La Cámara de Apelación integrada por los jueces Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández ratificó la absolución de culpa y pena del exdefensor del Pueblo Miguel Godoy Servín, Lucía Lorena Ishiy Giménez, Augusto Emmanuel Rolón Ferreira y Armando Sanabria, quienes enfrentaron un juicio oral por calumnia, difamación e injuria.
El presente caso llegó a tribunales luego de que la exfuncionaria de la defensoría Silvana Patricia Cáceres Irala presentara una querella por los delitos de calumnia, entre otros, donde en un juicio oral primeramente se decidió absolver de culpa a los querellados y ahora un tribunal de alzada decidió ratificar dicho fallo.
El juicio se inició a raíz de una querella que le entabló la exfuncionaria Silvana Patricia Cáceres Irala, a quien Godoy habría llamado planillera y farrista, tras haberla destituido.
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Del mismo modo, el abogado de Cáceres tiene la posibilidad de poder recurrir a la Corte Suprema de Justicia y en caso de ser así serán los ministros de la máxima instancia judicial quienes tendrán que estudiar y resolver si corresponde confirmar los fallos de primera y segunda instancia.
De acuerdo a los antecedentes del caso, en su momento el juez de sentencia, Darío Báez, admitió la querella por difamación, calumnia e injuria contra Godoy y otras personas. La querella fue promovida por Silvana Patricia Cáceres Irala.
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Defensa de Bolsonaro pide su absolución por golpismo en Brasil antes de veredicto
La absolución de Jair Bolsonaro es “imperiosa”, sostuvo este miércoles su abogado en la última intervención de la defensa antes de que la corte suprema de Brasil dictamine si el expresidente tramó un golpe de Estado.
El máximo tribunal dará su veredicto la semana próxima en el juicio que define si el líder de extrema derecha intentó aferrarse al poder tras perder las elecciones de 2022 contra el izquierdista Luiz Inácio Lula da Silva.
“La absolución es absolutamente imperiosa para que no tengamos nuestra versión del caso Dreyfus”, afirmó el abogado Paulo Cunha Bueno ante los jueces en Brasilia. El letrado hacía alusión al escándalo de principios del siglo XX en Francia que pasó a la historia como símbolo de la parcialidad judicial.
Mientras se lleva a cabo el juicio, en el Congreso se aceleran negociaciones para incluir la votación de una amnistía en la agenda parlamentaria, con Bolsonaro como eventual beneficiario.
“Sin pruebas”
La corte reanudó este miércoles las sesiones finales del proceso al exmandatario, de 70 años, en prisión preventiva en su casa en Brasilia desde principios de agosto.
Según la fiscalía, la presunta trama golpista incluía un decreto de estado de sitio y un plan para asesinar a Lula, su vicepresidente electo Geraldo Alckmin y el juez Alexandre de Moraes, relator de este juicio.
El plan no habría avanzado por falta de apoyo de la cúpula militar.
La acusación también señala a Bolsonaro como presunto instigador del 8 de enero de 2023, cuando miles de seguidores vandalizaron las sedes de poder en Brasilia para tratar de derrocar a Lula.
El ex jefe de Estado (2019-2022) se declara inocente y dice ser un perseguido político. “No hay una sola prueba que lo vincule” al plan de magnicidio o al 8 de enero, sostuvo otro de sus abogados, Celso Vilardi.
Contra “presiones”
Ya inhabilitado políticamente hasta 2030, Bolsonaro puede enfrentar hasta 43 años de prisión. El juez Moraes aseguró el martes que el tribunal ignorará las “presiones internas o externas” al emitir su veredicto.
Sus declaraciones se producen en medio de una crisis diplomática con Estados Unidos. El presidente Donald Trump impuso el 6 de agosto aranceles punitivos a las exportaciones brasileñas por lo que calificó como una “caza de brujas” contra su aliado Bolsonaro. Además, Washington sancionó a Moraes y otros funcionarios brasileños.
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En caso de condena, la defensa y la fiscalía “tendrán hasta cinco días” para interponer un recurso de aclaración o de revisión, explicó a la AFP Thiago Bottino, profesor de derecho penal de la Fundación Getulio Vargas.
Si existen recursos de cualquier tipo, hasta que no se resuelvan, Bolsonaro no puede ingresar en prisión, según el experto. Es la primera vez que un exmandatario brasileño enfrenta cargos de esta magnitud.
“Con más apoyo por la amnistía”
“Cada vez con más fuerza y más apoyo, vamos a trabajar por la amnistía amplia, general e irrestricta en el Congreso”, dijo el martes a periodistas el senador Flávio Bolsonaro, hijo del expresidente.
El bolsonarismo impulsa desde hace meses una amnistía para su líder y para centenares de simpatizantes condenados por el 8 de enero.
