La obra teatral “Ecos de una voz” se presenta hoy, a las 21:00, y mañana, a las 20:00, en la sala La Correa (Gral. Díaz 1163). Se trata de una obra de teatro-documental, dirigida por Giancarlo Pomata y Nicolás Sotomayor, que narra la historia de la juventud y la lucha de Guillermina Kanonnikoff, quien se volvería una destacada activista de los derechos humanos en el Paraguay. El caso de Guillermina y su esposo, Mario Schaerer Prono, es uno de los más emblemáticos de la época de la dictadura.
La obra combina la actuación en vivo con elementos audiovisuales que fueron filmados previamente. Se intercalan escenas de la vida de Guillermina con fragmentos de entrevistas reales en pantalla, permitiendo a la audiencia conectarse directamente con la protagonista y su historia. Esto convierte a la obra en una experiencia que combina la autenticidad del documental con la emotividad del teatro. El elenco está compuesto por: Yvoty Herreros, Sandra Molas, Rafael Bernal, Alan Jara, Mayra Cibils, Gloria Cuquejo, Marcelo Galeano, y Eliseo Paniagua.
Combina actuación en vivo con elementos audiovisuales; se intercalan escenas de la vida de Guillermina con fragmentos de entrevistas reales en pantalla
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Tras 19 años Corte rechazó acción de inconstitucionalidad de exjuez destituido
La Sala Constitucional ampliada de la Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar in limine la acción de inconstitucionalidad presentada por el exjuez de Paz del distrito de Unión, Carlos Hugo Montiel, quien recurrió a la máxima instancia judicial contra una resolución del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados que lo había destituido en setiembre del 2005.
La acción de inconstitucionalidad fue promovida por Montiel contra la resolución del JEM de fecha 6 de setiembre de 2005 donde fue removido de su cargo por presunto mal desempeños en sus funciones.
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Los que firmaron el fallo judicial son Alberto Martínez Simón, quien fue preopinante y quien sostuvo que no corresponde dar trámite a la acción debido a que no ha demostrado en términos claros la arbitrariedad alegada. Asimismo, los ministros César Garay, Luis María Benítez, Carolina Llanes, Nery Villalba, y Lineo Insfrán se adhirieron al voto de Martínez.
Mientras que los ministros Víctor Ríos y Gustavo Santander votaron por dar trámite a la acción y estudiar el planteamiento de fondo sobre la destitución del mencionado magistrado de paz. Por su parte, el ministro Eugenio Jiménez sostuvo que se debe declarar la caducidad de instancia, por lo que no consideró necesario estudiar los requisitos formales de admisibilidad.
Con la presente resolución judicial de la Corte el accionante ya no volverá a la magistratura judicial.
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Filtración Seprelad: en puertas de destrabar proceso penal de Mario Abdo y su gavilla
El proceso penal por siete hechos punibles que enfrentan el expresidente de la República Mario Abdo Benítez y su gavilla, por la filtración de información de la Seprelad, debe destrabarse en la sala penal de la Corte Suprema de Justicia. Los integrantes de sala son los ministros de justicia Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y César Diesel.
Los altos magistrados deben resolver la recusación infundada que presentó el abogado Felino Amarilla, defensor del imputado Carlos Arregui, contra los camaristas María Belén Agüero, Jesús Riera y Arnaldo Fleitas.
El ministro Benítez Riera es el preopinante en el presente caso y el mismo ya emitió su voto sobre la recusación contra los camaristas. Ahora, el expediente pasó al gabinete del ministro Diesel, quien deberá votar igualmente, ya sea en el mismo sentido o en disidencia, para luego emitir su voto el ministro Ramírez, sobre el planteamiento dilatorio de la defensa del imputado Arregui.
