El Tribunal de apelación confirmó la condena de 28 años de cárcel para Lorenzo González, considerado fusilero del EPP, por participar del secuestro de Cecilia Cubas. Foto: Archivo
Caso Cecilia Cubas: confirman condena de 28 años de cárcel para fusilero del EPP
Compartir en redes
El Tribunal de Apelación integrado por los camaristas José Waldir Servín, Agustín Lovera Cañete y Cristóbal Sánchez, ratificó la condena de 23 años de cárcel más 5 años de medidas de seguridad totalizando 28 años de pena privativa de libertad para el fusilero del Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), Lorenzo González, sentenciado por el secuestro y homicidio doloso de Cecilia Cubas.
El condenado fue el fusilero integrante del grupo criminal autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), que participó del plagio y homicidio de Cubas. Ahora la defensa del condenado tiene la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia.
González fue extraditado a Paraguay en febrero del 2022, y también tuvo participación en la captura de la hija del expresidente Raúl Cubas Grau. Además de este antecedente, el ahora procesado aparece en un video de una reunión del grupo criminal que data del 2004.
Condenado a 34 años de cárcel
Por otra parte, la Cámara de Apelación, conformada por José Waldir Servín, Gustavo Santander y Agustín Lovera Cañete, confirmó la condena para Óscar Luis Benítez por el secuestro y muerte de Cecilia Cubas. Benítez fue condenado a 24 años de cárcel y 10 años como medida de seguridad el 29 de junio del 2021 por el Tribunal de Sentencia integrado por Carlos Hermosilla, Sandra Farías, y Fabián Escobar.
Tras el secuestro de Cecilia Cubas en el 2004, Benítez se fugó del país y se mantuvo oculto en el Brasil durante 14 años, donde fue descubierto por la Policía en el 2017 y extraditado a nuestro país para afrontar los cargos de secuestro y homicidio doloso.
La Corte confirmó la condena por lavado de dinero de 3 años y 6 meses de cárcel para Bruno da Costa Amaral (Der.) compartiendo con el presidente de la República, Mario Abdo Benítez. Foto: Archivo
Corte ratifica condena para acusado por incautación de billetes venezolanos
Compartir en redes
La sala penal de la Corte ratificó la condena de 3 años y 6 meses de prisión para Bruno José Da Costa Amaral, quien fue encontrado culpable por lavado de dinero debido a la tenencia de billetes venezolanos que pretendían ser vendidos en el mercado negro. En febrero del año 2017 fueron encontradas más de 500 bolsas llenas de bolívares venezolanos de diversos valores en una residencia de la conocida familia Da Costa Amaral, de Salto del Guairá.
La defensa del condenado recurrió a la Corte buscando dejar sin efectos las sentencias de primera y segunda instancia.
La ministra Carolina Llanes sostuvo que el escrito de la defensa del condenado carece de la debida argumentación jurídica y de la exposición concreta de los agravios, tal como exige el artículo 478 del Código Procesal Penal.
En el mismo sentido votó el ministro Luis María Benítez Riera, quien se adhirió a la postura de Llanes, señalando que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación crítica y precisa, lo que lo tornaba inadmisible.
En disidencia, el ministro Ramírez Candia consideró que el recurso debía admitirse, pues la defensa había planteado cuestionamientos sobre la supuesta orfandad argumentativa de la sentencia, la violación del principio de congruencia y la valoración probatoria.
Finalmente, por mayoría de votos, la sala penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar el recurso y declarar inadmisible la casación, quedando firme la sentencia condenatoria dictada contra Da Costa Amaral en el marco de la investigación por presunto lavado de dinero.
Condenan a mujer a cuatro años de cárcel por ocultar que su hija era abusada por su pareja
Compartir en redes
Un Tribunal de Sentencia resolvió la condena a cuatro años de cárcel de una mujer de 32 años que no denunció el abuso sexual de su hija de seis años por parte de su padrastro y pareja de la condenada. Durante el proceso, la niña fue contagiada de una enfermedad de transmisión sexual.
