El Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos, integrado por Arnaldo Fleitas, José Waldir Servín y Belén Agüero, hizo lugar a la prórroga de seis meses para seguir investigando al actual intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, imputado por el delito de lesión de confianza. El pedido fue solicitado por el fiscal del caso Silvio Corbeta.
El próximo 19 de enero, el Ministerio Pública debía presentar su acusación, pero como el presente caso es muy complejo, el fiscal pidió seis meses más de tiempo para poder cerrar la presente investigación. El jefe comunal esteño fue imputado el 19 de julio de 2023 por una supuesta compra ficticia de kits de alimentos para familias de escasos recursos durante la pandemia.
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Con la determinación adoptada por los integrantes del tribunal de alzada, el Ministerio Público tiene hasta el próximo 19 de junio para poder presentar su requerimiento conclusivo, que puede ser la acusación y el pedido de que el presente caso se eleve a un juicio oral y público, o se pide una salida procesal para el imputado.
Los fiscales Rodrigo Estigarribia y Alma Zayas, imputaron a Prieto luego de detectarse un presunto perjuicio patrimonial en la comuna esteña por un valor de G. 1.769.790.000 en la compra ficticia de 25.000 kits de cestas básicas para las familias humildes durante la pandemia del covid-19, que en Paraguay aconteció desde marzo del 2020. Según la Fiscalía, la compra de los kits de alimentos se generó vía excepción y la firma beneficiada fue Tía Chela SRL.
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Prorrogan segundo periodo de vacunación contra la fiebre aftosa hasta el 26 de junio
El Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) resolvió prorrogar el segundo periodo de vacunación contra la fiebre aftosa y la campaña de inmunización contra la brucelosis bovina. La medida fue oficializada mediante la Resolución N.º 860, emitida este jueves y alcanzará a todo el territorio nacional.
Con esta disposición, el plazo para la aplicación de la inmunización se extendió hasta el próximo 26 de junio, mientras que el registro de los animales podrá realizarse hasta el 3 de julio. La decisión modifica de esta manera los calendarios establecidos previamente en las resoluciones N.º 390 y 391, de marzo de este año.
Desde la institución señalaron que la ampliación del cronograma busca facilitar el cumplimiento de la campaña sanitaria por parte de los productores, considerando la importancia de mantener elevados niveles de cobertura para preservar el estatus sanitario del país y fortalecer el acceso a los mercados internacionales.
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A inicios del año, Senacsa también dispuso la prórroga del primer periodo de vacunación contra la fiebre aftosa para todo el territorio nacional a fin de garantizar el cumplimiento efectivo del calendario sanitario.
Mario Apodaca, presidente de la Fundación Servicios de Salud Animal (Fundassa), había indicado a La Nación/Nación Media que debido a las últimas lluvias, quedó una pequeña porción por terminar de vacunar.
En ese sentido, indicó que las últimas lluvias entorpecieron la buena culminación de algunos lugares, en el Bajo Chaco y otras regiones donde hubo lluvias que afectaron, por ello instó a los productores a cumplir con los plazos a fin de asegurar la sanidad del hato ganadero y mantener los estándares sanitarios del país.
Reciente habilitación de Turquía
A inicios de la semana, el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) informó que Paraguay fue aprobado como país elegible para la exportación de carne bovina y bovinos en pie al mercado de Turquía, lo que representó un avance importante en el proceso de apertura de un nuevo destino para los productos pecuarios nacionales, según destacaron.
En ese sentido, se espera que como parte de las gestiones realizadas en el marco del Comité Conjunto Económico y Comercial (Jetco), autoridades sanitarias turcas lleguen al país en agosto para una visita de evaluación y verificación a frigoríficos paraguayos, con el objetivo de avanzar hacia la concreción de las exportaciones.
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JEM evalúa investigar a jueza de Encarnación por anular remate sin fundamento
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), en su sesión de este jueves, podría estudiar si corresponde iniciar una investigación preliminar por presunto mal desempeño en sus funciones contra la jueza en lo Civil y Comercial de Encarnación, Rossana Aurora Verón, quien fue acusada de anular sin fundamento un remate judicial llevado a cabo en noviembre del 2025. El caso corresponde al expediente caratulado: “Ejecución de sentencia promovida por Gladys Bianchetto en los autos Waldimiro Moskalik sobre sucesión”.
La acusación fue presentada por el presidente de la Asociación de Rematadores del Paraguay, Atilio Estigarribia, ante el JEM. El denunciante solicita a los integrantes del Jurado que se inicie el enjuiciamiento y se recomiende la suspensión en sus funciones de la cuestionada magistrada.
La acusación de Estigarribia señala: “En el expediente judicial referido fui designado como rematador público a los efectos de llevar adelante la subasta de derechos y acciones hereditarios pertenecientes al señor Miguel Moskalik Duarte. Procedí a la publicación de los edictos correspondientes, dejando expresa constancia en los mismos de que el comprador debía abonar el importe íntegro de su compra conforme al régimen legal vigente”.
Refiere además que “el 5 de noviembre del 2025, en el horario fijado judicialmente, se llevó adelante el acto público de subasta con todas las formalidades legales correspondientes y bajo las facultades conferidas por las leyes procesales vigentes. Al acto concurrió la ejecutante, la abogada Gladys Noemí Bianchetto Sandoval y Yeniel Iglesias Romero, desarrollándose normalmente la puja entre los postores presentes”.