Lindbergh Farias, líder del oficialista Partido de los Trabajadores en Diputados, admitió esta semana que “creció un movimiento” por la amnistía tras una visita a Brasilia del gobernador de Sao Paulo, Tarcísio de Freitas, para “colocar en discusión” el tema.
Freitas fue ministro de Bolsonaro y aparece como posible sucesor del ultraderechista para las elecciones de 2026. Cabe al presidente de la cámara baja decidir si incluir una eventual votación de la amnistía en la agenda del Congreso.
Otras dos fuerzas centristas que apoyan la amnistía, Unión Brasil y Progresistas, anunciaron que dejarán los ministerios que ocupan en el gobierno de Lula.
- Fuente: AFP
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Caso Sol Chávez: ratifican condenas de 4 y 3 años de cárcel a bioquímica y odontóloga
El Tribunal de Apelación ratificó la condena de 4 años de cárcel para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y a 3 años de pena privativa de libertad a la química farmacéutica Sandra Hermosa, enjuiciadas por el fallecimiento de la joven Sol Chávez, quien murió por intoxicación por flúor.
En el mes de mayo, en un tercer juicio oral y público, el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Juan Francisco Ortiz, Rossana Maldonado y Lourdes Garcete, condenó a Espinoza y Hermosa.
El Ministerio Público pidió 5 años de cárcel y 10 años de prohibición de ejercer la profesión de odontóloga y bioquímica.
Los padres de Chávez se habían encadenado frente al Poder Judicial exigiendo Justicia por la muerte de su hija y la aplicación de penas más justas para las acusadas que ocasionaron el lamentable hecho.
Por su parte, la madre de la joven Sol Chávez sostuvo que “recibimos la noticia que el Tribunal de Apelación confirmó las condenas dictadas por un Tribunal de Sentencia contra las dos personas condenadas por el fallecimiento de mi hija”.
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Corte ratificó condena de 10 años de cárcel para Rafael Esquivel, alias Mbururú
La sala penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 10 años de cárcel para Rafael Esquivel, alias “Mbururú”, quien fue sentenciado por un caso de invasión a una propiedad en la ciudad de Itakyry, departamento de Alto Paraná, ocurrido en agosto del año 2022. La máxima instancia judicial declaró inadmisible la casación que planteó la defensa del condenado.
La defensa de Esquivel recurrió a la Corte tratando de dejar sin efecto las resoluciones de primera y segunda instancia en las que fue condenado a 10 años de pena privativa de libertad.
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La ministra de la Corte, Carolina Llanes, mencionó que el recurso de casación exige cumplir estrictos requisitos de admisibilidad, pero la defensa del condenado no fundamentó de manera precisa cuáles fueron los errores jurídicos cometidos ni qué parte del fallo debía anularse, por lo que corresponde declarar inadmisible el recurso.
Mientras que los ministros Luis María Benítez Riera, así como Manuel Ramírez Candia, se adhirieron al voto de la ministra Llanes, quien concluyó que el recurso no cumplía con las exigencias mínimas de fundamentación.
De esta forma, se ratifica la condena de 10 años de cárcel para Esquivel. El expediente se encuentra caratulado como “Rafael Esquivel y otros s/ homicidio doloso y otros”, aunque en el caso particular del condenado la calificación legal confirmada fue por coacción grave y robo agravado.
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Corte ratifica condena para acusado por incautación de billetes venezolanos
La sala penal de la Corte ratificó la condena de 3 años y 6 meses de prisión para Bruno José Da Costa Amaral, quien fue encontrado culpable por lavado de dinero debido a la tenencia de billetes venezolanos que pretendían ser vendidos en el mercado negro. En febrero del año 2017 fueron encontradas más de 500 bolsas llenas de bolívares venezolanos de diversos valores en una residencia de la conocida familia Da Costa Amaral, de Salto del Guairá.
La defensa del condenado recurrió a la Corte buscando dejar sin efectos las sentencias de primera y segunda instancia.
La ministra Carolina Llanes sostuvo que el escrito de la defensa del condenado carece de la debida argumentación jurídica y de la exposición concreta de los agravios, tal como exige el artículo 478 del Código Procesal Penal.
En el mismo sentido votó el ministro Luis María Benítez Riera, quien se adhirió a la postura de Llanes, señalando que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación crítica y precisa, lo que lo tornaba inadmisible.
En disidencia, el ministro Ramírez Candia consideró que el recurso debía admitirse, pues la defensa había planteado cuestionamientos sobre la supuesta orfandad argumentativa de la sentencia, la violación del principio de congruencia y la valoración probatoria.
Finalmente, por mayoría de votos, la sala penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar el recurso y declarar inadmisible la casación, quedando firme la sentencia condenatoria dictada contra Da Costa Amaral en el marco de la investigación por presunto lavado de dinero.
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