Ciudad del Este. Agencia Regional.
Catalina Mallorquín de Ojeda y Gloria Severiana Ojeda Mallorquín denunciaron ante el Ministerio Público al intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto Vallejos; la jueza de Faltas Municipales, Mirian Giménez, y la jefa de Catastro, Tatiana Escobar, por los supuestos hechos punibles de producción inmediata de documentos públicos de contenido falso, exacción y estafa.
Las denunciantes fueron desalojadas por decisión municipal tras estar en el lugar veinte años y haber accedido a arrendamientos de los inmuebles, pagando el canon respectivo. La denuncia se realizó a través del abogado Édgar Luis Rojas.
“Fuimos perjudicados y nos dejaron en la calle después de 20 años viviendo en nuestros hogares, que construimos a base de sacrificio”, dice parte del reclamo ante la Fiscalía, mencionando al “intendente, en connivencia con funcionarios y la Junta Municipal”.
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De acuerdo al documento presentado ante la Fiscalía, por resolución Nº 748/2016 de la Junta Municipal, el legislativo decidió ceder en arrendamiento por dos años a favor de Catalina Mallorquín de Ojeda una fracción de tierra, propiedad municipal, identificada como lote Nº 001 de la manzana 16 en el km 7 a 8 Acaray, fracción Vista del Lago, de Ciudad del Este, con una superficie de 580 metros cuadrados, la que en mayor porción fue inscrita en el Registro General de la Propiedad como finca Nº 551.
También, por resolución Nº 391/2018 de la Junta Municipal se entregó en arrendamiento por dos años a Gloria Severiana Ojeda Mallorquín, como tierra municipal, el lote Nº 01 de la manzana 16, en el km 8 Acaray, de la misma fracción Vista del Lago de Ciudad del Este, con una superficie de 532 metros cuadrados.
Ambas familias fueron desalojadas tras un sumario administrativo por el cual se verificó que los inmuebles arrendados seguían a nombre del propietario particular, de nombre Wanderlei Sehn.
El arrendamiento se realizó cuando Prieto Vallejos era el titular de la Junta Municipal y Sandra MacLeod la intendenta. Las denunciantes exigen que se defina la propiedad legal de la tierra.
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Hombre con prisión domiciliaria golpeó brutalmente a su padre
En la víspera del Día del Padre en Paraguay, circulan imágenes donde se ve a un hombre golpear con un cable a su propio padre, quien se encuentra indefenso, tendido en la cama. El hecho habría ocurrido en Ciudad del Este.
En las imágenes de circuito cerrado se puede observar cuando el hombre identificado como Adrián Silva Martínez golpea a su padre en varias ocasiones. El hombre mayor, quien se encuentra en la cama sin poder defenderse, intenta moverse y esquivar los golpes, pero no lo logra.
Gracias al audio del video, se puede inclusive oír cómo esta persona de la tercera edad llora de dolor cuando recibe los golpes con lo que sería un pedazo de cable de color negro. Por su parte, su hijo no parece ni inmutarse ante este escenario y continúa agrediéndolo de forma verbal.
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Tras ser viralizado el video, se pudo confirmar que Silva Martínez fue beneficiado con prisión domiciliaria por la jueza Susan Vega y que cuenta con antecedentes por violencia familiar de la que habría sido víctima su expareja.
Durante la investigación del caso, inclusive fue incautada un arma de fuego con la que aparentemente en reiteradas ocasiones habría amenazado a su mujer. Ahora se espera que, ante estos nuevos hechos de violencia, esta vez en contra de su propio padre, al menos la medida de prisión domiciliaria sea revisada.
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Desestimación contra Cartes: “Finalmente el tiempo ha puesto todo en su lugar”
El presidente de la República, Santiago Peña, se refirió este viernes a la reciente desestimación de la denuncia contra el expresidente Horacio Cartes, actual titular de la Asociación Nacional Republicana (ANR), y sostuvo que se trata de una reivindicación tras años de persecución política.
Durante una conferencia de prensa, Peña afirmó que esta decisión del Ministerio Público confirma lo que el movimiento político viene sosteniendo desde 2018. “Nuestro parecer es el mismo que nosotros hemos dicho en los últimos siete años. Ya desde el 2018, el presidente del partido fue víctima de una persecución tremenda en el anterior gobierno”, manifestó el mandatario.