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Indica igualmente que, luego de diversas posturas, la ejecutante resultó inicialmente adjudicataria, por lo que debía proceder al pago íntegro y al contado del precio ofertado. Sin embargo, ella manifestó no poseer la totalidad del dinero necesario para perfeccionar la compra e intentó completar el pago mediante transferencias parciales y pagos fragmentados, inclusive provenientes de terceros, sin llegar a integrar el monto total.
Ante dicho incumplimiento, y luego de aguardarse un tiempo prudencial conforme a las facultades del rematador, se procedió a reanudar la subasta. Resultó finalmente adjudicatario el señor Yeniel Iglesias Romero por la suma de G. 20 millones, por constituir la mejor postura existente en ese momento.
La acusación expresa que, llamativamente, la magistrada dictó el A.I. N° 268 de fecha 22 de mayo del 2026, resolviendo hacer lugar al incidente de nulidad y declarar nulo el remate. El denunciante califica la conducta de la jueza como “manifiestamente arbitraria” y apartada de las constancias objetivas del expediente, incurriendo en una valoración parcial, antojadiza e infundada de los hechos.
Sostiene que la jueza prescindió del análisis integral de las disposiciones del Código Procesal Civil que regulan los remates, especialmente en lo relativo al pago al contado y a las consecuencias del incumplimiento del adjudicatario inicial, extremo que fue reconocido en los autos por la propia incidentista.
También refiere que la resolución cuestionada atribuye irregularidades graves al rematador sin que exista prueba concluyente, suficiente ni objetiva de una conducta dolosa o fraudulenta. Afirma que la jueza arribó a conclusiones sustentadas únicamente en apreciaciones subjetivas. Estigarribia recuerda que, conforme al artículo 487 del Código Procesal Civil, el rematador judicial es el único responsable de recibir el dinero proveniente de la compra, la seña o las sumas entregadas por los postores, para luego depositarlo en la cuenta judicial correspondiente. Por ello, critica que la jueza considerara la recepción del dinero por parte del rematador como una irregularidad invalidante.
Finalmente, el escrito menciona que esta actuación no es un hecho aislado, sino que la magistrada ya cuenta con cuestionamientos previos por desconocimiento e incorrecta aplicación de normas legales. La acusación alega la transgresión del artículo 168 del Código de Organización Judicial; los artículos 476, 484, 485, 487 y 492 del Código Procesal Civil; el artículo 558 del Código Civil; y el artículo 3 del Código de Organización Judicial.
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ANR ratifica internas del 7 de junio y avala controles a máquinas
El jefe de gabinete de la Asociación Nacional Republicana (ANR), Eduardo González, confirmó que desde la presidencia del partido manifestaron estar completamente de acuerdo en realizar todas las auditorías y controles adicionales a las máquinas de votación que el sector disidente (Fuerza Republicana) considere necesarios. Remarcó que la línea institucional, es de un rechazo tajante a cualquier propuesta de suspender o prorrogar la fecha de las elecciones internas previstas para el 7 de junio.
En conversación con el programa “Tarde de Perros” que se emite por Universo 970 AM/Nación Media señaló que la conducción partidaria acompañó todo el proceso de verificación de máquinas que se solicitaba como partido. Indicó que llevó un mes ese proceso en la cual también tuvieron participación los representantes del sector disidente y se tuvo una dura pelea con la gente de la oposición en muchas cuestiones que se fueron verificando y en ningún momento hubo un reclamo por parte de nadie del partido.
“Nosotros tenemos que proteger y cuidar los intereses del partido como es lo que estamos haciendo y no hay otra fecha más que el 7 de junio para realizar las elecciones porque no podemos arriesgar eventualmente a quedarnos sin candidatos. Entonces, estamos de acuerdo, sí, que se hagan los controles y auditorías lo que se quiere realizar, no hay inconveniente”, expresó.
González argumentó que en materia electoral los plazos son perentorios e improrrogables. Por lo que calificó de llamativa esta maniobra, que es interpretada como una “operación política de desesperación” y un intento de “abrir el paraguas” ante la falta de números favorables en las encuestas internas de cara al 7 de junio.
También criticó que se pretendan desacreditar las mismas máquinas de votación con las cuales ellos mismos resultaron electos para el Congreso en los periodos anteriores. “No acompañamos prórroga alguna de extensión de otra fecha de las elecciones que no sea el 7 de junio, dentro del movimiento de Honor Colorado y sí estamos de acuerdo con controles y auditoría, lo que quieran hacer”, acotó.
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Trump anuncia que cese el fuego de Israel y Líbano se prorroga por tres semanas
El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció este jueves que el alto el fuego entre Israel y Líbano se prorrogará por tres semanas, a pesar de combates esporádicos sobre el terreno.
“El alto al fuego entre Israel y Líbano se prorrogará por TRES SEMANAS”, afirmó Trump en una publicación en redes sociales mientras se reunía con enviados de Israel y del Líbano.
También dijo que hay “grandes posibilidades” de conseguir un acuerdo de paz este año entre Israel y Líbano.
- Fuente: AFP
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