De acuerdo al Vice­ministerio de Mipy­mes, a partir de la reglamentación de la Ley n.° 7444/2024, más de 360.000 micro, pequeñas y medianas empresas podrán ser parte de la base de datos actuali­zada y unificada, accediendo de manera automática a la cédula emitida por el MIC. A finales de 2024, tan solo unas 13.034 Mipymes formaban parte del Registro, según el Ministerio de Industria y Comercio (MIC).

Con la Ley n.° 7444/2024, el MIC a través del Viceministe­rio de Mipymes, a partir de la reglamentación, podrá cate­gorizar a las empresas nue­vas y existentes con Regis­tro Único de Contribuyentes (RUC), habilitando el acceso automático a la cédula Mipy­mes y a su vez, a los beneficios de la ley, debido a la conexión en línea con la Dirección de Ingresos Tributarios (DNIT), el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) y el Instituto de Previsión Social (IPS).

El potencial de incorporación de empresas al Registro Nacio­nal de Mipymes (Renamipy­mes), asciende aproximada­mente a unas 360.000 que ya cuentan con RUC activo, siendo las primeras en obte­ner de manera directa su cédula; con los beneficios e incentivos que ofrece la nueva ley, se espera aumen­tar el número de empresas sin RUC, incorporarlas a la estructura formal de pro­ducción de bienes y servicios, otorgándoles identidad jurí­dica en Paraguay. A los efec­tos de la ley, se establecen tres categorías principales dentro de las Mipymes: Los límites de categoría serán conforme a la facturación bruta anual o valor de activo patrimonial a ser determinada en la regla­mentación y al número de tra­bajadores en caso que cuente con empleados.

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¿CÓMO SERÁ EL PROCESO?

Las empresas con Registro Único de Contribuyentes (RUC) o al momento de la emisión del RUC, las perso­nas físicas y jurídicas que se encuentren dentro de estas categorías, accederán a la base de datos a través de un sistema, a fin de que el Vice­ministerio de Mipymes del MIC otorgue inmediata­mente la cédula que habilitará al acceso a los beneficios de la ley. Este documento estará disponible en la página Web del MIC y será actualizado anualmente en línea para determinar la migración de las empresas entre las catego­rías o su exclusión al Registro Nacional de Mipymes.

A partir de la obtención de la cédula, las microem­presas deberán contar con exoneraciones por tres años; y posterior a ello, accederán a descuentos del 75 % para microempre­sas y el 50 % para peque­ñas empresas sobre todos los tributos por servicios prestados por organismos del Gobierno Central, enti­dades descentralizadas, municipalidades, goberna­ciones y dependencias del Poder Judicial, a los efec­tos de incentivar la compe­titividad y formalización de este sector económico. La nueva Ley n.° 7444/2024, busca generar un clima ade­cuado para impulsar el cre­cimiento económico de las micro, pequeñas y medianas empresas, en el marco de la formalidad, el foco estará puesto en la formalización, el acceso a créditos y finan­ciamiento, la ejecución de programas y proyectos, la digitalización, la apertura o ampliación de mercados, la orientación jurídica espe­cializada y la capacitación y asistencia técnica.

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