El abogado Julio Alonso, en representación de la expresidenta del Banco Central del Paraguay (BCP), Mónica Pérez, explicó que debe ser rechazada la demanda por indemnización de daños y perjuicios que presentó el abogado Roberto Amendola contra Pérez.
El juez de primera instancia en lo civil y comercial Walter Mendoza es quien debe estudiar el presente litigio judicial.
La representación legal de Pérez sostiene que la demanda debe ser rechazada porque el citado profesional del derecho ya cobró en su totalidad el monto inicialmente reclamado en un juicio civil, por lo que la presente acción judicial debe ser admitida.
Alonso indicó que esto sucedió aún teniendo conocimiento de la existencia de resoluciones transaccionales entre el BCP y el abogado Amendola, por las que se acepta por cifras multimillonarias el patrimonio del BCP a favor de abogados que representan depositantes en negros, en este caso del quebrado Banco Mercantil y se expone parte de las resoluciones citadas.
Asimismo, el citado profesional del derecho, quien ejerce la representación legal de la extitular del BCP sostuvo que Amendola ya cobró todo lo que la Justicia resolvió en la regulación de honorarios profesionales con las actualizaciones que tuvo en instancias superiores, donde recibió una suma multimillonaria, atendiendo a que la regulación solo se inició con G. 24 millones pero terminó cobrando más de G. 321 millones.
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Testigos desarman tesis fiscal al sostener que informe sobre Messer siguió el proceso legal
El abogado Claudio Lovera, quien ejerce la defensa legal del extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad), Óscar Boidanich, indicó que el juicio oral y público contra su cliente será retomado el próximo lunes 1 de junio a las 8:30.
Detalló que el proceso judicial seguirá con la declaración de otros 5 testigos que presenta su cliente procesado por la supuesta frustración de la persecución penal para favorecer al cambista brasileño Darío Messer, vinculado al caso Lava Jato.
Este viernes se concretó la declaración testifical de cuatro personas para luego ir a un cuarto intermedio. “Luego de la etapa testifical se producirán las pruebas documentales e iremos avanzando. Existe un volumen importante de documentos que ofreció la Fiscalía y bueno se deberán producir para ir formando la convicción por parte del tribunal”, comentó en una entrevista con el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
La Fiscalía sustenta su acusación basándose principalmente en la hipótesis de que el exfuncionario de Estado ocultó, retrasó y cajoneó de manera deliberada información clave sobre los movimientos financieros sospechosos de Messer.
Ante este escenario, Lovera dijo que en la audiencia de la fecha se puede resaltar que la Seprelad actuó de manera proactiva, respondiendo a estrictos criterios de inteligencia financiera. “Básicamente se expuso lo que fue la tramitación en sí de lo que fue primero el borrador de informe y posteriormente el informe que fue remitido al Ministerio Público y en lo que respecta a Boidanich, él no tuvo ninguna intervención irregular de esa área (encargada de la elaboración del reporte de inteligencia financiera de Messer)”, comentó.
El abogado agregó que “citaron por ejemplo el volumen de trabajo que contaban, los tiempos que eso implicaba para la elaboración de los informes de inteligencia financiera. Se detalló que incluso uno de los funcionarios llegó a colaborar con la labor del Ministerio Público en el marco de la investigación generada a Messer”.
Lovera ratificó que no “existen méritos o elementos” que motiven a condenar a su cliente por la supuesta frustración de la persecución penal. “A la vez se empezaron a ingresar las pruebas documentales y existe una relevante que es el documento a partir del cual se abrió esta causa que fue una nota que enviaron los agentes fiscales a cargo del caso de Messer”.
El documento expone que el reporte de inteligencia financiera elaborado por la Seprelad se remitió en tiempo oportuno y que su contenido fue útil para el Ministerio Público. “Los testigos estuvieron explicando cómo se lleva adelante y como se llevaba adelante en aquella época la elaboración de un informe. Se cumplieron con todos los pasos previstos en esa época, dentro de las etapas habituales del trabajo“, mencionó.
Finalmente, el abogado argumentó que un punto fundamental en la causa que también contribuye a desmontar la acusación fiscal, es que en el lapso del trabajo de inteligencia financiera por parte de Seprelad “no se filtró ningún dato, no alertó a nadie sobre su trabajo y esto permitió que el Ministerio Público haya tomado las decisiones oportuna y pertinente".
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Caso Boidanich: “No amerita una condena”, afirma el abogado Lovera
Este viernes sigue el juicio oral y público contra el extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad), Óscar Boidanich, quien se encuentra procesado por la supuesta frustración de la persecución penal para favorecer al cambista brasileño Darío Messer, vinculado al caso Lava Jato.
En la audiencia de hoy se prevé la declaración de un total de cuatro de los once testigos que presenta la defensa. “Sigue el proceso con las declaraciones testimoniales, vamos a ir introduciendo los medios de prueba y realizando las valoraciones pertinentes. La Fiscalía no es capaz aún de definir si le está atribuyendo una acción u omisión a Boidanich, esta es una característica que tiene que alertar respecto a que no es un caso que amerite una condena, no hay méritos para una persecución penal", sostuvo el abogado Claudio Lovera, en una entrevista con el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Las afirmaciones de Lovera surgen, teniendo en cuenta que el Ministerio Público inicialmente acusó por lavado de activos y frustración de la persecución penal a Boidanic, pero, luego de la audiencia preliminar, el objeto de la discusión quedó reducido únicamente a la supuesta frustración de la persecución penal.
