El juez penal de Garantía, Rolando Duarte, decretó la prisión preventiva de Andrés Serafín Soloaga Balbuena, imputado por simulación de un hecho punible y asociación criminal, por la muerte del supuesto tortolero Dax Dimitri Fridrikson Martínez, quien fue asesinado y cuyo cuerpo fue arrojado en el barrio Villa Morra.
La resolución del magistrado se dio a conocer luego de la audiencia de imposición de medidas cautelares llevada a cabo en la sede del juzgado de Garantía.
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El fiscal del caso, Gerardo Mosqueira, fue quien presentó la imputación contra Soloaga Balbuena y pidió al juzgado penal de Garantía la prisión preventiva, pedido que hizo lugar el juez.
La investigación y los procedimientos policiales en torno al homicidio de Drax Dimitri Martínez, quien contaría con frondosos antecedentes por robo de vehículos, continúan luego de que su cuerpo fuera abandonado en plena vía pública en el barrio Villa Morra de Asunción.
Las investigaciones avanzaron, pudiendo determinar que el mismo aparentemente se encontraría involucrado con personas que se dedican al robo de vehículos, incluso horas antes de su fallecimiento, fue captado por imágenes de circuito cerrado de la zona donde fue abandonado su cuerpo cuando él, junto con un cómplice, robaba la chapa de un automóvil para posteriormente usarla en el vehículo en el que se movilizaban.
Tras el análisis de las imágenes de circuito cerrado y la declaración de uno de los detenidos y sospechosos de ser cómplice de Martínez, se identificó a Víctor Eligio López González, alias “Jakare po’i”, de 35 años, como supuesto autor del crimen. Este hombre sería hermano menor del asaltante Nelson Gustavo López González, conocido como Jakare Po, quien habría fallecido hace unos años.
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Juzgado admite acusación y eleva a juicio oral el caso de invasión de la Estancia Pindó
Tras catorce años de investigación, el juez penal de Garantías, Marcos Giménez Rivas, de Curuguaty, resolvió elevar a juicio oral y público la causa contra Jorge Mercado Méndez, por la invasión de inmuebles de la Estancia de la Agroganadera Pindó S.A., en Canindeyú. El magistrado también rechazó los cinco planteamientos de la defensa y dispuso mantener la prisión preventiva del acusado.
Mediante el Auto Interlocutorio N.º 720, de fecha 14 de octubre de 2026, el magistrado resolvió elevar a juicio oral y público la causa seguida contra Mercado Méndez, identificado en la investigación como uno de los principales dirigentes del asentamiento Joaju – Primero de Marzo, instalado dentro de las propiedades de Estancia Pindó.
La decisión fue adoptada luego de la audiencia preliminar donde el Ministerio Público y la querella adhesiva ratificaron sus respectivas acusaciones y solicitaron que los hechos fueran sometidos al juzgamiento de un Tribunal de Sentencia.
Juzgarán tres hechos punibles
De acuerdo a la resolución judicial, se admitió íntegramente el Requerimiento de Acusación Fiscal N.º 108/2026, presentado el 12 de agosto de 2026 por el agente fiscal Juan Daniel Benítez Miranda, así como la acusación promovida por Agroganadera Pindó S.A., representada por su abogada querellante, Eva Margarita Colmán Adorno.
En consecuencia, Jorge Mercado Méndez deberá afrontar el juicio por la presunta comisión, en carácter de autor, de los siguientes hechos punibles:
- Invasión de inmueble ajeno, artículo 142 del Código Penal, modificado por la Ley N.º 6830/2021.
- Asociación criminal, artículo 239 del Código Penal.
- Detentación ilegal de arma de fuego, artículo 260 de la Ley N.º 7411/2024.
La admisión de estas acusaciones significa que los tres hechos punibles serán objeto de debate ante el Tribunal de Sentencia, sin que ello implique todavía una declaración de culpabilidad.
