El Ministerio del Ambiente y Desarro­llo Sostenible (Mades) informó acerca del inicio de la veda pesquera para el periodo 2023/2024, que comen­zará desde este próximo 1 de noviembre, por lo que a partir de dicha fecha las instituciones pertinentes realizarán estric­tos controles para asegurar el cumplimiento. La pausa de la actividad pesquera fue esta­blecida mediante Resolución n.° 671/2023, y regirá desde la fecha mencionada hasta el 15 de diciembre del presente año para las aguas comparti­das con Argentina. En tanto que para las aguas compar­tidas con el Brasil, será tam­bién desde el 1 de noviembre de 2023 hasta el 31 de enero de 2024.

“En este plazo no se podrá pescar en aguas compartidas entre ambos países que com­prenden los ríos Paraná, Para­guay y Pilcomayo”, remarca el comunicado de la cartera del ambiente. La resolución rige para todo el territorio nacional en las modalidades de pesca deportiva y comercial, ya sea en lo que respecta a la utiliza­ción de artes de pesca, el trans­porte y la comercialización de productos pesqueros.

ALMACENAMIENTO

Todos los acopiadores y casas comerciales como pescade­rías, supermercados, restau­rantes y comedores inscrip­tos en el Registro Nacional de Pesca y Pescadores, que tengan en almacenamiento pescados extraídos en tiempo y forma antes del inicio de la veda, debe­rán presentar la declaración jurada de almacenamiento en la Dirección de Pesca y Acui­cultura o en las oficinas regio­nales del Mades. No obstante, los productos que sean debida­mente declarados en tiempo y forma podrán ser comercia­lizados en el plazo perentorio de doce días corridos desde el inicio de la veda pesquera, al solo efecto de agotar el stock de productos almacenados.

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Los controles serán realiza­dos tanto en rutas, comercios, transportes y agua, con el obje­tivo de hacer cumplir efectiva­mente las normativas ambien­tales. Asimismo, se tienen previstas verificaciones y fis­calizaciones de alto nivel mul­tidisciplinario. El anuncio del inicio de la veda también esta­blece sanciones para quienes no cumplan con lo dispuesto, y las fechas designadas se defi­nieron teniendo en cuenta los intereses de aspecto biológico, social y ambiental.

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