El Tribunal de Apelación hizo lugar a la extinción de la acción penal contra Óscar González Daher, quien falleció, pero se dispuso que los demás procesados enfrenten un nuevo juicio oral y público por el caso conocido como audio filtrados del JEM. Foto: Gentileza.
Audios JEM: Cámara extingue acción penal contra OGD y dispone nuevo juicio oral para demás acusados
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El Tribunal de Apelación integrado por los camaristas José Agustín Fernández, Arnulfo Arias y Gustavo Auadre hizo lugar a la extinción de la acción penal contra el exsenador colorado Óscar González Daher debido a que el mismo falleció. El presente fallo es en el marco de la condena de dos años con suspensión de la ejecución de la pena por la filtración de audios en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Asimismo, el colegiado anuló parcialmente el fallo dictado en primera instancia y dispuso que el exsecretario del JEM y el abogado Carmelo Caballero enfrenten nuevamente un juicio oral y público por los hechos punibles de tráfico de influencias y asociación criminal. También se ratificó la absolución de culpa y pena del exsenador Jorge Oviedo Matto.
Ahora la defensa de Caballero puede recurrir a la Corte Suprema de Justicia buscando anular las sentencias de primera y segunda instancia, respectivamente.
El tribunal de sentencia en mayoría conformado por los jueces Juan Carlos Zárate, María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro habían sentenciado a dos años de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena a González Daher, mientras que el abogado Caballero fue sentenciado a 1 año y 8 meses con suspensión de la ejecución de la pena y Raúl Fernández Lippman fue condenado a dos años de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena.
Dispositivos del clan Rotela podrían revelar una serie de hechos punibles
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El Tribunal de Apelación ratificó la orden judicial mediante la cual se dispone la extracción de datos de más de 300 dispositivos incautados del poder del clan Rotela en el operativo Veneratio. El juez José Agustín Fernández indicó que decidieron ratificarse debido a la relevancia de los datos que podrían obtenerse en todos los aparatos electrónicos.
“Esos documentos incautados son valiosísimos porque sabemos todo lo que implica esa vida que se lleva en los centros penitenciarios y los usos que tienen estos materiales electrónicos, además de la vinculación que podría tener con una serie de hechos punibles, entonces por eso se pidió esa autorización judicial. Se manifestó la oposición de parte de los propietarios, en este caso los investigados, y nosotros ratificamos la medida otorgada por el juez”, sostuvo.
En el operativo se incautaron 308 celulares, dos tablets, 10 pendrives, dos notebooks y dos computadoras, por lo que el Ministerio Público solicitó que estos dispositivos puedan ser revisados en el marco de la investigación abierta contra los integrantes del clan. El juez afirmó ante la 650 AM que el Tribunal entendió la importancia de acceder a los datos que contienen los dispositivos.
“Es lo que sencillamente la lógica y el sentido común imponen y mucho más las leyes procesales que autorizan en virtud a los principios que rigen, en este caso, el material probatorio, porque estos van a ser instrumentos de prueba y esto fue lo que decidimos por unanimidad”, indicó el magistrado quien integra el Tribunal.
Los demás miembros del Tribunal de Apelación son Delio Vera Navarro y Viviana Benítez quienes estuvieron de acuerdo en ratificar la autorización para la extracción de datos los celulares, computadoras y otros dispositivos. Esta decisión se había adoptado en primera instancia, pero uno de los imputados en el marco del operativo Veneratio apeló la resolución del juez penal de Garantías Yoan Paul López.
Ratifican extracción de datos de celulares incautados del Clan Rotela
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El Tribunal de Apelación integrado por Delio Vera Navarro, Viviana Benítez y José Fernández confirmó la extracción de datos de 308 teléfonos celulares que fueron incautados del Clan Rotela. Esta decisión se había adoptado en primera instancia, pero uno de los imputados en el marco del Operativo Veneratio apeló la resolución del juez penal de garantía Yoan Paul López.
