La Comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social, presidida por el diputado Yamil Esgaib (ANR), brindó dictamen de aprobación con modificaciones al proyecto “Que modifica el artículo 67 de la Ley n.° 1160/97 - Código Penal Paraguayo”.
La intención de esta propuesta es incorporar a nuestro ordenamiento jurídico la figura de la delación premiada, con la finalidad de perseguir penalmente a quienes cometen hechos punibles, sobre todo en el crimen organizado y contra el erario público, según se explicó.
Las modificaciones refieren a ciertos términos legales dentro del articulado, de acuerdo a lo significado una vez terminado el encuentro.
En el documento se explica que la figura de la delación premiada consiste en un acuerdo alcanzado por el investigado o procesado por la comisión de un delito en el que, a cambio de la confesión y la prestación de información relevante, obtiene determinados beneficios que pueden consistir en la rebaja de la pena o incluso su remisión total.
En esencia, la modificación del artículo 67 de la referida ley, que tiene que ver con los marcos legales en caso de circunstancias atenuantes especiales, consiste en agregar un inciso 3.
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Proponen incorporar la “delación premiada”
El diputado colorado Yamil Esgaib presentó un proyecto de ley “Que modifica el artículo 67 de la Ley N.º 1.160/97 “Código Penal Paraguayo”, con la intención de incorporar al ordenamiento jurídico nacional la figura de la delación premiada, con la finalidad de perseguir penalmente a quienes cometen hechos punibles, sobre todo en el crimen organizado y contra el erario público, conforme a lo que expresa la exposición de motivos de la propuesta legislativa.
Al respecto, explica que la delación premiada consiste en un acuerdo alcanzado por el investigado o procesado por la comisión de un delito en el que, a cambio de la confesión y la prestación de información relevante, obtiene determinados beneficios que pueden consistir en la rebaja de la pena o incluso su remisión total. “Si las evidencias o la información resultan de gran importancia, la figura de la delación premiada habrá cumplido su objetivo”, se esgrime en el escrito de presentación. Actualmente, está en vigencia el artículo 67 de la referida ley, que versa sobre los marcos legales en caso de circunstancias atenuantes especiales.
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Proponen incorporar la “delación premiada” en el Código Penal paraguayo
El diputado colorado Yamil Esgaib presentó un proyecto de ley “Que modifica el artículo 67 de la Ley Nº 1.160/97 “Código Penal Paraguayo”, con la intención de incorporar al ordenamiento jurídico nacional, la figura de la delación premiada con la finalidad de perseguir penalmente a quienes cometen hechos punibles, sobre todo en el crimen organizado y contra el erario público, conforme a lo que expresa la exposición de motivos de la propuesta legislativa.
Al respecto, explica que la delación premiada consiste en un acuerdo alcanzado por el investigado o procesado por la comisión de un delito en el que, a cambio de la confesión y la prestación de información relevante, obtiene determinados beneficios que pueden consistir en la rebaja de la pena o incluso su remisión total. “Si las evidencias o la información resultan de gran importancia, la figura de la delación premiada habrá cumplido su objetivo”, se esgrime en el escrito de presentación.
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Actualmente, está en vigencia el artículo 67 de la referida ley, que versa sobre los marcos legales en caso de circunstancias atenuantes especiales. La propuesta legislativa plantea entonces, agregar un inciso C al texto vigente; por el cual estaría estableciendo cuanto sigue:
“Para los hechos punibles perpetrados por el crimen organizado, de narcotráfico, secuestro, lavado de dinero, y hechos punibles contra el erario, la pena podrá ser atenuada, cuando el procesado admitiese el hecho a quien el Estado deberá brindarle las garantías de protección en el marco de la Ley Nº 4083, ‘Que crea el programa de acompañamiento y protección a testigos y víctimas en procesos penales’”.
El diputado proyectista asegura que a los países de la región que cuentan, dentro de su legislatura con esta figura, resultó bastante eficaz en las investigaciones para llegar a los verdaderos criminales. En este marco, cabe recordar el caso de Colombia, que en su legislación penal cuenta con esta figura y mediante esto los investigadores del caso del asesinato del fiscal paraguayo Marcelo Pecci pudieron llegar a los principales responsables de la ejecución del atentado, a los pocos meses del hecho.
