Un Tribunal de Sentencia conformado por los jueces Carlos Hermosilla, Sandra Farías y Wilfrido Peralta condenó a 9 años de cárcel a Gustavo Genes, Gonzalo Rodríguez, Derlis Brítez, Erico Riquelme y Marcos Zarza, barrabravas de los clubes Olimpia y Cerro Porteño, acusados por los disturbios registrados en el 2019 en la Secretaría Nacional de Deportes (SND), donde murió de un disparo de arma de fuego Denis Saúl Carmona.
Los condenados seguirán privados de libertad hasta tanto cumplan la totalidad de sus condenas dictadas en primera instancia. Igualmente la defensa de cada sentenciado tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y, en caso de ser así, será un Tribunal de Apelación el que deberá decidir si corresponde o no confirmar la sentencia condenatoria para cada acusado.
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Los fiscales del caso fueron Hernán Galeano y Martín Morínigo, quienes arrimaron todos los elementos de prueba para que el Tribunal de Sentencia pueda dictar la sentencia condenatoria. Los mismos habían solicitado penas de 9 a 22 años de cárcel, respectivamente.
El hecho ocurrió el 30 de agosto del 2019 en el predio de la Secretaría Nacional de Deportes (SND), donde hubo un enfrentamiento entre hinchas organizados de los clubes Cerro Porteño y Olimpia, y a raíz de ello hubieron tres heridos y un fallecido, además de numerosos destrozos en el local. El hecho registrado en el citado sitio generó el repudio de la ciudadanía.
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Tras juicio oral condenan a tres autores del atentado a jefe de Comando Tripartito
Ciudad del Este. Agencia Regional.
Un tribunal de sentencia condenó a tres personas como autores del intento de homicidio del subcomisario Fernando Ariel Ruiz Díaz, cuando se desempeñaba como jefe del Comando Tripartido. El atentado se había registrado en la localidad de Juan León Mallorquín (Alto Paraná) el 25 de abril de 2022.
Los sentenciados son: Wilson Francisco Neto Pintos (32) y Andrey Nunes Silva (19), ambos de nacionalidad brasileña, recibieron fallos de 20 y 10 años de prisión. También Ever Arnaldo Cañete, paraguayo (40), fue condenado a 10 años de cárcel. Tanto Nubes Silva como Cañete fueron juzgados como cómplices.
El fiscal acusador fue Miguel Angel Alvarenga, y los cargos por los cuales recibieron el citado fallo es tentativa de homicidio doloso, asociación criminal y detentación. El tribunal estuvo integrado por Herminio Montiel (Presidente), Zunilda Martínez y Marino Méndez.
Adriano Benítez Lima también había sido acusado, pero el mismo integró la nómina de 25 brasileños de facciones criminales expulsados en el marco del operativo “Joapy”, implementado por el Ministerio de Justicia.
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Antecedentes
Los hechos se registraron el 25 de abril del 2022, a las 08:15 aproximadamente, sobre la calle Felipe Molas López, a unos 20 metros de la Ruta Py02, del distrito de Juan León Mallorquín.
Resultó víctima el subcomisario Fernando Ariel Ruiz Díaz Ortega (39), quien en ese entonces se desempeñaba como jefe del Comando Tripartito.
En esa ocasión, los tres brasileños, a bordo de una camioneta Hyundai Creta, de color gris, con chapa WHFU 683, atacaron al policía, quien circulaba en una camioneta Toyota Fortuner, chapa HBG 801.
Los criminales abrieron fuego contra Ruiz Díaz, quien descendió de su vehículo y respondió a tiros el ataque, luego se refugió en una vivienda cercana, mientras su rodado fue a parar en una cuneta.
Los atacantes desaparecieron del lugar y horas después abandonaron la camioneta Hyundai en una zona boscosa. Policías realizaron rastrillajes por toda la zona, hasta que ubicaron el vehículo abandonado y localizaron a los tres extranjeros.
