Desde la Asociación Rural del Paraguay (ARP) hicieron hincapié en que la Corte Suprema de Justicia debe revocar el cobro ilegal de un nuevo impuesto denominado “Patente Comercial a Sociedades ganaderas y/o a la producción”, que surgió en ciertos municipios, principalmente del Chaco. El gremio lo considera un delito de exacción e instó a los poderes del Estado a tomar nota de esta denuncia, que consideran altera el orden legal y constitucional de la República.

El abogado Carlos Miguel Goiburú, miembro de la Comisión Directiva de la ARP, detalló que la creación del nuevo impuesto denominado “Patente Comercial a Sociedades ganaderas y/o a la producción” tiene origen en un dictamen de 2009 de la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci), donde se sostiene que las empresas ganaderas deben pagar patente, lo que fue utilizado por la Municipalidad de Mariscal Estigarribia (Chaco) para iniciar con este cobro irregular.

Está prohibido por ley que se aplique otro impuesto al establecido (inmobiliario), que también cobran las municipalidades. Ellos piden el balance a las empresas ganaderas y dentro del balance está el mismo territorio por el cual se abona el impuesto inmobiliario. Ahí existe una doble imposición. Se atribuyeron funciones de legislador. Esto debe ser revocado por la Corte Suprema”, expresó en GEN/Nación Media.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Lea también: BCP aprobó reglamentación de la “Cuenta Básica Mipymes”: conocé sus características

Días atrás, la ARP ya emitió un comunicado en donde reclama públicamente el cobro ilegal de esta patente comercial a las empresas ganaderas, considerando que viola artículos de la Constitución Nacional. Señalaron que al crear ilegalmente un nuevo tributo, los municipios violan los artículos 137 de la Constitución Nacional, el 179 de la Creación de Tributos y el artículo 180 De la Doble Tributación.

Además se viola la disposición de la Ley N° 5513/15 que “Crea el Nuevo Régimen Tributario de las Municipalidades”, que expresa que “los inmuebles rurales no podrán estar afectados por ninguna otra forma de tributo o tasa municipal”, resaltaron.

Leé también: Empresaria explora nuevos negocios para Paraguay en Panamá

Exacción

“Hay muchas empresas con capital extranjero o nacional que no quieren demandas, entonces se ven obligadas a abonar. Prácticamente son extorsionados. Están cobrando algo ilegal. Eso es el delito de exacción, que un funcionario público cobre algo fuera de la ley. Ya hay una demanda presentada contra el intendente de Pilar en este momento”, precisó Goiburú.

De ahí que la ARP instó a los municipios a respetar el orden constitucional y legal de la República y a los poderes del Estado a tomar nota de esta denuncia que consideran está alterando el orden legal y constitucional, dañando el Estado de derecho de la República.

Te puede interesar: Recorte de tasa de la FED: ¿cómo impulsará la apreciación del guaraní?

Déjanos tus comentarios en Voiz