Rechazos para la defensa
Uno de los aspectos más relevantes de la resolución judicial es el rechazo de la totalidad de los planteamientos formulados por los abogados defensores de Mercado Méndez, quienes pretendían cuestionar distintos aspectos de la acusación e impedir o limitar su elevación a juicio.
El juzgado rechazó la excepción de incompetencia territorial, el cuestionamiento sobre la aplicación temporal de la Ley N.º 6830/2021, la objeción contra la acusación por asociación criminal, el planteamiento relativo a la detentación ilegal de arma de fuego y las observaciones sobre la identificación de los inmuebles afectados.
El magistrado consideró que los argumentos expuestos no constituían impedimentos procesales suficientes para excluir los hechos de la acusación ni para impedir la prosecución de la causa. Asimismo, estableció que las controversias relativas a la conducta atribuida, la valoración de las pruebas y la determinación de la responsabilidad penal deberán ser examinadas durante el juicio oral y público.
Presunto liderazgo en el asentamiento
Cabe recordar que la investigación inició tras las denuncias presentadas por representantes de Agroganadera Pindó S.A., por la ocupación de sus propiedades rurales. Según informes policiales, en los inmuebles se habrían establecido asentamientos permanentes, con estructuras de vigilancia y mecanismos de control de acceso que presuntamente impedían el ingreso de autoridades y representantes de los propietarios.
La Fiscalía atribuye a Jorge Mercado Méndez funciones de dirección, liderazgo y coordinación dentro del asentamiento Joaju–Primero de Marzo, cuya comisión directiva habría presidido desde abril de 2014. Un relevamiento de la Policía Nacional realizado en septiembre de 2025, registró aproximadamente 450 viviendas en los asentamientos investigados.
Actualmente, el acusado continuará recluido en el Centro Penitenciario de Reinserción Social Martín Mendoza, de Emboscada, quedando a disposición del Tribunal de Sentencia de Saltos del Guairá; conforme a lo dispuesto por el juez penal de Garantías, Marcos Giménez Rivas.
Al respecto, la abogada Margarita Colmán señaló que para la Agroganadera Pindó S.A., la decisión judicial constituye un avance significativo después de más de catorce años de actuaciones vinculadas con la ocupación de sus propiedades. Durante este prolongado proceso, la empresa sostuvo sus denuncias y ejerció las acciones judiciales correspondientes para obtener el esclarecimiento de los hechos y la determinación de las responsabilidades penales.
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Comisarías de Oro: Filizzola recurre a la Corte para congelar su caso y seguir impune
El senador y exministro del Interior Rafael Filizzola, acusado de lesión de confianza en el caso conocido como “Comisarías de Oro”, sigue presentando un carnaval de chicanas en busca de impunidad en el proceso penal que enfrenta.
Esta vez, Filizzola promovió una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia contra la resolución de la Cámara de Apelaciones que revocó la prescripción y el sobreseimiento definitivo del exsecretario de Estado.
El escrito presentado por la abogada María José Caballero Burgos, defensora de Filizzola, sostiene que el fallo del Tribunal de Apelación adolece de arbitrariedad e infringe abiertamente el artículo 256 de la Constitución Nacional, el cual impone que toda resolución judicial debe estar debidamente fundada en la Constitución y las leyes.
Con la presentación hecha por Filizzola, el mismo pretende suspender la realización de la audiencia preliminar fijada para este miércoles ante el juez penal de garantías Yoan Paúl López.
El citado magistrado ya pidió informes al secretario de la Sala Constitucional para constatar si existe tal presentación.
Días atrás, el Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala de la capital, resolvió revocar la resolución por la cual el juez penal de garantías n.º 11, Yoan Paul López Samudio, había declarado la prescripción de la causa seguida contra el exministro. De esta manera, el proceso por lesión de confianza contra Filizzola debe continuar vigente y deberá avanzar hacia la siguiente etapa procesal.
Uno de los puntos centrales de la resolución es el análisis de los sucesivos recursos, incidentes, recusaciones y acciones planteado durante la tramitación de la causa.