La agente fiscal Julia González Medina, de la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra Niños y Adolescentes de Ciudad del Este, había pedido una condena de cuatro años de prisión para la madre de la menor, por su complicidad en el abuso registrado contra su hija.
“La acusada fue encontrada culpable de violación del deber del cuidado y frustración de la persecución y ejecución penal por no denunciar el abuso sexual de su hija”, expresaron desde el Ministerio Público. Según el informe, el abuso fue cometido por el padrastro de la niña, y quien además la contagió con sífilis (VDRL).
Durante el juicio se presentaron pruebas que demostraron que la madre violó gravemente su deber legal de cuidar a su hija. Además, de que pese a las lesiones graves y el dolor intenso que sufría la niña no permitió que recibiera la atención médica.
La pequeña fue llevada al Hospital Regional de Ciudad del Este, donde una pediatra informó a la mujer sobre la sospecha de abuso sexual y se activó el protocolo. Pero la madre huyó del hospital con la víctima, impidiendo el procedimiento y el tratamiento médico.
Cuando el estado de la menor empeoró, acudió a otro centro asistencial, donde la médica de turno también confirmó la sospecha de abuso y las lesiones. Se dio aviso a las autoridades, pero la mujer intentó huir nuevamente, todo para proteger a su pareja.
La justicia colombiana ordenó la libertad del expresidente Álvaro Uribe (c), mientras apela una condena a 12 años de prisión domiciliaria por soborno y fraude procesal. Foto: Archivo/AFP
Justicia de Colombia ordena libertad al expresidente Álvaro Uribe mientras apela condena
Compartir en redes
La justicia de Colombia ordenó este martes la libertad del expresidente Álvaro Uribe, mientras apela en segunda instancia una condena a 12 años de prisión domiciliaria por soborno y fraude procesal, según una decisión del Tribunal Superior de Bogotá.
El exmandatario popular (2002-2010) fue detenido en su casa cercana a la ciudad de Medellín (noroeste), tras ser hallado culpable de soborno y fraude procesal.
El Tribunal Superior de Bogotá, segunda instancia en el proceso, ordenó su libertad “inmediata” mientras resuelve la apelación de Uribe a la condena dictada el 1 de agosto.
Fiscalía acusa y pide juicio oral para Lourdes Teresita Ramos, integrante del EPP y EML
Compartir en redes
El agente fiscal Lorenzo Lezcano presentó acusación y solicitó juicio oral y público para Lourdes Teresita Ramos Ramírez, de 24 años de edad, quien fue acusada por asociación terrorista y transgresión a la ley de armas. Ahora un juzgado deberá admitir la acusación y fijar la fecha para el desarrollo de la audiencia preliminar en la que se definirá si el caso se eleva a juicio oral.
De acuerdo con la investigación, Ramos Ramírez, alias Yverá, integró desde su adolescencia estructuras criminales armadas, primero en el autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP) y posteriormente en el Ejército del Mariscal López (EML), liderado por su padre Alejandro Ramos Morel.
Durante su permanencia en estos grupos criminales habría participado en secuestros, extorsiones, atentados contra fuerzas públicas y cobros de “impuestos revolucionarios” a productores de la zona norte del país. La acusada fue capturada el 15 de febrero de 2025 en la localidad de Brasil Cue, Horqueta, durante un procedimiento de la Fuerza de Tarea Conjunta, ocasión en la que fueron incautadas armas de fuego y otras evidencias.
Entre los elementos colectados se encuentran fotografías, videos y materiales que la vinculan directamente con hechos ilícitos, además de un arma de fuego en su poder. El Ministerio Público sostiene que la acusada tenía participación activa en la estructura del EML, cumpliendo funciones operativas y de propaganda, evidenciadas en registros audiovisuales en los que aparece emitiendo instrucciones a las víctimas de extorsión.
Con base en los elementos reunidos, la Fiscalía solicita la elevación de la causa a juicio oral y público y la admisión de las pruebas presentadas.