A partir de hoy 3 de enero comienza la feria judicial, que se extenderá hasta el próximo 31 de enero. Desde la Corte Suprema de Justicia se garantiza la atención al público para los servicios básicos durante el receso judicial, que afectará a las circunscripciones judiciales de todo el país. Asimismo, se designó a los jueces que atenderán durante la feria judicial.
Entre los servicios que se garantizarán están los planteamientos que se hagan en el Juzgado en lo Laboral, Tribunal de Apelación, Juzgado de la Niñez y Adolescencia, Justicia Letrada, Defensoría, Liquidación y Sentencia, Juzgado Penal de Garantías y Ejecución Penal. La atención también se mantendrá en las oficinas de Atención Permanente, Legalizaciones, Informaciones y Garantías Constitucionales, respectivamente.
Asimismo, en el ámbito penal, durante el receso judicial solo se podrán analizar los pedidos de revisión de medidas cautelares; es decir, si una persona está privada de su libertad y su defensa ofrece nuevos hechos y elementos dentro del expediente judicial que ameriten estudiar la libertad, dicho pedido será estudiado y resuelto por el juez de feria. También se podrán presentar amparos. En el fuero civil también estarán magistrados que puedan entender las demandas que se promuevan en dicha instancia.
Igualmente, funcionarán normalmente la Dirección General del Registro Público y la Dirección del Registro Automotor. Del mismo modo, se mantendrán las mediadas sanitarias vigentes para el ingreso a la sede judicial de Sajonia así como en las demás circunscripciones judiciales del país.
Podés leer: Tapabocas de oro: suspenden audiencia preliminar de extitular de la Dinac
Dejanos tu comentario
MUVH habilita oficina de consultas ante gran interés en Che Róga Porã
El ministro de Urbanismo, Vivienda y Hábitat, Juan Carlos Baruja, oficializó la apertura de la Oficina de Atención al Público del programa Che Róga Porã, ante el gran interés generado en este icónico proyecto que pretende propiciar soluciones habitacionales a la clase trabajadora. La misma está abierta desde este lunes 24 de junio, en la sede del Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH).
“Muy contentos de contar con nuestra oficina propia para recibir a los ciudadanos que están interesados, de modo a informarles sobre los proyectos pero también capacitarles en educación financiera para que sepan exactamente el monto de las cuotas”, expresó durante conferencia de prensa.
La oficina está ubicada en las calles Mariscal López y Brasil, donde las personas podrán acercarse personalmente para realizar consultas, adentrarse en los proyectos disponibles, calcular los posibles montos a ser financiados y las cuotas, conforme indicó el ministro. Se podrá acceder a financiamiento de hasta 30 años de plazo, tasa de interés de 6,5 % para personas con ingresos de 1 hasta 4 salarios mínimos.
Proyectos disponibles desde el 12 de julio
Con relación a la fecha de habilitación de los proyectos disponibles, el titular de la cartera habitacional indicó que a partir del viernes 12 de julio, empezará a entrar en funcionamiento la plataforma www.cherogapora.com.py para el ciudadano interesado que quiera adquirir su propia vivienda.
Baruja aclaró que la oficina de atención al público ya estará abierta para recibir orientación respecto al programa, a modo de conocer el mecanismo de acceso a la vivienda a través de este proyecto del MUVH. La idea es que los interesados puedan ir preparando las documentaciones necesarias, los ingresos y egresos posibles para cuando los proyectos estén disponibles.
El ministro explicó que el modelo desarrollado para Che Róga Porã, en la plataforma ya estarán incluidos los precios de la vivienda con el terreno, para que los interesados puedan elegir ya sea por precio o por ubicación además de las opciones de financiamiento y cuota en base a los ingresos.
Es decir, esta etapa preparativa fue pensada especialmente para brindar esa asistencia a la ciudadanía, lo cual será crucial para que puedan tomar la decisión a la hora de solicitar su casa propia. Respecto a la ubicación de las viviendas, Baruja explicó que depende de las empresas desarrolladoras que son las que plantean las propuestas, y el ciudadano elegirá la que más le gusta o convenga.
Dejanos tu comentario
Senado posee atribución para no dar lugar a decisión de la Corte sobre Kattya González
El abogado constitucionalista, Theodore Stimson, conversó con La Nación/Nación Media acerca de la recomendación de la Fiscalía a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para hacer lugar a la acción de inconstitucionalidad planteada por Kattya González, tras su expulsión del Senado.
“La Cámara de Senadores no debe dar lugar a una aberrante orden inconstitucional. La ley 609/95, que organiza la CSJ dice claramente que la Corte no debe dar trámite a una acción política no justiciable como esta, por lo cual se debía rechazar in limine, cosa que no hicieron”, refirió.
El letrado explicó que esta ley protege a cada Cámara en su doctrina de establecer su propio procedimiento, definir sus sanciones y decidir su palabra final en la materia. Por ello, no corresponde siquiera dar lugar a mandatos u órdenes de otros poderes ante acciones netamente políticas.
“Al ser una cuestión política, no es justiciable. Es decir, la Corte no puede revisar la decisión y tampoco la Fiscalía puede recomendarlo porque ya la Constitución atribuye a cada Cámara aplicar la sanción que considere correspondiente sobre sus miembros y ningún otro poder puede intervenir sobre eso”, dijo.
Lea más: El PLRA se prepara para la reforma de su estatuto
Decisión final corresponde al Senado
Stimson remarcó que, en el caso de las Cámaras del Congreso, al decidir sobre alguna sanción o expulsión de alguno de sus miembros, desarrolla acciones correspondientes a su propio criterio político. Además, indicó que la orden de la Corte finalmente deberá ser enviada al Senado para su posterior estudio.