El abogado mencionó que, mediante el trabajo de inteligencia de la Seprelad, la Fiscalía consiguió aplicar oportunamente las medidas cautelares y lograr el comiso del 100 % de los bienes de Messer. Agregó que el éxito de haber asegurado estos activos demuestra el rigor técnico con el que se manejó la institución.
Una vez finalizada la etapa de la declaraciones testificales se dará paso a la etapa de producción de pruebas documentales, en donde la defensa confía en que se ratificará la regularidad administrativa y la total inocencia de Boidanich.
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Examen patrimonial de Peña no arroja indicios de hechos punibles, afirma abogado
El abogado Ricardo Preda, representante legal del presidente de la República, Santiago Peña, puntualizó que no existen indicios de hechos punibles en la declaración jurada del mandatario, después que la Contraloría General de la República (CGR) descartara irregularidades al presentar ayer lunes el resultado de un examen de correspondencia patrimonial que el propio jefe de Estado solicitó en el año 2025, pese a no estar obligado por ley en esta instancia del cargo.
“Este examen de correspondencia no tiene en sí mismo ningún indicio de la comisión de hecho punible porque justamente la conclusión propiamente dice que hay correspondencia en el patrimonio del presidente y no hay absolutamente ninguna noticia criminis”, afirmó el abogado, este martes, en entrevista al programa “Arriba hoy” de GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Explicó que “en el marco de esa denuncia presentada por esos legisladores, el Ministerio Público había remitido un oficio a la Contraloría solicitando que se pronuncie acerca del patrimonio del presidente, independientemente a ese pedido de la fiscalía, ya en su momento el presidente habría presentado una nota a la contraloría haciendo una declaración jurada, creo que fue en setiembre del año pasado, sin estar obligado a ello”.
La obligación de presentar la declaración jurada está establecida al inicio de la función pública y al culminar el mandato. “En este caso, para demostrar que no tiene absolutamente nada que ocultar hace esta presentación en setiembre del año pasado y solicita a la Contraloría ese examen de correspondencia. Este estudio es resultado de ese pedido y coincide también con el pedido del Ministerio Público en función a esa denuncia”, aclaró Preda.
Refirió que se aguardará qué decisión tomará la fiscalía respecto al informe remitido por la Contraloría. “Esto se remite a la fiscalía, la fiscalía me imagino que va a dar recepción a esto y eso ya dependerá de la persona que tenga a su cargo el caso para ver el análisis que seguramente va a aplicar a este documento”, apuntó.
Ajustes en el proceso
Por otra parte, aclaró que los ajustes realizados en las documentaciones corresponden y no se trata de un blanqueo en el patrimonio del presidente como pretenden instalar algunos sectores políticos y medios de comunicación aliados.
“El proceso de estudio de correspondencia es un proceso dinámico donde el órgano contralor le puede solicitar información, no solamente a entidades del sector privado, sino también a entidades del sector público y también al propio controlado, el funcionario cuya declaración está siendo analizada y en ese marco la información que se recibe es procesada por la Contraloría”, refirió el abogado.
Casa de San Bernardino
Con relación del inmueble ubicado en la ciudad de San Bernardino, en Cordillera, el abogado detalló que pese a que no se encuentre en los registros públicos a nombre de Peña, se incluyó en la declaración ya que cuenta con un contrato privado de compra.
“Lo que se verifica en un examen de correspondencia es lo que está dentro del patrimonio del funcionario. Que declare un inmueble que no está a mi nombre porque aún está en ese proceso de inscripción porque yo lo compré por un contrato privado, en realidad es positivo porque habla de la transparencia del funcionario que declara todo aquello que está en su patrimonio, y algo que yo compro por contrato privado forma parte de tu patrimonio”, sentenció.
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Condenan a 3 años de cárcel al abogado Diego Lanzac por sextorsión
Un Tribunal de Sentencia integrado por Héctor Capurro, María Fernanda García y Yolanda Portillo condenó a 3 años de cárcel al abogado Diego Raúl Lansac Gómez, encontrado culpable por los hechos punibles de coacción grave y lesión del derecho a la comunicación y a la imagen, en un caso vinculado a lo que se conoce como “sextorsión”.
Según los jueces de Sentencia, se pudo probar durante el desarrollo del juicio -entre agosto de 2020 y septiembre de 2021- que el hoy condenado habría creado perfiles falsos en redes sociales para amenazar a una mujer con la difusión de imágenes íntimas si no cumplía determinadas exigencias, entre ellas, renunciar a su trabajo.
La acusación fiscal también sostiene que Lansac difundió posteriormente las imágenes privadas de la víctima a familiares y personas cercanas, afectando su intimidad, dignidad y entorno personal. La fiscal Ruth Karina Benítez había solicitado en sus alegatos finales una pena de 3 años y 6 meses de cárcel.
El Ministerio Público sostuvo que el acusado utilizó cuentas falsas en plataformas digitales para contactar, hostigar y condicionar a la víctima mediante amenazas relacionadas con la publicación de contenido íntimo.
La Fiscalía destacó que pese a varios planteamientos dilatorios promovidos por la defensa, el juzgamiento concluyó con una sentencia condenatoria. El Tribunal además resolvió mantener el arresto domiciliario que pesa sobre Lansac hasta que la condena quede firme.
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