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Anuncian proyecto de delación premiada para “evidenciar a sinvergüenzas”
El diputado Yamil Esgaib sostiene que en el Paraguay se vuelve urgente la inclusión de la figura de la delación premiada en el Código Penal, con la finalidad de “evidenciar a los sinvergüenzas” ante la justicia. Al respecto, anunció que impulsará su aplicación mediante la próxima presentación de un proyecto de ley.
Según la definición jurídica, la delación premiada consiste en un acuerdo alcanzado por el investigado (acusado o condenado) por la comisión de un delito en el que, a cambio de la confesión o la prestación de información relevante, se ofrecen determinados beneficios que pueden consistir en la rebaja de la pena o incluso su remisión total. Si las evidencias o la información resulta de gran importancia, hasta se podría conseguir que se retire la acusación, con el consiguiente sobreseimiento de la causa, o, previamente, en la decisión de no acusar al delator.
En entrevista con la 1020 AM, el parlamentario del Partido Colorado argumentó que entre hoy o mañana los asesores presentarán el proyecto. “Es una oportunidad que puede tener la gente arrepentida, nos ayudará para llegar a las pruebas contundentes. En otros países resulta muy bien su aplicación, por eso estoy convencido de que esta es la manera de llegar al fondo de la cuestión”, aseguró.
De concretarse su presentación, el proyecto de ley deberá ser girado a las diversas comisiones asesoras de la Cámara Baja, como las de Justicia y Trabajo, Asuntos Constitucionales y Legislación, para contar con los dictámenes, ya sea a favor o en contra de la iniciativa para su posterior tratamiento en el plenario.
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Un proyecto similar ya fue presentado en el 2019, por el senador Enrique Salyn Buzarquis, del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), sin embargo, continúa encajonado en el Poder Legislativo por la falta de dictámenes. En ese entonces, el parlamentario sostuvo que su propuesta establecía la posibilidad de disminuir la pena hasta un 50%, buscando llegar principalmente a los pesos pesados de la corrupción y el narcotráfico.
“Ojalá que el Poder Ejecutivo no lo vete (en caso de ser sancionado por el Congreso), el país necesita fortalecer la justicia para evidenciar a los sinvergüenzas. Hay gente de mandos medios que es obligada, a veces, a cometer los delitos y los errores, y con esta ley podemos darle la posibilidad que, por ejemplo, si le corresponde 10 años de cárcel, pueda ir 3 años, pero eso solo si presenta y ayuda a la justicia con pruebas y se ha arrepentido”, puntualizó Esgaib.
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La delación premiada es un desafío para el nuevo periodo parlamentario, afirman
La diputada por el Partido Patria Querida (PPQ), Rocío Vallejo, indicó que la delación premiada es un desafío para el nuevo periodo parlamentario, señalando que para esto se debe presentar un proyecto bien hecho, de acuerdo a las normas internas.
“No podemos copiar nomás la normativa de otro país, sino tenemos que ver dentro de una interpretación sistemática donde se cumpla con todos los estándares necesarios”, expresó la parlamentaria en comunicación con la 1020 AM.
Vallejo señaló que la delación premiada es una cuestión bastante delicada e importante que debemos incorporar en nuestro procedimiento, “pero no de esta manera, metiendo en un instituto tan importante, que es el del procedimiento abreviado, mezclando dos cuestiones diferentes”, explicó.
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Procedimiento abreviado
Esto, en alusión al proyecto vetado recientemente por el Poder Ejecutivo, que pretendía modificar los artículos 420 y 421 del Código Procesal Penal (CPP), con la posibilidad de aplicar el procedimiento abreviado a hechos punibles con expectativa de pena que no supere los 12 años.
Según Vallejo, tratar de modificar el procedimiento abreviado a una expectativa de pena menor de 12 años implica la decisión que tendrá el fiscal sobre el hecho punible. “A todos puede beneficiar esto, olvidate de tener juicios orales para los casos de corrupción, todo se va meter por abreviado; abusos sexuales de niños de 4 a 15 años de pena privativa de libertad. Luego tenés otros casos más graves de abusos en niños de 10 a 20 o 30 años”, dijo.
Sostuvo que este tipo de casos deben ser analizados en un juicio oral y público, donde se desarrollan todas las pruebas y “se les da la pena que de verdad merece”, señalando que la norma establece que el juez no podrá aplicar una pena mayor que la que pide el fiscal. “El fiscal tiene una autonomía total en aplicar, esto es lo que merece el hecho sin pasar por el juzgamiento y toda la contradicción, la inmediatez y lateralidad de un proceso penal”, dijo finalmente Vallejo.
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