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Una vez que se tengan los votos de los tres altos magistrados, se tendrá la resolución sobre la recusación que pesa sobre el Tribunal de Apelación. En caso de ratificarse la competencia de los camaristas, estos deben decidir sobre la recusación de la jueza Cynthia Lovera. Esta, a su vez, una vez que cuando sea confirmada, deberá estudiar más doce chicanas presentadas por los abogados de los imputados en el presente caso.
Hasta el momento, los abogados defensores de los imputados solo se dedican a presentar incidentes dilatorios, debido a que la imputación fiscal está bien elaborada y sostenida, conforme a los elementos de prueba que se recolectaron durante la etapa investigativa.
Entre las chicanas que se presentaron en el referido expediente judicial, se encuentra el recurso de reposición con apelación en subsidio en contra de la providencia de fecha 14 de marzo de 2024, que admite el acta de imputación. Todos los imputados presentaron este recurso que es al solo efecto de dilatar el caso.
Imputación
En el presente caso, están imputados: Mario Abdo Benítez, Carlos Arregui, Arnaldo Giuzzio, René Fernández, Carmen Pereira, Daniel Farías, Guillermo Preda, Francisco Pereira y Mauricio Espínola.
Los supuestos delitos cometidos que se les atribuyen son: revelación de secretos de servicio, revelación de secretos privados por funcionarios o personas con obligación especial, inducción a un subordinado a un hecho punible, denuncia falsa, simulación de un hecho punible, usurpación de funciones públicas y asociación criminal.
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La Sala Penal debe destrabar la causa y sancionar a chicaneros
Los abogados encargados de la defensa de Mario Abdo Benítez y su gavilla recurren a diversas maniobras dilatorias para evitar que avance la investigación del caso por filtración de datos confidenciales de la Seprelad. La Corte Suprema de Justicia debe aplicar su propia acordada para sancionar a los abogados que hacen abuso del derecho y actúan de mala fe.
El proceso penal que investiga al expresidente de la República Mario Abdo Benítez y varios exministros de su gabinete se encuentra paralizado por las múltiples chicanas presentadas por los abogados de los acusados. El expediente se halla pendiente de una resolución de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Dejesús Ramírez Candia y César Diesel, estos dos últimos puestos en la Corte durante el mandato de Abdo Benítez.
Estos ministros de la Corte deben analizar un recurso planteado por el abogado Felino Amarilla, en representación del extitular de Seprelad Carlos Arregui, quien presentó una recusación contra los camaristas María Belén Agüero, Arnaldo Fleitas y Jesús Riera. Lo llamativo del caso es que se recusó al camarista Riera sin que este siquiera haya aceptado formar parte de este tribunal de apelación para analizar la causa. Otro argumento que motivó la recusación fue que se sorteó la conformación del tribunal a las 17:30, sin que esto sea fundamento alguno para parar por completo el caso.
Con esta nueva presentación, la Sala Penal de la Corte deberá destrabar el caso y confirmar a los magistrados que a su vez deberán estudiar otra recusación que había sido presentada contra la jueza penal de Garantías, Cynthia Lovera, quien admitió el acta de imputación contra los procesados.
El abogado Emilio Fúster, defensor del exministro Arnaldo Giuzzio, había recusado a la jueza Lovera por haber admitido la imputación formulada por los fiscales Aldo Cantero y Giovanni Grisetti, quienes luego fueron apartados de la investigación.
Con este accionar los abogados defensores de Abdo y sus exministros demuestran que la presentación de estos recursos tiene exclusivamente un fin dilatorio y no el resguardo del derecho a la defensa.
CASTIGO A CHICANEROS
La presentación abusiva de recursos procesales por parte de abogados defensores que tienen como único fin evitar que las causas judiciales no avancen debe ser sancionada por la Corte.
El ordenamiento legal prevé sanciones bien claras que no se aplican. Para los chicaneros los artículos 112, 113 y 114 del Código Procesal Penal son claros y delimitan bien el accionar que tienen que tener los auxiliares de Justicia para no abusar del derecho.
