La jueza penal de Garantías de Lambaré, Ana Esquivel, decretó la prisión preventiva en la Comisaría 13 de Itá Enramada, del juez de Paz de Nueva Asunción, Jorge Adolfo Franco Garelik, imputado por prevaricato por el caso Steven Automotores. La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia de imposición de medidas cautelares llevada a cabo en el juzgado de la mencionada magistrada judicial.
La justicia benefició con medidas alternativas a la prisión a la actuaria judicial Gabriela Noemí Gaona Benítez, imputada por asociación criminal. Esta resolución judicial fue apelada por el Ministerio Público debido a que sostiene que la procesada podría obstaculizar el proceso penal.
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El magistrado suspendido en sus funciones Franco Garelik y Gaona Benítez, en carácter de juez y actuaria del Juzgado de Paz de Chacoi, habrían emitido resoluciones, como órdenes de secuestro, violando los derechos de la otra parte para favorecer a la playa de ventas de automóviles Steven Automotores, a través de su dueño Denis Steven Bareiro y sus representantes legales.
Las resoluciones que fueron emitidas inmediatamente después del escrito de la demanda sin cumplir las formalidades que requiere un juicio ordinario en el ámbito civil, esto se corrobora con el acta de allanamiento realizado en fecha en el Juzgado de Paz de Chaco’i, Nueva Asunción, de donde se incautaron 68 expedientes judiciales sin los requisitos establecidos en el Código Procesal Civil.
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Peña firma decreto reglamentario para oficinas consulares paraguayas en el exterior
La vocera de Gobierno, Paula Carro, informó que el presidente de la República, Santiago Peña, firmó este miércoles el decreto n° 2921, por el cual se aprueba el reglamento para el establecimiento de oficinas consulares, que estarán dirigidos por funcionarios consulares honorarios. Igualmente, designó a los funcionarios consulares honorarios de la República del Paraguay.
Durante una conferencia de prensa convocada desde Mburuvichá Roga, Carro explicó que mediante este decreto se profesionaliza e institucionaliza y le otorga un marco de certidumbre a la carrera del cónsul honorario al servicio que presta.
Indicó que si bien, las oficinas consulares existen desde hace varios años, no se contaba con un documento que reglamente las condiciones para su instalación, ni se contaba con detalles específicos sobre los requisitos para la designación de los cónsules honorarios.
“Esto es un reglamento general, que comienza a regir a partir de ahora. Esto no significa que van a cesar en sus funciones, aquellos funcionarios cónsules honorarios que ya fueron designados y están dispersos en el mundo. Este decreto reglamentario viene a aportar más certidumbre al proceso de incorporación, estableciendo los parámetros y requisitos para la función”, explicó.
Remarcó que la designación de los funcionarios cónsules honorarios se dará siempre a petición de la Cancillería Nacional, que luego deberá ser apoyada con el decreto del Poder Ejecutivo. Esta petición puede estar basada en los pedidos que presente la respectiva circunscripción que solicite una oficina consular.
Mencionó que este funcionario tendrá una responsabilidad de representar los intereses del Paraguay en el extranjero, dentro del ámbito de las atribuciones que están muy bien definidas en el nuevo reglamento. Además, indicó que implica la contrapartida del Estado paraguayo de establecer unos criterios estándares para la designación del funcionario cónsul honorario.
La vocera Carro remarcó que es importante aclarar que se tratan de unos cargos no remunerados, pero cuya labor es de una naturaleza muy delicada, ya que entre sus principales funciones está el de representar los intereses del Paraguay en el extranjero.
Funciones a realizar
La vocera señaló las principales atribuciones que tendrá el funcionario cónsul honorario: en primer lugar, deberá promover el intercambio comercial, la exportación de productos nacionales al exterior, así como la identificación de oportunidades comerciales para el Paraguay.
“Además, tendrán como responsabilidad brindar asistencia consular a los connacionales dentro de su circunscripción, prestar apoyo a las delegaciones oficiales en su circunscripción, entre otras funciones”, acotó.
Agregó que el reglamento para el establecimiento de oficinas consulares también prevén algunas prohibiciones específicas. Pues las atribuciones y los deberes, así como las responsabilidades de los cónsules honorarios del Paraguay en el exterior, están muy bien definidas en el nuevo reglamento.
“Se trata de un cargo no remunerado, pero representa un alto honor y por ende, es una responsabilidad del Poder Ejecutivo avanzar hacia el establecimiento de estándares para la designación”, mencionó.
Requisitos para ser Cónsul Honorario
- Ser de nacionalidad paraguaya o extranjera, que deberá contar con el consentimiento del Estado receptor.
- Ser mayor de 30 años.
- Residir en la circunscripción de la sede de la oficina consular.
- Contar con los recursos económicos que le permita vivir con independencia y decoro.
- Ejercer una profesión, comercio o actividad honrosa.
- Gozar de reconocida honorabilidad y prestigio
- Contar con la idoneidad necesaria para el desempeño de la función consular.
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El Ejecutivo decreta ley para prevenir y sancionar actos de racismo
El presidente de la República firmó el decreto que reglamenta la ley N.° 6940/2022, la cual establece los mecanismos claros para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación contra las personas afrodescendientes. El mandatario manifestó que la igualdad entre todos los ciudadanos es una garantía establecida en Constitución Nacional.