Fueron aprehendidos tras un enfrentamiento a tiros con el personal policial que los rodeó en el sitio. Resultaron baleados Adriano Benítez Lima y Andrey Nunes Silva, quienes permanecieron hospitalizados por un tiempo y posteriormente fueron encarcelados.
En prosecución de la investigación, también fue privado de libertad Ever Arnaldo Cañete, quien formaba parte de la organización criminal, sirviendo de nexo con los autores directos del ataque en contra del agente del orden. Ahora están los tres condenados y uno expulsado a Brasil.
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Cámara de Apelación debe estudiar si confirma juicio oral contra exjueza Tania Irún
El tribunal de Apelación integrado por los jueces Cristóbal Sánchez, Agustín Lovera Cañete y José Waldir Servín debe resolver si ratifica la resolución del juez penal de Garantía Yoan Paúl López, quien elevó a juicio oral y público el proceso penal por el delito de prevaricato que soporta la exjueza en lo Civil y Comercial de Asunción, Tania Irún, quien habría entregado 310 mil hectáreas de tierra ubicadas en zona de seguridad fronteriza a empresas que serían de maletín.
La defensa de la exmagistrada Irún recurrió la determinación adoptada por el citado magistrado de Garantía, quien al tener suficientes elementos de prueba y a su vez la contundente acusación del fiscal General del Estado, decidió elevar a juicio oral el caso. Una vez que se destrabe el caso se deberá sortear el tribunal de Sentencia que tendrá a su cargo juzgar a la exjueza Irún. Del mismo modo, se fijará la fecha para el desarrollo de la audiencia oral en la que se expondrán todos los elementos de prueba que se tiene contra la exmagistrada civil.
Acusación
En julio pasado, la fiscal Adjunta Soledad Machuca acusó y pidió juicio oral y público para la exjueza en lo Civil Tania Irún, procesada por el delito de prevaricato. Machuca fue contundente al señalar que la exjueza obligó de forma irregular a la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial y en consecuencia habría intimado a la parte demandada, a otorgar la escritura pública traslativa de dominio de los inmuebles ubicados en el Departamento de Alto Paraguay, consistentes en 310.000 hectáreas, aproximadamente, a favor de las firmas, presumiblemente de maletín.
También señala la acusación que “como bien podrá advertirse la entonces magistrada Irún al referirse al cumplimiento de lo previsto en la ley especial N°2532/05 (que establece la zona de seguridad fronteriza de la República del Paraguay), tan sólo se habría limitado a hacer mención a lo referente al cumplimiento del artículo 2° de la ley, en lo que respecta a la nacionalidad de las personas actoras; afirmando que las mismas no serían oriundas de los países limítrofes, sin embargo en el expediente civil no existirían constancias de dichas afirmaciones”, refiere el escrito de la acusación del Ministerio Público.
Asimismo, la acusación refiere que “lo más grave es que en la sentencia no habría ninguna referencia o mención a las circunstancias establecidas en el Art. 4° de la misma ley que establece como requisito legal para aquellos que pretendan ser propietarios, copropietarios o usufructuarios de inmuebles rurales en zona de seguridad fronteriza, que las acciones sean nominativas y no endosables”.
Del mismo modo, la Fiscalía sostiene que “no existirían en el expediente civil constancias; informaciones o verificaciones de dichas circunstancias realizadas por parte de la magistrada Tania Irún al momento de dictar sentencia definitiva, en incumpliendo a la Ley 2532/05, ley especial, por la cual ordenó la transferencia de dominio de los inmuebles ubicados en el Alto Paraguay, a las empresas de maletín”, dice la acusación de la Fiscalía.
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Se inició otro juicio oral para líder del clan Rotela, acusado por narcotráfico
Comenzó el juicio oral y público para Armando Javier Rotela, líder del clan Rotela, y varios acusados por integrar una estructura para el tráfico de drogas en Asunción y Central. El tribunal de sentencia que juzga a los acusados está integrado por Inés Galarza, Pablino Barreto y Juan Dávalos. El juicio se desarrolla vía telemática es decir, los acusados desde su lugar de reclusión en el caso de Rotela desde la cárcel de Emboscada.