A esto se suma la Acordada n.º 961/15 que emitió la Corte Suprema y que establece sanciones a los que abusan de los incidentes con el solo objetivo de no dejar que el proceso avance, pero que pocas veces son aplicadas a los litigantes de mala fe.
En estas reglamentaciones se habla de apercibimientos, multas y hasta casación de matrícula a abogados, en caso que reiteradas veces incurran en malas prácticas jurídicas.
La Corte Suprema de Justicia debe aplicar la acordada que castiga a los abogados que abusan de las recusaciones, ya que la misma establece que las acciones planteadas deben tener un cierto sustento y fundamento jurídico sobre la supuesta imparcialidad del juez.
LLUVIA DE CHICANAS
La defensa de cada uno de los imputados presentó hasta el momento más de una docena de incidentes ante el Juzgado Penal de la magistrada recusada Cynthia Lovera. Esta actitud de los abogados defensores denota la intención de no litigar o desvirtuar la imputación, sino más bien solo de dilatar el proceso penal.
En ese sentido, los abogados Osvaldo Granada, defensor de René Fernández; Jorge Rolón Luna, quien ejerce la defensa de Carmen Pereira y Francisco Pereira Cohene; y Enrique Kronaweter, defensor de Daniel Alberto Farías, habían presentado inicialmente una reposición y apelación en subsidio contra la determinación adoptada por la jueza Cynthia Lovera. Misma acción efectuaron los letrados Felino Amarilla y Emilio Fúster.
Estas reposiciones deberán ser estudiadas recién cuando se destrabe el proceso penal, es decir, cuando la Sala Penal de la Corte estudie la recusación contra los camaristas, quienes a su vez deben estudiar la otra recusación que pesa contra la jueza del caso.
Otro incidente planteado por la gavilla de Abdo Benítez guarda relación con el cuadernillo de extracción de datos de la Seprelad. Al respecto, los involucrados en el esquema de filtraciones para el garrote político no quieren que esta prueba –que forma parte del acta de imputación– sea aceptada, pese a que la magistrada ya la admitió.
Así también el abogado Kronaweter apeló la resolución de la jueza de turno Clara Ruiz Díaz, quien había hecho lugar en el mes de enero a la autorización judicial para la extracción de datos como acto investigativo, mediante la cual la Fiscalía tuvo elementos de convicción para sostener su imputación contra el expresidente Mario Abdo Benítez y sus excolaboradores. Con esta medida, la defensa busca obtener la nulidad del acta de imputación.
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Rechazan acción de inconstitucionalidad de Walter Bower, procesado por tortura
La sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó la acción de inconstitucionalidad presentada por el exministro del Interior, Walter Bower, acusado por tortura, quien recurrió a la máxima instancia judicial tratando de dejar sin efecto la resolución de segunda instancia que anuló la absolución de Bower y dispuso un nuevo juicio oral.
Los ministros de la Corte e integrantes de la sala constitucional que rechazaron la acción fueron César Diesel, Gustavo Santander y Víctor Ríos. Con la resolución se podrá dictar sentencia de primera instancia debido a que el juicio oral ya se inició formalmente.
Además de Bower, también enfrentan juicio oral los ex policías Merardo Palacios y Osvaldo Vera, procesados por supuesta lesión corporal en el ejercicio de funciones públicas. Este es el segundo juzgamiento debido a que el primero, en el que los absolvieron, fue anulado.
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Los hechos ocurrieron, el 21 de mayo del 2000, pero como los delitos fueron declarados como de lesa humanidad por la Sala Constitucional de la Corte, son imprescriptibles.
El tribunal de sentencia que juzga a Bower y otros procesados son Fabián Weinsesee, Cándida Fleitas y Laura Ocampo. En caso de que ser encontrado culpable, Bower se expone a una alta pena debido a que el hecho punible de tortura se castiga hasta 30 años de cárcel. El proceso penal ya lleva más de 24 años de haberse iniciado.
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