“Todos los habitantes de la República de Paraguay son iguales en dignidad y derecho y donde no se admiten discriminaciones, entonces nos encontramos que la igualdad es una virtud soberana de nuestro derecho constitucional que gracias a esta lucha que han hecho los afroparaguayos y afrodescendientes hoy tienen un conocimiento tanto de una ley como de una reglamentación con este plan”, expresó el jefe de Estado.
Asimismo, añadió que con esta ley lo que se busca es garantizar la participación plena de las personas afrodescendientes en las distintas instituciones públicas relacionadas con su derecho e incorporar el legado de las personas afrodescendientes en la historia de nuestro país. “Nuestro Gobierno está firmemente comprometido con hacer realidad la garantía constitucional de la igualdad y con luchar decididamente contra la discriminación racial en todas las formas que se presenten”, sostuvo.
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La ley N.° 6940/22 fue promulgada en el 2022, tiene como objetivo prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación y se enfoca especialmente en proteger los derechos de las personas afrodescendientes. A través de la misma, se crea el Plan Nacional de Personas Afrodescendientes, que estará administrado por el Instituto Nacional de Estadística.
Además de esto, está prevista la incorporación de la historia afrodescendiente en los programas educativos del país, la implementación de sanciones contra actos discriminatorios, promoviendo un entorno de igualdad y respeto. La reglamentación de esta ley fue posible gracias a la articulación entre diversas instituciones y fue coordinada por la Secretaría Nacional de Cultura.
“Hoy dimos un paso importante hacia un Paraguay donde se respeten los derechos de todas las personas sin discriminaciones, firmando el decreto que reglamenta la ley. Esta normativa establece mecanismos claros para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación contra las personas afrodescendientes. Un país unido y libre de discriminación es un país más fuerte”, expresó el jefe de Estado a través de X.
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Victoria definitiva: jueza de EE. UU. cierra el caso de interferencia electoral contra Donald Trump
Una jueza aceptó este lunes cerrar el caso contra Donald Trump por el presunto intento de alterar los resultados de las elecciones de 2020 que perdió contra Joe Biden.
La jueza federal Tanya Chutkan siguió las recomendaciones del fiscal especial Jack Smith, quien optó por cumplir la política adoptada hace más de 50 años por el Departamento de Justicia de no procesar a un presidente en ejercicio.
Smith también renunció a procesar al magnate republicano por guardar documentos clasificados después de irse de la Casa Blanca, el otro caso federal que tenía pendiente.
Desde las elecciones del 5 de noviembre, Donald Trump, que asumirá el cargo el 20 de enero, tenía casi garantizado que se libraría de estos dos casos.
En el primero, en Washington, la jueza Chutkan aprobó rápidamente la petición de Jack Smith de desestimar los cargos, sin prejuzgar si deben reabrirse al final del mandato del republicano de 78 años.
Esta recomendación es “coherente con la interpretación de la fiscalía de que la inmunidad concedida a un presidente en ejercicio es temporal, expirando cuando abandona el cargo”, dijo.
El fiscal especial ya había cancelado todas las fechas del calendario judicial para los dos casos, dándose de plazo hasta el 2 de diciembre para “analizar esta situación sin precedentes”.
El Departamento ha seguido la política de no procesar a un presidente en ejercicio desde 1973, en pleno escándalo del Watergate, pero el caso de Trump, elegido presidente tras ser procesado penalmente, es inédito.
Tal vez en el 2029
El fiscal especial recomendó a la jueza que desestimara el caso a la luz de esta política pero dejó abierta la posibilidad de que pueda reactivarse una vez que Trump deje el cargo, en principio en 2029.
La posición sobre “la acusación contra el demandado no ha cambiado”, recalcó, “pero las circunstancias sí”.
“Desde hace mucho tiempo, la posición del Departamento de Justicia ha sido que la Constitución de Estados Unidos prohíbe la acusación federal y el posterior enjuiciamiento penal de un presidente en funciones”, explicó el fiscal.
Fuente: AFP
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Ratifican prisión de Elián López, quien arrojó una copa de vidrio a una joven que perdió el ojo
El Tribunal de Apelaciones integrado por los jueces Delio Vera Navarro, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez, ratificó la prisión preventiva Elián López Torres, imputado por el delito de lesión grave, tras arrojar una copa de vidrio a la joven Dahiana Benítez, ocasionándole la pérdida de un ojo, en un local nocturno. De esta manera, se confirma la resolución del juez penal de Garantía Rolando Duarte, quien había decretado la prisión del imputado.
Los camaristas mencionaron que existe aún el peligro de fuga en el presente caso, así como peligro de obstrucción de la investigación del Ministerio Público, por lo que corresponde ratificar la prisión del imputado, refiere la resolución judicial.
La defensa del procesado había apelado la resolución judicial tratando de que el tribunal de apelación pueda revocar la determinación del juzgado de Garantía y el imputado pueda estar en arresto domiciliario, pero tal situación no se generó y el joven seguirá privado de su libertad.
De acuerdo a la imputación del Ministerio Público, el joven había arrojado una copa de vidrio a la víctima, quien acabó perdiendo un ojo luego del impacto de dicho objeto contra su rostro.
Por su parte, los familiares de la joven víctima del hecho piden justicia por el grave suceso que se registró y que el presente caso no quede impune.
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