Asunción será la sede del XXIX Congreso de la Federación Iberoamericana del Ombudsperson (FIO). El evento se llevará a cabo del 29 al 31 de octubre de 2024 en el Hotel Sheraton, reuniendo a más de 100 participantes de diversos países iberoamericanos, incluyendo defensores del pueblo y expertos en derechos humanos.
Bajo el lema “Desafíos Globales de Derechos Humanos: Medio Ambiente, Derecho al Agua y Cambio Climático, Pueblos Originarios y Justicia para las Mujeres”, el congreso abordará temas fundamentales para la región.
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Se presentarán ponencias y se llevarán a cabo debates interactivos que permitirán a los asistentes compartir experiencias y desarrollar estrategias conjuntas. Este evento será una plataforma crucial para el diálogo y la colaboración entre Defensorías del Pueblo, representantes de la sociedad civil, organismos internacionales y expertos, buscando soluciones integrales a los desafíos globales actuales.
La edición 2024 será particularmente significativa, ya que Paraguay asume la presidencia de la FIO, reafirmando su compromiso con la defensa de los derechos humanos. La inauguración oficial tendrá lugar el martes 29 de octubre a las 08:30 horas, con palabras del presidente de la FIO, Abg. Rafael Ávila.
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Superintendencia de Salud y Defensoría del Pueblo firman acuerdo para mejorar el servicio
Con el objetivo en común de velar por la ciudadanía y la correcta ejecución de sus derechos, desde la Superintendencia de Salud y la Defensoría del Pueblo firmaron este lunes un acuerdo, a través del cual se comprometen a trabajar de manera recíproca para garantizar que todos los paraguayos reciban la mejor atención en el área de salud bajo todos los controles y estándares más altos de calidad.
En representación del Ministerio de Salud firmó este acuerdo el doctor Roberto Melgarejo Palacios, Superintendente de Salud, mientras que como representante de la Defensoría del Pueblo estuvo el abogado Rafael Ávila Macke.
Ambos destacaron la importancia de contar con un sistema de control cruzado que permita a las dos instituciones estar en constante comunicación, para evitar cualquier tipo de irregularidad que pueda dañar a los usuarios del servicio de salud; teniendo ya una experiencia con varias intervenciones y visitas de la Defensoría Pública a establecimientos de salud.
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Este acuerdo se da atendiendo a que una de las funciones de la Defensoría Pública es la canalización de los reclamos populares y la protección de los intereses comunitarios, siendo la institución que recibe diariamente denuncias y reclamos presentados por los ciudadanos de todo el país y se comprometió, como parte de su misión promover, proteger y defender los derechos humanos.
Por su parte, la Superintendencia de salud tiene como misión principal regular, fiscalizar y supervisar a las Entidades Prestadoras de Servicios de Salud (EPSS), para garantizar que brinden servicios de calidad, cumplan con las normativas legales y protejan los derechos de los usuarios; continuará con su trabajo por medio de controles de auditoría médica, legal y contable, aplicando sanciones y medidas correctivas ante incumplimientos detectados.
Desde ambos estamentos de control se destacó que gracias a este convenio se podrá desarrollar planes, programas y proyectos de interés común dentro del ámbito de sus competencias, conforme al marco legal que las rige, además de propiciar el intercambio de datos e informaciones de manera amplia y redundará en favor de la ciudadanía.
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Instan a consumidores a denunciar abusos contra sus derechos: conocé los casos comunes
La Defensoría del Pueblo y Secretaría Nacional de Defensa al Consumidor y al Usuario (Sedeco) anunciaron que trabajarán de forma coordinada para resolver y paliar el gran número de denuncias de violaciones a los derechos del consumidor que se recepcionan semanalmente. Según dieron a conocer, se identificó prácticas abusivas en telefonías y entidades financieras, por lo que se insta a la ciudadanía a realizar los reclamos correspondientes para detenerlas.
El defensor del Pueblo, Rafael Ávila, señaló que tienen registradas casi 930 denuncias de violación a los derechos del consumidor, donde se destacan sobre todo las prácticas abusivas de empresas telefónicas y entidades financieras y comerciales. “En mayor medida, vemos que hay fuerte incumplimiento de las telefónicas hacia los clientes, desde cobranza ilegal de cuantas canceladas hasta velocidades de internet engañosas. Hay una amplia gama de servicios que ofrecen y no cumplen”, explicó a GEN/Nación Media.