Según el jefe de Estado, muchas de las causas abiertas contra Cartes fueron “inventadas” y nunca lograron ser demostradas. “El tiempo ha puesto todo en su lugar, ha sido el juez inexorable”, subrayó, al tiempo de calificar como “lógico” que las denuncias sean finalmente desestimadas.
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Peña lamentó la utilización de las instituciones del Estado como herramientas para atacar a adversarios políticos que ocurrió durante del gobierno de Mario Abdo. “Esto le hace mucho daño a la República del Paraguay”, expresó, al tiempo de valorar que el Ministerio Público, en esta ocasión, haya actuado “como corresponde”.
El Ministerio Público requirió la desestimación de la denuncia impulsada por el exministro del Interior, Arnaldo Giuzzio,contra el expresidente de la República, Horacio Cartes, por supuesto lavado de dinero, enriquecimiento ilícito, evasión de impuestos y contrabando. Los fiscales no detectaron ningún indicio de hecho punible y sostienen que corresponde archivar la acusación. El requerimiento de la Fiscalía deberá ser evaluado por uno de los jueces que conforman la Unidad de Delitos Económicos, Rodrigo Estigarribia o Humberto Otazú.
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MDS pide a Fiscalía investigación por cobro de pensión de adultos que ya fallecieron
El Ministerio de Desarrollo Social denunció ante la Fiscalía el supuesto hecho punible de adquisición fraudulenta de subvenciones a nombre de personas ya fallecidas.
El caso se refiere a personas desconocidas que estaban cobrando la pensión destinada a los adultos mayores, pero a nombre de personas que ya habían fallecido, según la denuncia presentaao por el abogado Alberto Lezcano, director general de Auditoría Interna.
Según el escrito, los casos fueron detectados gracias a los controles efectuados por funcionarios de esta auditoría en los departamentos de Caaguazú y Alto Paraná.
En uno de los casos, en la ciudad de Carayaó, departamento de Caaguazú, se detectó que la señora María Magdalena González de Medina, falleció en Argentina, hace varios años. Tras una verificación en la casa de la señora, una familiar confirmó que la señora falleció el 13 de agosto de 2018, en Buenos Aires, y que no contaba con los documentos.
Según la verificación realizada en el Sistema Integrado de Pensión para las Personas Adultas Mayores (SIPPAM), al 19 de mayo pasado, la cuenta seguía activa.
Teniendo en cuenta estos datos, según los cálculos realizados se cobró en forma indebida más de G. 48 millones.
En otro caso, en Alto Paraná, afecta a Félix Cantalicio Díaz, de Hernandarias, quien según los datos falleció en el 2018, en su domicilio y que no procedieron a gestionar el acta de defunción. El registro arroja que la cuenta seguía activa, y que el monto cobrado irregularmente alcanzaría más de G. 45 millones.
Otro de los casos detectados, registra que la señora De las Nieves Paredes Vda. de Urbina falleció en abril de este año, pero en mayo, la cuenta continuaba activa.
Las sospechas recaen sobre personas innominadas, familiares o personas de confianza, quienes no comunicaron el fallecimiento y siguieron utilizando las tarjetas de débito para realizar el cobro irregular.
Atendiendo a las instrucciones recibidas del ministro Tadeo Rojas, el abogado Lezcano solicita la investigación de estos hechos por parte de los fiscales, que se solicite informes al Banco Nacional de Fomento (BNF), así como se pidan datos a la Policía Nacional a fin de identificar a los responsables de estos hechos irregulares.
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Los argumentos de Giuzzio que desmontó la Fiscalía
El equipo fiscal que investiga la denuncia presentada en 2022 por el exministro abdista Arnaldo Giuzzio contra el exmandatario Horacio Cartes por supuesto lavado de dinero, enriquecimiento ilícito y contrabando, no encontró elementos contra el expresidente y solicitó la desestimación de la causa. “No existen elementos que permitan concluir en forma positiva sobre la existencia del hecho y la participación de los denunciados en el mismo”, señala el pedido emanado por la Fiscalía.
