El juez penal de garantías, Raúl Florentín, hizo lugar al procedimiento abreviado y condenó a dos años con suspensión de la ejecución de la pena al exbanquero uruguayo José Peirano por el delito de lesión de confianza en la causa conocida como Banaleman donde habría un perjuicio de USD 13 millones.
El condenado deberá donar la suma de G. 150 millones a varias entidades de beneficencia. En caso de incumplir con las reglas de conducta se revocarán todas las medidas y el proceso penal deberá seguir su curso normal.
En mayo de este año Peirano Basso llegó extraditado del Uruguay para enfrentar sus dos procesos penales en nuestro país: en el primer proceso el mismo fue beneficiado con el procedimiento abreviado con una pena de dos años con suspensión de la ejecución de la pena. Ahora, en el segundo proceso, el exbanquero fue beneficiado con la misma salida procesal.
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Arresto domiciliario
En su momento, los jueces de garantías Raúl Florentín y Clara Ruiz Díaz habían otorgado el arresto domiciliario al exbanquero José Peirano Basso, procesado por lesión de confianza, debido al vaciamiento del Banco Alemán Paraguayo. Peirano tendrá que guardar arresto domiciliario en el edificio de Central Park, ubicado en el barrio Trinidad de la ciudad de Asunción.
Así también, se trabó embargo preventivo de USD 1 millón por cada una de las causas que fue ofrecida por la defensa del Peirano. De esta forma el exbanquero seguirá el proceso por el cual es investigado con arresto domiciliario y en el caso de que incumpla la medida pasará a guardar reclusión en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú.
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Destruyen 40 hectáreas de marihuana en zona de Sidepar, Canindeyú
Durante cinco días consecutivos, agentes especiales de la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD), con apoyo de miembros de las Fuerzas Especiales y en coordinación con el fiscal Juan Benegas, llevaron adelante un operativo de gran envergadura en la localidad conocida como Sidepar, en el departamento de Canindeyú, zona limítrofe con San Pedro y Caaguazú.
El operativo, denominado “Sidepar”, permitió detectar y erradicar 40 hectáreas de cultivos de marihuana, en su mayoría lista para la cosecha. Además, fueron incinerados 300 kilos de droga ya embolsada, lista para su distribución. Según estimaciones técnicas, las parcelas intervenidas equivalen a una producción final de 120 toneladas de marihuana prensada, lo que representa una pérdida económica cercana a 18 millones de dólares para las estructuras criminales que operan en la zona.
Un dato llamativo del procedimiento fue la ubicación de los cultivos ilegales: a la vista, próximos a comunidades rurales y a pocos metros de caminos vecinales, mezclados entre parcelas de cultivos lícitos. Esta modalidad de ocultamiento a plena vista evidencia una alarmante naturalización del narcotráfico en la región.
Ante esta situación, la Senad anunció que se reforzará la presencia operativa en la zona mediante patrullajes constantes y nuevas estrategias de control territorial.
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Fiscalía podrá presentar acto conclusivo pese a la recusación de la defensa, sostiene Preda
El abogado penalista, Ricardo Preda explicó que independientemente a la chicana que interponga la defensa de los imputados en el caso de Filtración de Seprelad, el Ministerio Público está en el derecho de presentar el requerimiento conclusivo en la fecha. Indicó que en el eventual caso que no lleguen a presentarlo, el código procesal penal establece que el juzgado puede fijar un nuevo plazo de 10 días.
El especialista mantuvo una charla en el programa “Tarde de Perros”, que se emite por Universo 970am/Nación Media, donde explicó sobre el procedimiento que se llevará a cabo ante la nueva chicana interpuesta por la defensa del expresidente Mario Abdo y Daniel Farías Kronawetter en el citado caso.
Al respecto, el abogado señaló que en primera medida la Fiscalía General podría confirmar de vuelta a los fiscales que fueron recusados o bien, establecer a los fiscales que podrían presentar el requerimiento conclusivo.
Ahora bien, atendiendo a que el propio fiscal general del Estado, Emiliano Rolón fue recusado igualmente por la defensa, señaló que existe una veintena de fiscales adjuntos que podrían obrar en su reemplazo y que no hayan sido recusados. “Habría que ver quién de los fiscales adjuntos que no hayan sido recusados pueden resolver el caso, en sustitución del fiscal general que fue recusado”, acotó.
Mencionó, además que, en sus años de experiencia, desconoce que exista una causa o proceso, que no se haya presentado requerimiento conclusivo por causa de recusaciones a los fiscales investigadores. Indicó que la Fiscalía siempre ha resuelto este tipo de cuestiones, porque obviamente no es la primera vez que sucede un hecho similar, en que los fiscales son recusados hasta el último plazo límite.
“No creo que sea un tema que ni la Fiscalía General actual, ni administraciones anteriores, desconozcan que se presenten recusaciones masivas, ante la inminente presentación del acto conclusivo, estimo que será el día a día del Ministerio Público, ya que en la práctica es algo común esto”, explicó.
Código Procesal Penal
Al respecto, Preda no cree que las recusaciones tengan un impacto final en la decisión a partir de la presentación del requerimiento conclusivo, donde los agentes fiscales deberán solicitar elevar el caso a juicio oral o el sobreseimiento de los procesados.
