El juez Rodrigo Estigarribia ratificó la prisión preventiva del tarotista Diego Parra, imputado por estafa mediante sistemas informáticos y lavado de dinero. El magistrado decidió mantener la prisión teniendo en cuenta la gravedad de los tipos penales por los que está procesado el imputado.
Parra Arboleda está siendo investigados por hechos punibles graves, que son estafa mediante sistema informático y el lavados de activos en la modalidad de transacciones de tarjetas de créditos fraudulentas, y que posiblemente se habría causado un daño patrimonial al ente financiero emisor de la tarjeta de crédito por un valor en guaraníes que superan presuntamente los mil millones.
La resolución judicial puede ser apelada por la defensa del imputado y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que deba estudiar si corresponde confirmar el fallo judicial firmado por el juez de Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia.
El tarotista y parapsicólogo Diego Parra, su esposa Karina de Parra y Milka López González fueron imputados por la fiscal Ruth Benítez por estafa, lavado de dinero y otros delitos en el marco de una investigación por el perjuicio de G. 1.800 millones a una entidad financiera.
Podes leer: Exgobernador de Central afrontará un segundo juicio oral
Dejanos tu comentario
En Lambaré detienen a un hombre que tenía 40 denuncias por estafa
La Policía logró localizar a un hombre que era buscado incluso a nivel internacional por múltiples hechos de estafa. Se trata de Luis Elpidio Palmerola, que soporta 40 denuncias y siete órdenes de captura por hechos de operaciones fraudulentas en compra-venta de vehículos.
El comisario Virgilio Chávez, subjefe de Interpol Paraguay, señaló que Palmerola integraba una red de estafadores y pudo ser detenido durante un allanamiento a una vivienda ubicada sobre las calles Félix Pérez Cardozo y Gral. Díaz, en Lambaré.
Te puede interesar: Alto Paraná: refuerzan la seguridad tras amenazas de asaltos a bancos
“El personal de Interpol tras una ardua labor de inteligencia procedió a la detención del conocido estafador en el ámbito criminal, por medio de la venta fraudulenta de vehículos”, señaló a la 1000 AM.
Durante varios años ha estado operando el sujeto, ya que desde el 2015 venía cobrando cheques bajo promesa de la entrega de vehículos con la excusa de que se encontraba en proceso de importación o ya estaba llegando al puerto. Y luego desaparecía, según la Policía que le hizo el seguimiento durante un largo tiempo.
“Esta persona en su momento se tuvo la información que pudo haber salido del país para escapar de sus problemas. Entonces, el juez había determinado que tenga también captura internacional por si era detenido en otro país”, manifestó.
El policía explicó que mediante trabajos de inteligencia se pudo comprobar que el criminal efectivamente se encontraba en el territorio nacional y se logró su detención el día de ayer jueves.
Leé también: Expulsaron a tres brasileños buscados por el homicidio de un intendente y su padre
Dejanos tu comentario
Piden archivar demanda civil, pero juez dilata porque tendría algún interés
El abogado Rubén Melgarejo Lanzoni, representante legal de Jorge Edmundo Roa, socio cuotista de la firma Everest Ingeniería S.R.L., solicitó la desestimación de la acción, es decir, el archivamiento de la demanda el pasado 11 de agosto al Juzgado en lo Civil a cargo de Heinrich Fabián Von Lücken Gamarra, pero hasta el momento, el referido magistrado no hizo lugar al archivo de la demanda.
Dicha situación llama poderosamente la atención porque existiría algún tipo de interés del juez en el presente juicio civil.
Este caso debe llamar la atención de los ministros de la Corte Suprema de Justicia y en especial de los integrantes de la Sala Civil de la máxima instancia y del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
El pasado 20 de agosto el abogado Melgarejo Lanzoni volvió a presentar un segundo urgimiento al juez Von Lücken Gamarra, pero el mismo no hizo caso a la presentación formulada por el citado profesional del derecho.
El presente litigio judicial está caratulado como “Jorge Edmundo Roa Espinoza contra Teresa Dejesús Mereles Villalba sobre nulidad de acto jurídico”.
Igualmente, en el presente juicio civil, el juez primeramente designó como administrador judicial al ingeniero Jorge Edmundo Roa, pero luego, sorpresivamente cambió de postura y designó al licenciado Luis Miguel Gamarra como administrador de la empresa Everest Ingeniería S.R.L con quien tendría un grado de parentesco.
Este caso denota la mora judicial en casos puntuales, en los que están en juego miles de millones de guaraníes, y a la designación en puestos clave, de personas probablemente de su círculo cercano.
Podes leer: Duck Sex Games: Luis Montanaro enfrentará juicio oral y público
Dejanos tu comentario
Controversia en EE. UU.: juez prohíbe exhibir los Diez Mandamientos en las escuelas
Un juez federal de Estados Unidos falló en contra de una ley en Texas que ordenaba a los colegios públicos exhibir los Diez Mandamientos en todas las salas de clase.