El fiscal del caso, Luis Said, expuso ante el tribunal de sentencia la teoría del principal acusado que es Armando Javier Rotela de cómo lideraba las actividades criminales y a su vez explicó al colegiado que Rotela tenía a gente penitenciaria a su disposición.
El juicio oral proseguirá el próximo lunes 2 de septiembre a las 07:30 con la declaración de varios testigos propuestos por el Ministerio Público.
En la causa penal están procesados Vicente Chase, Carmen Carolina Ortiz Figueredo, Fredy Pérez, Carlos Damián Fernández, Ronald Cantero, Juan Rodas y Christian Martínez Medina. El Ministerio Público acusó a las personas citadas por los hechos punibles de detentación, posesión y comercialización de drogas peligrosas y asociación criminal.
Rotela está preso hasta 2046
El Ministerio Público logró unificar las penas con medidas contra Armando Javier Rotela Ayala, sindicado como líder del clan Rotela, con lo que fue confirmado que permanecerá en prisión hasta el año 2046. El criminal fue condenado en dos causas por posesión, comercialización y tráfico de drogas peligrosas y posesión de armas de fuego, por lo que deberá compurgar una pena carcelaria de 31 años.
De acuerdo al informe emitido por la institución judicial, Rotela compurgaría inicialmente 23 años de cárcel y 8 años como medida de seguridad, hasta el 23 de julio del año 2038, y luego acumularía su medida de seguridad de ocho años, que llega hasta el año 2046. Actualmente está recluido en una prisión con medidas especiales en Emboscada, tras ser trasladado en diciembre pasado desde Tacumbú por el operativo Veneratio, que desarticuló su grupo criminal en la penitenciaría.
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Posponen inicio de juicio oral de odontóloga y otro acusado por la muerte de la niña Thirza
El Tribunal de Sentencia integrado por Celia Salinas, Víctor Alfieri y Olga Ruiz pospuso el inicio del juicio oral y público por pedido del Ministerio Público para los acusados Sandra Obertino Leguizamón y Adrián García Servín, acusados por el homicidio culposo luego del fallecimiento de la niña Thirza Belén, quien murió tras un procedimiento odontológico.
La audiencia oral se pospuso porque se espera incluir en el juzgamiento al tercer acusado de esta causa, que es el endodoncista Vicente Cabrera, quien deberá enfrentar la audiencia preliminar donde se definirá si también estará sentado en el banquillo de los acusados.
De acuerdo a la investigación, el 12 de noviembre de 2021, en el consultorio odontológico Mommy Dent, que no se encuentra habilitado por el Ministerio de Salud, ubicado en las calles Acahay 1030 casi Teniente Villalba, en el barrio Loma Pytã de Asunción, la odontóloga Sandra Obertino Leguizamón habría realizado un tratamiento de conducto dental a la menor de 9 años, Thirza Belén Portillo Franco.
Según la investigación del Ministerio Público, los padres de la niña abonaron a la odontóloga la suma de G. 3.350.000 en concepto del tratamiento odontológico, ya que Obertino habría sido la encargada de todo el trabajo que le había realizado a la niña.
Igualmente, describe el documento de la Fiscalía que a la niña le administraron sedantes y anestesia, y posterior a la sedación realizada a Thirza Portillo ya no habría despertado, produciéndose su muerte por paro cardiorrespiratorio secundario a shock anafiláctico, siendo las 11:00.
Asimismo, se cuenta con el acta de allanamiento de fecha 13 de noviembre de 2021, realizado en el consultorio odontológico Mommy Dent, de donde se levantó del basurero una ampolla vacía y rota con la inscripción Fornitil y de uso exclusivo del IPS. Medicamento que presumiblemente se habría utilizado en el procedimiento realizado a la menor por parte de Obertino y García.
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