Además de las empresas telefónicas, las entidades financieras y comerciales también concentran un gran número de denuncias, detalló Ávila. “Tras la recepción de las denuncias, se van abriendo los expedientes y realizando las verificaciones. Posteriormente, se canalizan junto con la Sedeco, que es el organismo con potestad jurídica para aplicar multas, y finalmente se le entrega el finiquito al recurrente que se acerca y pide una solución”, mencionó el defensor del Pueblo.
¿Cómo denunciar?
Ávila recordó que la Defensoría del Pueblo es la encargada de canalizar los reclamos y realizar un seguimiento en trabajo coordinado con la Sedeco para posteriormente comunicar a los recurrentes sobre el finiquito o resolución de las denuncias. “Es importante realizar las denuncias para evitar que estas prácticas abusivas se vuelvan comunes”, explicó Ávila.
Respecto al procedimiento para realizar los reclamos, el defensor aclaró que los interesados se pueden comunicar vía redes sociales con su institución a fin de abrir el expediente que posteriormente se canalizará con la Sedeco. “Nosotros hacemos el seguimiento al expediente”, remarcó.
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Apuntan a cambiar reglas
El debate fue realizado mediante una audiencia pública impulsada por la Defensoría del Pueblo y la Comisión de Derechos Humanos de la institución legislativa.
“La Ley 4013 es la que regula el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, cuando esta es una garantía constitucional que no puede ser regulada, sino que tiene que ser garantizada por el Estado y este tiene que determinar las condiciones para el ejercicio, el camino para que las personas afectadas por la obligatoriedad del servicio militar puedan ejercer ese derecho”, comentó la abogada Giselle Rivas, directora de la Dirección de Conciencia de la Defensoría del Pueblo.
Asimismo, afirmó que durante los últimos dos años la Defensoría del Pueblo realizó un estudio exhaustivo de la normativa promulgada en el año 2010, ocasión en que visualizaron “diversos obstáculos” para el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia.
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SMO: Defensoría del Pueblo apunta a cambiar reglas para aplicar la objeción de conciencia
En el transcurso de este martes, en la Cámara de Diputados se coloca en el tapete nuevamente una propuesta que modifica la reglamentación del ejercicio del derecho a la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio. El debate fue realizado mediante una audiencia pública impulsada por la Defensoría del Pueblo y la Comisión de Derechos Humanos de la institución legislativa.
“La Ley 4013 es la que regula el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, cuando esta es una garantía constitucional que no puede ser regulada, sino que tiene que ser garantizada por el Estado y este tiene que determinar las condiciones para el ejercicio, el camino para que las personas afectadas por la obligatoriedad del servicio militar puedan ejercer ese derecho”, comentó la abogada Giselle Rivas, directora de la Dirección de Conciencia de la Defensoría del Pueblo.
Asimismo, afirmó que durante los últimos dos años, la Defensoría del Pueblo realizó un estudio exhaustivo de la normativa promulgada en el año 2010, ocasión en que visualizaron “diversos obstáculos” para el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia.
“La actual ley coloca muchos condicionamientos, mucha burocracia encarece los servicios públicos, entonces en ese sentido aparte de reconocer las garantías para el ejercicio del derecho, buscamos descomprimir los procesos burocráticos”, comentó.
Detalló que actualmente el proceso de declaración de objeción de conciencia para una persona afectada por la obligatoriedad del servicio militar puede durar entre 1 o 2 años. “Esto debido a que cada paso que el objetor pretenda dar en el avance de su solicitud tendrá que ser autorizada por la figura Consejo Nacional de Objeción de Conciencia. Reunir a todos sus miembros con la frecuencia necesaria para dar agilidad a los trámites es súper complicado”, puntualizó.
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El citado órgano está conformado por el defensor del Pueblo, un senador y un diputado integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del Poder Legislativo, un representante del Ministerio de Defensa y un representante de los objetores.
“La norma vigente también supedita que el consejo determine si es viable o no la validez de la declaración de conciencia. En el proyecto pretendemos garantizar el ejercicio del derecho y que la declaración de objeción de conciencia sea válida por sí misma. Entonces la simple declaración es válida, se elimina la necesidad que el consejo haga una investigación de la opción de esa persona, que declare cuál es el motivo por el cual presenta su declaración de conciencia”, indicó.
La abogada siguió sosteniendo que “es una garantía constitucional que ninguna persona está obligada a declarar o ser cuestionada por sus convicciones, creencias o ideologías”. Por otra parte, detalló que a finales del año 2023 la Defensoría del Pueblo contó con 994 objetores. Mientras que desde el inicio de este 2024 hasta el pasado mes de mayo se registraron 200 objetores de conciencia.
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