El juez Fred Biery ordenó una restricción preliminar de la implementación de la ley, que entraría en vigencia a partir del 1 de septiembre y que fue cuestionada ante la justicia por familias de diversos credos con hijos en escuelas públicas.
La ley del estado de Texas, conocida como el Proyecto de Ley 10 del Senado, es inconstitucional y “toma posición, de manera inadmisible, en asuntos teológicos y favorece oficialmente a creencias cristianas por encima de otras”, escribió Biery en el fallo de 55 páginas.
“Es probable que la exposición envíe un mensaje de exclusión y de carga espiritual a los hijos de los demandantes que no suscriban la versión aprobada de los Diez Mandamientos, que los considerarían que ‘no pertenecen a su comunidad escolar’”, afirmó.
El rabí Mara Nathan, uno de los demandantes, sostuvo la decisión.
“Las creencias religiosas de niños y niñas deben ser promovidas por sus padres y por sus comunidades, no por políticos y colegios públicos”, declaró Nathan.
Rachel Laser, presidenta de la asociación Americanos Unidos para la Separación Iglesia-Estado, también aplaudió la decisión de enviar un “fuerte mensaje que resonará en todo el país sobre la libertad de credo de cada estudiante en nuestras escuelas públicas”.
Otro juez federal bloqueó en noviembre de 2024 una ley en Luisiana que requería la exposición de los Diez Mandamientos en todas las aulas de escuelas públicas de ese estado conservador del sur de Estados Unidos.
El juez John deGravelles aseguró que la norma es inconstitucional porque violar la Primera Enmienda.
La separación de iglesia y Estado es un principio fundacional de Estados Unidos y la Constitución prohíbe que se establezca una religión nacional o se dé preferencia a una creencia por encima de otras.
En un caso similar, en 1980, la Corte Suprema decidió que la exposición de los Diez Mandamientos en los colegios de Kentucky era inconstitucional.
Leé también: Capturan a 13 personas por asesinato de dos funcionarios de Ciudad de México
En Oklahoma, la máxima autoridad educativa de ese estado conservador ordenó recientemente que se enseñe la Biblia en escuelas públicas, una decisión que también enfrenta desafíos legales.
Fuente: AFP
Dejanos tu comentario
Juez presentó su obra jurídica sobre garantías constitucionales en el proceso paraguayo
En el Salón Auditorio “Doctora Serafina Dávalos” del Palacio de Justicia de Asunción se realizó la presentación de la obra jurídica “Garantías Constitucionales en el Proceso Paraguayo”, del juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de Lambaré, Guillermo Manuel Delmás, que aborda el debido proceso desde un enfoque garantista y comparativo.
La actividad contó con la presencia del presidente de la Corte Suprema de Justicia, así como de referentes del ámbito jurídico nacional César Diesel Junghanns, y de los ministros Luis María Benítez Riera, Alberto Joaquín Martínez Simón y Gustavo Santander Dans.
La obra constituye un aporte al análisis de las garantías constitucionales aplicadas al proceso judicial civil, con énfasis en el derecho a la defensa, la igualdad procesal y la imparcialidad del juzgador. Durante la actividad, el ministro Alberto Martínez Simón valoró el contenido de la obra como una exposición estructurada de pensamiento jurídico que enriquece el debate académico e institucional.
Te puede interesar: Corte ratifica condena para acusado por incautación de billetes venezolanos
La obra presenta una revisión crítica de las facultades ordenatorias e instructorias del juez, a la luz del artículo 18 del Código Procesal Civil, desde una visión garantista y con referencias a sistemas jurídicos comparados.
La publicación está estructurada en cuatro capítulos, además de anexos que incluyen jurisprudencia y acuerdos relevantes. En el primer capítulo, se expone el objeto de investigación y el método adoptado. El segundo capítulo, el más extenso, desarrolla el marco teórico, analiza antecedentes nacionales y extranjeros, y reflexiona sobre principios procesales y medidas como las de mejor proveer.
El tercero aborda un análisis doctrinal y comparativo con experiencias de otras jurisdicciones. En tanto que el cuarto capítulo presenta conclusiones y recomendaciones, orientadas a fortalecer la formación jurídica con enfoque de garantías. El libro fue prologado por el jurista argentino Adolfo Alvarado Velloso, referente internacional del derecho procesal.
Igualmente, el evento contó con la participación de:
- la vicepresidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Alicia Beatriz Pucheta Vda. de Correa,
- la exministra de la Corte Suprema de Justicia, Miriam Peña
- el profesor doctor Oscar Alejandro Amaya (Universidad de Bolonia, Italia)
- el presidente de la Asociación de Jueces del Paraguay, doctor Delio Vera Navarro
- autoridades de tribunales
- universidades
- gremios jurídicos
- operadores del sistema de justicia
La presentación fue transmitida a través de la plataforma Google Meet, y concluyó con una entrega simbólica de reconocimiento al autor por parte de sus colegas, destacando el valor académico de su contribución a la doctrina jurídica nacional.
Podes leer: Corte implementará sistema digital para concursos de ingreso y promoción de personas