“Esta Representación Fiscal considera que, acabadas las diligencias de recolección de elementos de convicción, no se han obtenido indicios suficientes que permitan señalar la existencia de hechos penalmente relevantes en relación a la hipótesis que ha sido fijada al momento del inicio de la investigación, motivo por el cual, corresponde la desestimación de la misma”, ratifica la conclusión del documento elaborado por los fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Fernando Meyer y Verónica Mayor.
Primeramente, la causa tuvo su origen en la exposición de Arnaldo Giuzzio ante la Cámara de Diputados, el 26 de enero del 2022, fecha en que formuló su denuncia ante la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad), pero no ante el Ministerio Público. No obstante, la Fiscalía pidió una copia autenticada de la denuncia a la Seprelad y dio apertura a la causa n.° 15/2022, caratulada “investigación fiscal s/lavado de dinero y otros”, dando inicio a las diligencias por un equipo especial de fiscales.
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Tres focos de investigación
Los investigadores puntualizaron tres puntos principales que acusaba quien fuera titular de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) y luego del Ministerio del Interior durante el gobierno de Mario Abdo Benítez:
1- Horacio Cartes Jara habría creado, en un solo día, tres empresas de papel en Panamá.
2- Las declaraciones juradas de bienes presentadas tendrían indicios de inconsistencias patrimoniales.
3- La masiva comercialización ilegal de cigarrillos producidos por Tabacalera del Este S. A. (Tabesa), siendo Cartes un socio mayoritario.
“A criterio del señor Arnaldo Giuzzio serían indicios de la existencia de los hechos punibles de lavado de dinero proveniente del contrabando, enriquecimiento ilícito en la función pública y evasión de impuestos, sin realizar un análisis sobre la tipicidad de estas conductas”, expresan los fiscales, identificando 13 elementos citados por el denunciante, aunque sin pruebas concretas.
Giuzzio recusó a los fiscales
Seguidamente, la Fiscalía describe 26 diligencias desarrolladas, incluyendo la citación de Giuzzio para una declaración testimonial con el objetivo de ampliar su denuncia y arrimar documentación, sin embargo, el denunciante presentó “un pedido de suspensión y negándose a prestar declaración en la segunda oportunidad, presentando el testigo una recusación contra los fiscales”.
Ante esta circunstancia, el Ministerio Público solicitó informe al Congreso Nacional sobre la presentación realizada por Arnaldo Giuzzio, y el Poder Legislativo informó que el exministro expuso ante el pleno de la Comisión Permanente del Congreso Nacional “en forma oral, sin dejar material por escrito”. Por ello, también se solicitó a TV Cámara la grabación íntegra de la exposición para intentar fundar las acusaciones de Giuzzio.
Sin sumarios administrativos
El Ministerio Público convocó a una reunión de trabajo el 24 de febrero de 2022, donde participaron la Seprelad, la Dirección Nacional de Aduanas y la Subsecretaria de Estado Tributación (SET, actual DNIT). En el caso de Aduanas, reportó que las empresas no registraban sumarios administrativos en los últimos 10 años. Mientras que Tributación solo señaló observaciones en 2017 por diferencias en la determinación de la retención del IVA.
Se menciona que Tabesa remitió copia autenticada de: facturas con sus clientes nacionales, planillas con número de despacho y de facturas de los años 2017-2021, copias de los despachos, copias autenticadas de facturas de sus proveedores del exterior y los despachos de las importaciones realizadas por la firma del 2017 al 2021.
Correspondencia en DDJJ
En cuanto a las declaraciones juradas de Horacio Cartes, la Contraloría General de la República remitió al Ministerio Público el estudio de correspondencia de bienes practicado al expresidente de la República, el 14 de noviembre de 2022. “Este informe refiere que existe correspondencia en las declaraciones juradas de asunción al cargo con el de baja del cargo del expresidente de la República Horacio Manuel Cartes Jara”, describe el documento sobre este foco de investigación.
Giuzzio sostuvo que Cartes incurrió en enriquecimiento ilícito, alegando que habría aumentado su patrimonio luego de haber concluido su primer año en el ejercicio del cargo de presidente de la República, su capital aumentó en más de G. 1.500.000.000 (mil quinientos millones), además que, siendo mandatario, supuestamente realizó préstamos personales que aumentaron 5 veces más de lo registrado inicialmente, y que dicho monto habría totalizado la cantidad de G. 1.728.512.081.596.