“Es decir, de todos modos el Senado posee las atribuciones tanto de estudiar y posteriormente rechazar la orden de la Corte, lo cual debería hacerse, o directamente de no colocar en el orden del día y no tratar la decisión ante el pleno; la Corte no puede ordenar al Senado”, afirmó.
La inconstitucionalidad
Stimson explicó que los casos de inconstitucionalidad que involucran a otros poderes como el Ejecutivo o el Legislativo, habitualmente son enviados a la Fiscalía con el objetivo de conocer su postura, ante la posibilidad de observarse alguna afectación sobre derechos humanos.
“Pero este caso no es uno de derechos humanos, sino del funcionamiento de una institución del Estado. Cada entidad pública tiene esferas propias de su gobierno interno y redacta su reglamento interno”, expresó, aclarando otra disposición de las Cámaras, como establecer las sanciones que considere pertinentes.
Dejanos tu comentario
Corte estudia acción de inconstitucionalidad de Mousques
La sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros César Diesel, quien tras el sorteo salió preopinante, Víctor Ríos y Gustavo Santander, debe estudiar si corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad promovida por Gisele Mousques.
Mousques recurrió a la máxima instancia judicial para dejar sin efecto la resolución de la jueza Rosana Frutos, quien actuó en grado de apelación y revocó el fallo de la jueza de Paz Gloria Machuca, quien había admitido la denuncia por violencia contra la mujer por parte del empresario Cristhian Chena y la firma Resumen de Noticias.
El ministro Diesel será el preopinante sobre la admisibilidad de la acción de inconstitucionalidad presentada por Mousques. A su vez, se tendrá una resolución de la sala constitucional de la Corte sobre si se anula el fallo de la jueza Frutos y queda firme la resolución de primera instancia, donde se ha encontrado responsable de violencia contra la mujer a Chena.
Te puede interesar: La Niña aparecería desde julio con temperaturas más frías
La resolución de segunda instancia que revoca el fallo dictado contra Chena es claramente una violación de los derechos constitucionales, específicamente el artículo 256, y en consecuencia a los derechos a la dignidad, honor, reputación, igualdad entre hombre y mujer; además de la obligación del Estado de fomentar las leyes que protegen a la mujer, había señalado la abogada Margarita Heralesky al momento de presentar la acción de inconstitucionalidad.
Igualmente, se deja constancia en la presente acción de inconstitucionalidad que la jueza Frutos, quien actuó en grado de apelación en este caso, se apartó del objeto de debate y de la ley de protección integral a la mujer, porque debió estudiar si existe o no violencia y si esa violencia se configura con la conducta del denunciado Chena.
Fallo de primera instancia
La jueza de Paz Gloria Machuca encontró culpable al empresario Cristian Chena de haber cometido violencia contra la mujer, delito establecido en la Ley 5777/16, siendo víctima Gisele Zuni Mousques. De acuerdo al fallo judicial, Chena no podrá realizar publicaciones o referirse a Mousques en sus redes sociales, medios digitales y otros similares que sean de su propiedad, ya sea de manera directa o indirecta durante 365 días.
Dejanos tu comentario
Estudian si admiten acción de Mousques
La sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros César Diesel, quien tras el sorteo salió preopinante, Víctor Ríos y Gustavo Santander, debe estudiar si corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad promovida por Gisele Mousques, quien recurrió a la máxima instancia judicial para dejar sin efecto la resolución de la jueza Rosana Frutos, quien actuó en grado de apelación y ha revocado el fallo de la jueza de Paz Gloria Machuca, quien había admitido la denuncia por violencia contra la mujer contra el empresario Cristhian Chena y la firma Resumen de Noticias.
El ministro Diesel será el preopinante sobre la admisibilidad de la acción de inconstitucionalidad presentada por Mousques para luego de dicho paso estudiar el fondo de la cuestión que se plantea y a su vez se tendrá una resolución de la sala constitucional de la Corte sobre si se anula el fallo de la jueza Frutos, quien actuó en grado de apelación y queda firme la resolución de primera instancia donde se ha encontrado responsable de violencia contra la mujer a Chena.
La resolución de segunda instancia que revoca el fallo dictado contra Chena es claramente una violación de los derechos constitucionales, específicamente el artículo 256, y en consecuencia a los derechos a la dignidad, honor, reputación a la igualdad entre el hombre y la mujer y la obligación del Estado de fomentar las leyes que protegen a la mujer, había señalado la abogada Margarita Heralesky al momento de presentar la acción de inconstitucionalidad.
Igualmente, se deja constancia en la presente acción de inconstitucionalidad que la jueza Frutos, quien actuó en grado de apelación en este caso, se apartó del objeto de debate y del objeto de la ley de protección integral a la mujer porque aquí lo único que se debió estudiar es si existe o no violencia, y si esa violencia se configura con la conducta del denunciado, es decir, de Chena y en ninguna parte de la resolución de la magistrada Frutos se visualiza el análisis alguno de eso; es más, se apartó del análisis del debate.
FALLO DE PRIMERA INSTANCIA
La jueza de Paz Gloria Machuca encontró culpable al empresario Cristian Chena de haber cometido violencia contra la mujer, delito establecido en la Ley 5777/16, cuya víctima es Gisele Zuni Mousques. De acuerdo al fallo judicial, Chena no podrá realizar publicaciones o referirse a Mousques en sus redes sociales, medios digitales y otros similares, que sean de su propiedad, ya sea de manera directa o indirecta durante 365 días, es decir, un año.