Según el tribunal, esta concatenación de actuaciones impidió la prosecución ordinaria del proceso y generó un período de “tiempo muerto” de 5 años, 5 meses y 12 días, que debe ser considerado como tiempo de suspensión de los plazos de prescripción.
El proceso se origina en la investigación sobre la construcción de baños y celdas en 24 comisarías del área metropolitana durante la gestión de Filizzola al frente del Ministerio del Interior.
Según la acusación, el caso habría ocasionado un perjuicio patrimonial de aproximadamente G. 1.200 millones.
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Juez define si dispone prisión domiciliaria o no para Hugo Javier
Hugo Javier cumpliría prisión domiciliaria si así lo determina el juez de Ejecución Penal, Carlos Mendoza, tras evaluar informes médicos y psicológicos forenses sobre el estado de salud del exgobernador de Central. Los estudios señalan que presenta secuelas graves, amnesia y alucinaciones luego de sufrir un traumatismo de cráneo grave.
González Alegre recibió el alta hospitalaria en el Hospital Nacional de Itauguá tras permanecer internado por un traumatismo craneoencefálico sufrido el pasado 6 de setiembre en su lugar de reclusión.
El director del nosocomio público, Miguel Ferreira, confirmó que el paciente se encontraba en condiciones de abandonar el hospital. Sin embargo, no significa que haya concluido su tratamiento.
El profesional de la salud mencionó que necesita continuar con su tratamiento y proceso de recuperación, que incluye controles médicos, fisioterapia y rehabilitación neurológica y motriz.
Según los profesionales de salud, González aún presenta episodios de alucinaciones y dificultades de memoria. Por ello, recomendaron que permanezca bajo supervisión permanente durante su recuperación.
El exanimador de fiestas metido a la política cumple una condena de 10 años de prisión por lesión de confianza. El doctor explicó que ya está “súper bien”, estable y con alta médica, pero remarcó la diferencia que hay entre el cuidado de un ser querido y el de una enfermera desconocida para su recuperación total. Por eso es indispensable que tenga a su familia cerca las 24 horas.
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Narcojet: jueza decretó la prisión preventiva para funcionarios de la Dinac y otros imputados
La jueza Lici Sánchez decretó la prisión preventiva de Gustavo Adolfo Sandoval subgerente de Seguridad de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac), así como de Víctor Fernández Arce (vinculado a la empresa de servicios aeroportuarios MUNSER FBO), Herman Cecilio Melgarejo Morales (despachante de vuelo) y José María Fernández Vera. Todos ellos están imputados por hechos punibles relacionados con el narcotráfico, tras la incautación de 263,7 kilos de marihuana premium (conocida como hachís) en un jet privado estadounidense que aterrizó en un hangar privado del Aeropuerto Silvio Pettirossi.
De acuerdo con la resolución judicial, dada a conocer tras la audiencia de imposición de medidas en la oficina de Atención Permanente del Palacio de Justicia, los imputados permanecerán en la Senad durante cinco días y luego serán trasladados al Centro Nacional de Prevenidos, exTacumbú.
Esta nueva imputación, presentada por la fiscal Ingrid Cubilla, corresponde a una segunda fase investigativa que busca determinar las intervenciones en la logística aeroportuaria, la descarga de la sustancia y las gestiones para evitar la verificación de las autoridades.
Según la hipótesis fiscal, el jet Challenger 604, procedente de Estados Unidos y con escala técnica en Panamá, llegó el 29 de mayo de 2026. Al día siguiente, durante la descarga, personal militar detectó bolsones con sustancias que el laboratorio identificó como resina de marihuana o hachís. La investigación atribuye a Fernández Arce la coordinación previa del vuelo y la descarga; a Melgarejo, las gestiones y presiones para liberar la carga; a Fernández Vera, el traslado de los bolsones; y a Sandoval (el subgerente de la Dinac), las comunicaciones para negociar la liberación del cargamento a cambio de una supuesta recompensa.
Para el Ministerio Público, las conductas atribuidas a los cuatro procesados habrían contribuido a facilitar la operación y el eventual retiro de la droga sin los controles correspondientes.