La Dirección General de Per­sonas y Estructuras Jurídi­cas y de Beneficiarios Finales (DGPEJyBF), del Ministe­rio de Hacienda, informó y recordó a las personas y estructuras jurídicas que el pasado diciembre del 2021 el Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 6879/21. La legislación establece un régimen espe­cial y transitorio para recon­ducción de sociedades anóni­mas (SA) incumplidoras de la Ley N° 5895/2017, “Que esta­blece reglas de transparencia en el régimen de las socieda­des constituidas por accio­nes”, modificada por la Ley N° 6399/2019.

Informaron que tras la vigencia de la Ley N° 6872/21, está a considera­ción del Ejecutivo el decreto reglamentario y, una vez aprobado el mismo, se esta­rán recibiendo las solici­tudes de comunicaciones asamblearias, de modifi­cación de estatutos y otros trámites con alcance a esta ley. Una vez emitida la dis­posición referida, se comu­nicará de nuevo a todos los usuarios, avisó Hacienda. Según el diputado Juan Car­los Galaverna, la normativa tiene como objetivo transpa­rentar las sociedades, ade­más de individualizar a cada uno de los accionistas y dejar de lado el anonimato de las sociedades comerciales.

El Régimen de las SA sufrió un cambio sustancial con la Ley 5895, con la eliminación de las acciones al portador y la obligatoriedad del canje de estas por acciones nomina­tivas.

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