En la fecha, el tribunal de apelación tomó la decisión de ratificar la resolución de López Y Además de los teléfonos celulares, se extraerán datos de dos tables, 10 pendrives y dos computadoras incautadas del poder de Armando Javier Rotela y otros 8 reclusos que soportan procesos penales por transgresión a la ley de armas, asociación criminal y motín de internos.
Ahora, el expediente volverá al Juzgado a cargo de López para que el perito del Ministerio Publico realice la extracción de datos en el marco de la investigación del Operativo Veneratio.
Con el operativo se logró el traslado de 708 personas, entre ellas, integrantes del Clan Rotela. Los reclusos fueron llevados al Comando del Ejército, al Comando de Artillería de Paraguarí, al Comando de Infantería de Villarrica y a la Agrupación de las Fuerza de Operaciones Policiales Especiales (Fope).
Se reportó 15 personas heridas y 11 fallecidos, entre ellos el suboficial del Grupo Lince, Martín Mendoza, de 30 años, quien fue herido gravemente en la cabeza y llegó sin signos de vida al Hospital Rigoberto Caballero. El agente se convirtió en uno de los emblemas del operativo, puesto que dio su vida en cumplimiento de su labor.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dio trámite a la acción de inconstitucionalidad presentada por la exsenadora Kattya González, que fue destituida tras ser acusada por sus excolegas por tráfico de influencias; y resolvió rechazar la medida cautelar de González, que pretendía volver al Senado.
El pasado 27 de febrero, a través de sus abogados, González recurrió a la máxima instancia judicial para presentar una acción de inconstitucionalidad y buscar la nulidad de la resolución que la despojó de su investidura el pasado 15 de febrero.
En aquella oportunidad, un total de 23 senadores acompañó la expulsión de González, se registraron siete abstenciones y 15 ausencias. Con esta resolución, la Corte Suprema mantiene a Kattya fuera del Senado.
En el libelo acusatorio se mencionó el caso de planillerismo de los asesores de la parlamentaria, Soledad Blanco y José Torales; este último se desempeñaba como presidente del Partido Encuentro Nacional (PEN) y era funcionario de la Contraloría General de la República (CGR).
Torales percibía doble salario por parte del Estado, configurando el hecho una situación irregular, sin mencionar que contaba con el beneficio atribuido por la senadora González para no marcar su ingreso y salida del Senado. En ambos casos, se argumentó la inducción de la exsenadora.
El juez penal de Garantía, Diego Corbeta, luego del acuerdo entre los familiares de Natalia Godoy y Florencia Romero extinguió el proceso penal. Foto: Archivo
Familia de Natalia Godoy concilió con la acusada y la acción penal se extinguió
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El juez penal de Garantía de Fernando de la Mora, Diego Corbeta, hizo lugar a la extinción de la acción penal por conciliación entre la acusada y los familiares de la joven fallecida, Natalia Godoy. Con el acuerdo entre las partes se archiva el proceso penal.
La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia preliminar llevada a cabo en el juzgado penal de Garantía de Fernando de la Mora. La misma anteriormente fue suspendida por varios motivos, pero en la fecha, luego del acuerdo entre las partes se desarrolló la diligencia judicial y culminó el presente caso.
Florencia Romero fue beneficiada en su momento con arresto domiciliario, hace 3 años aproximadamente y su defensa ofreció un resarcimiento económico a la familia Godoy, propuesta que fue aceptada por la familia de la joven víctima.
Romero atropelló y mató en estado de ebriedad a la joven madre Natalia Godoy en octubre de 2020, cuando la misma se encontraba en una parada de ómnibus sobre la Avenida Mariscal López casi Santa Teresa, esperando una unidad de transporte público de pasajero para ir a su lugar de trabajo. El caso generó bastante indignación en la ciudadanía e incluso los amigos y familiares de Godoy se manifestaron frente a la sede judicial de Fernando de la Mora.