Los investigadores analizaron los documentos proveídos por la Contraloría, comparando las declaraciones juradas de Cartes del 23 de agosto de 2013, del 31 de julio de 2014 y del 29 de agosto de 2018, al iniciar y concluir su mandato. A fin de evaluar la conformación y evolución patrimonial de Cartes, la Fiscalía tuvo acceso a documentaciones de una veintena de instituciones como Hacienda, Tributación, Presidencia, Corte Suprema de Justicia, Ande, Registro de Automotores, Comisión Nacional de Valores, Superintentencia de Bancos, Superintentencia de Seguros, Incoop, Conajzar, Dinac, Dinapi, Ministerio de Industria, Seprelad y Club Libertad, entre otras.
“Se ha hecho un relevamiento en todo el sector financiero, comercial y registrable de los activos que conformarían el patrimonio del señor Horacio Cartes Jara”, señala el documento fiscal, así como “una verificación del paquete accionario y evolución de todas las sociedades anónimas informadas por el Ministerio de Hacienda”.
Además, se puntualizan indagaciones aclaradas sobre casos concretos de fideicomisos, capitalización de acciones y préstamos atribuidos a Cartes, así como la rectificación en DDJJ sobre acciones de la sociedad Dominicana Acquisition, constituida en Panamá. “El examen realiza a su vez el aumento patrimonial que significó las diferencias cambiarias entre las distintas declaraciones juradas, tomando en consideración que en su mayoría las cuentas se encuentran operativas en moneda extranjera y en las declaraciones son expresados los valores en guaraníes”, se explica.
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Sin pruebas de contrabando
Respecto al presunto contrabando de cigarrillos que señalaba Giuzzio, los fiscales indagaron causas a la Unidad Especializada contra el Contrabando sobre incautaciones. Mientras que Tributación remitió documentación requerida en este punto, y refiriendo: “Se menciona que no es posible determinar la trazabilidad de los mismos, puesto que no se cuenta con las facturas físicas”.
En tanto, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) informó sobre las actividades principales y secundarias declaradas por Tabesa, confirmado que la actividad principal es la elaboración de productos de tabaco y la actividad secundaria es el comercio al por mayor de otros productos.
Finalmente, se solicitó mediante cooperación internacional un informe a la República Federativa del Brasil acerca de causas donde se pudieron realizar incautaciones de cigarrillos de origen paraguayo. “Se informó sobre el estado de las causas señaladas y que no se han identificado a personas o estructuras criminales paraguayas”, expresa el documento sobre la respuesta remitida por las autoridades brasileñas.
Conclusión
El documento fiscal concluye: “Realizado el proceso técnico - analítico de constatación de la relevancia penal de las conductas presumiblemente acontecidas, el proceso de subsunción resultó negativo, por lo que se puede concluir que la conducta no es típica, por no cumplir con los presupuestos de los tipos legales expuestos en el Código Penal y en las leyes complementarias. Entonces, del caudal fáctico emergente y de las constancias de autos, este equipo de investigación advierte que la figura procesal de Desestimación de la denuncia se encuentra ajustada a derecho, según los argumentos previamente expuestos”.
“Esto es así ya que, de los hechos mencionados en la denuncia que motivo la apertura de la presente causa no existen elementos que permitan concluir en forma positiva sobre la existencia del hecho y la participación de los denunciados en el mismo, sin embargo, existe la obligación de pronunciarse conforme a los elementos existentes, esto atendiendo al derecho de los procesados o investigados de tener una respuesta del órgano investigador en un tiempo determinado y oportuno y la necesidad de que el órgano jurisdiccional ejerza su rol de control y supervisión de las actividades procesales (…)”.
“Por tanto, en atención a los fundamentos expuestos, esta Representación Fiscal considera que acabadas las diligencias de recolección de elementos de convicción, no se han obtenido indicios suficientes que permitan señalar la existencia de hechos penalmente relevantes en relación a la hipótesis que ha sido fijada al momento del inicio de la investigación, motivo por el cual, corresponde la desestimación de la misma, previsto en los Arts. 301 Requerimiento Fiscal, inc. 1.° y 305 Desestimación del Código Procesal Penal, con los efectos previstos en el artículo 306 del mismo cuerpo legal”.