tinte político que no se refería a su defensa sino que se referían a una crítica a sectores políticos y a personas en particular.
Siga informado con: Accidente fatal: testigo afirma que Mauricio Espínola cruzó el semáforo en rojo
Dejanos tu comentario
Hambre Cero: Senado mantiene administración a gobernaciones
El pleno de la Cámara de Senadores aceptó el rechazo de la Cámara de Diputados en modificar la administración del programa de alimentación escolar Hambre Cero en las Escuelas, y dejar la administración de la misma a los gobernadores.
Desde el Senado, la propuesta fue retirar el manejo de Hambre Cero de dos gobernaciones, Concepción y Alto Paraná, lo que fue rechazado por Diputados, ahora con la aceptación de la versión de la Cámara Baja el proyecto va al archivo.
El presidente de la Comisión de Hacienda, y proyectista, senador Silvio Ovelar, argumentó que con el tratamiento de la iniciativa en Diputados, se midió la temperatura sobre la administración de los gobernadores, y finalmente se rechazó este proyecto en esa instancia.
“Cuando nosotros decidimos acá destinar los fondos de la gobernaciones de Concepción y Alto Paraná, nosotros decíamos claramente que Diputados tendría el tiempo necesario para que tenga ya un dictamen de la Contraloría para que se pronunciaran. Hoy nos podemos ratificar en nuestra decisión, pero ya sabemos cuál va ser el resultado”, expuso ante la sesión extraordinaria de este martes.
Así también, señaló que esta decisión fue un acuerdo entre colegas, para que la administración del programa de alimentación escolar siga en ambas gobernaciones. “No cambié para nada mi parecer respecto a la gestión de varias administraciones, pero tampoco quiero caer en el error de generalizar y de decir que todos están haciendo mal porque eso no es cierto”, explicó.
Por su parte, el líder de la bancada de Honor Colorado, Natalicio Chase, expuso ante el pleno que la propuesta fue bastante analizada y que finalmente cumplió con un objetivo, verificar la administración.
“Después de un análisis suficientemente aclarado por parte de los gobernadores, creo que lo que buscó la medida en aquel momento, ante la generación de dudas particulares ya ha generado el proceso de verificación que está llevando adelante la Contraloría general de la República”, señaló.
El legislador también sostuvo que “en conversación también con el Poder Ejecutivo, la propuesta de aceptar la versión que viene de diputados y seguir manejando el programa Hambre Cero de la misma forma”.
Leé también: Camilo Pérez acompaña multitudinario acto de Nasser Esgaib rumbo a las internas