“Desconozco que exista algún caso, en el que el Ministerio Público no haya presentado su requerimiento conclusivo, por causa de las recusaciones. Pero en la peor hipótesis, que esto no ocurra, se aplica un trámite que se basa en el artículo 139 del Código Procesal Penal, que de no presentarse el acto conclusivo, el juez tiene que correr traslado a la Fiscalía General, con un plazo de 10 días para que emita finalmente su posición al respecto”, explicó.
Con ello, remarcó que el proceso no termina hoy si es que la Fiscalía no presenta sus requerimientos conclusivos en la fecha establecida como límite el cual, en este caso de filtraciones de Seprelad, vence a las 23:59 de este martes 11 de marzo. Preda, agregó que está seguro que de una u otra forma la Fiscalía va a presentar sus actos conclusivos, porque desconoce que exista un antecedente en donde no se haya presentado por causa de las chicanas.
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Se tiene que respetar la cadena de custodia de pruebas, remarca abogado
El abogado Óscar Tuma, representante legal de la familia del fallecido diputado Eulalio Gomes, ratificó que el juez de garantías Osmar Legal habría infringido el procedimiento de la cadena de custodia del contenido del celular del extinto legislador. Tuma explicó cual debería ser el procedimiento para la presentación de las pruebas que contenía el aparato celular, lo que en este caso el juez no respetó y entregó los contenidos a los medios de prensa, según el abogado.
Explicó que existe una acordada del año 2022, emitida por la Corte Suprema de Justicia, que reglamenta el trato que se debe dar al manejo de una prueba pericial que tienen que ver con una desgrabación de datos de los teléfonos móviles. La declaración del representante legal alude a la filtración selectiva de supuestos chats, mediatizados para afectar a determinados sectores políticos.
“El aparato se le entrega al perito, el perito recibe en presencia de las partes, presta juramento, se labra acta, lleva a hacer el análisis, cuando termina el análisis tiene que entregar en un sobre lacrado al juez, la pericia finalizada con el disco duro que tiene todos los desgrabados”, señaló Tuma, este viernes,en entrevista al programa “Dos en la ciudad” de GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
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Posteriormente, “el juez recibe, nos tiene que convocar a todas las partes a una audiencia, en esa audiencia estamos todas las partes y el juez levanta el sobre, levanta el sobre y dice que va a proceder a deslacrar, abre el sobre, y le entrega al informático de la Corte Suprema de Justicia para que baje la información, y de todo eso se labra acta”, con todos los detalles del procedimiento realizado.
“El juez podría tener acceso después de ese acto, él no podía revisar antes, no podía deslacrar, aunque sea juez, sea ministro de Corte, ni aunque sea el presidente de la República, porque en el momento que el deslacra el sobre sin la presencia de las partes, yo cómo puedo saber que lo que está ahí es real o no, si modificó o no modificó, por eso es que se habla de la importancia de la cadena de custodia de las pruebas, se tiene que respetar”, cuestionó el abogado.
Así también, Tuma argumentó que, en el caso de no respetarse esta cadena de custodia, como se dio en este caso, “la parte se ve afectada puede usar y puede generar ya una duda respecto a esas pruebas”. Con esto se da la posibilidad de anular estos chats como pruebas en el proceso.
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Conacom investiga prácticas anticompetitivas en el mercado de la carne
Esta semana, productores y exportadores de carne de varios gremios, en conferencia de prensa, reclamaron que en el mercado existe una concentración de precios por parte de los frigoríficos lo que los ha obligado a vender sus productos por debajo de sus costos.
Al respecto, el director de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (Conacom), Ricardo Gavilán, explicó a GEN/Nación Media, que en este caso, la entidad tiene dos formas de iniciar una investigación, por oficio o por denuncia. Según comentó, tras reuniones con la comisión directiva de la Asociación Rural del Paraguay (ARP), afirmaron que presentarían una denuncia formal para que se proceda a sumarios de investigación, cosa que aún no ocurrió.
“Ellos en su momento me habían manifestado que iban a formular una denuncia, que iba a servir a la Conacom para la investigación correspondiente, pero no fue presentada y no recibimos información. Entonces ahí yo decido presentar y abrir una carpeta de investigaciones preliminares de oficio para entender lo que está sucediendo en el mercado”, indicó.
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Continuó explicando que a partir de eso, si se encuentran indicios y elementos suficientes se puede dar el siguiente paso, que es un sumario de investigación. Dijo que las empresas señaladas como principales causantes de la fijación de precios no están sumariadas, pero sí existe un expediente de actuaciones preliminares.
“El sector productivo denuncia que la industria no paga lo que verdaderamente vale su materia prima, que existe una baja artificial de precios, según lo que denuncian. En este caso, la Conacom no es un ente que regula precios, porque el Estado paraguayo no tiene por qué erigirse en esa instancia”, expuso.
Lo que se investiga, en estos casos, es si estos frigoríficos se ponen de acuerdo y pactan un precio entre ellos para comprar ese monto a los ganaderos, es una práctica conocida como el oligopolio. Sin embargo, también aclaró que la Constitución Nacional, garantiza la libre competencia en el mercado y rechaza la fijación de precios, pero no prohíbe per sé el oligopolio.
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