El fiscal Guillermo Sanabria presentó imputación contra un hombre por los hechos punibles de violación y deber del cuidado, omisión de auxilio y violencia familiar, tras ser denunciado por la situación de insalubridad en la que se encontraba una niña de 2 años y 6 meses, hija del imputado y a cuyo cargo estaba la víctima.
La niña fue atendida en un centro asistencial donde se le detectó pediculosis, escabiosis y miasis. Así también se le extrajo 250 unidades de larvas de gusanos. El procedimiento quirúrgico debió ser realizado bajo sedación y ahora la víctima se encuentra en observación. Otras dos niñas también fueron rescatadas, que también presentaban cuadros médicos, así como pediculosis, escabiosis y escoriaciones.
Funcionarios de la unidad fiscal a cargo del agente fiscal Sanabria se constituyeron en la vivienda donde se pudo verificar el estado de abandono en el que vivían las niñas.
Ahora será un juzgado penal de garantías el que tendrá que convocar al imputado para la audiencia de imposición de medidas cautelares, donde se definirá si el padre de las niñas será remitido a una penitenciaría o será beneficiado con medidas alternativas a la prisión.
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Sucesivas chicanas de Miguel Prieto en caso Tía Chela señalan “una mala fe procesal”
El fiscal Silvio Corbeta describió que, desde la imputación del destituido intendente esteño Miguel Prieto, su defensa técnica presentó varios incidentes, se intentó desprestigiar la labor del Ministerio Público pese a las pruebas institucionales, y se buscó mover el expediente a Ciudad del Este, fuera de la competencia especializada. El 20 de agosto, la Corte destrabó el caso Tía Chela y se habilitó al juez Humberto Otazú para fijar fecha para la audiencia preliminar en que se resolverá si los acusados van a juicio oral y público.
“Cuando el Ministerio Público formuló la imputación (el 19 de julio de 2023), la defensa de Prieto realizó numerosas declaraciones diciendo y señalando que hubo dictámenes favorables de la Contraloría acerca de esta licitación en particular, pero hoy en día se sostiene totalmente lo contrario. Constantemente se intenta desprestigiar el trabajo que hemos realizado, señalando una suerte de persecución político, judicial, siendo que todas las informaciones se basan en elementos de administraciones anteriores, incluso, cuando él fue procesado, ni siquiera este gobierno asumió y no tiene sentido sostenerlo“, afirmó Corbeta, este viernes, en una entrevista con el programa “Así son las cosas” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
El fiscal de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción detalló que, para la formulación de la imputación, el equipo fiscal tuvo a consideración los dictámenes emitidos por la Contraloría General de la República (CGR), la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) y la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), que evidenciaron graves inconsistencias en el proceso de la compra de 25.000 cestas de alimentos, durante la pandemia, a través de la firma proveedora Tía Chela SRL, estimando un perjuicio patrimonial de G. 1.769.790.000 para la Municipalidad de Ciudad del Este.
“La causa judicial se encontraba paralizada, pero eso no respondía a una cuestión aleatoria, sino a cuestiones dilatorias que fueron presentadas en su momento. En este sentido, la primera situación que nunca se pudo concretar en la investigación es la aplicación de medidas cautelares, entonces, uno difícilmente pueda solicitar o obligar a los procesados a ser sometidos a las prerrogativas del caso. Lo primero que se realizó fue evitar la aplicación de medidas cautelares que fueron solicitadas con la imputación del Ministerio Público en julio del 2023″, recordó Corbeta.
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“Montón de incidencias”
El agente fiscal mencionó que “cuando el Ministerio Público acusa, allá por junio del 2024, inmediatamente se presentaron acciones de inconstitucionalidad para detener el proceso. La Corte Suprema de Justicia nunca otorgó ningún tipo de medida cautelar para suspender el curso del proceso y, lógicamente, por una simple presentación de una acción no es motivo suficiente para suspender las resultas del proceso”.
“Presentaron un montón de incidencias con el objeto de que la causa sea derivada fuera de la competencia natural del juzgado, en este caso, es una competencia especializada en la materia de delitos económicos y siempre han intentado llevar el expediente en Ciudad del Este y todas estas cuestiones son hoy en día consideradas como actos que responden a una mala fe procesal”, puntualizó Corbeta.
Los procesados en la causa son Miguel Prieto Vallejos y Francisco Raimundo Arrúa Álvarez, en calidad de autores. En tanto, Buenaventura Morínigo, Emili Vanessa Florentín Páez, Robert Osmar Florentín Silvero, Maggi Elizabeth Fariña Almada, Sebastián Martínez Insfrán, Alex Samhat, Higinio Acuña, Cirle Elizabeth Alcaraz Ramírez y Nelson Alexis Segovia Acevedo están sindicados por el hecho de lesión de confianza, administración en provecho propio, en calidad de cómplices y de asociación criminal, en calidad de coautor.
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Chicanas de Prieto impiden el avance de sus causas judiciales, afirma fiscal Corbeta
El fiscal Silvio Corbeta, de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, afirmó que las causas judiciales por corrupción que pesan sobre el destituido intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, no pueden avanzar debido a las reiteradas chicanas que impulsa el líder del movimiento Yo Creo, con 50 denuncias y dos imputaciones.
“El Ministerio Público se tropieza con muchas dificultades, hacemos lo que podemos para llegar a resultados concretos. Nosotros entendemos que existe una suerte de preocupación (por la lentitud), pero hacemos nuestra labor con la mayor objetividad”, dijo Corbeta, este miércoles, en una entrevista con el programa “Arriba hoy” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Prieto se encuentra imputado por lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal. El dirigente opositor está sospechado de haber liberado recursos del municipio mediante licitaciones públicas direccionadas a empresas amigas. Según la investigación de los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y María Verónica Valdez, se habla de un perjuicio patrimonial que ascendería a la suma de G. 306.188.500 por el pago concretado por mercaderías inexistentes.
En la causa se menciona que el dirigente político, entre el mes de marzo y junio del 2020, con la colaboración de los miembros de su estructura, supuestamente habrían convocado y promovido una licitación por la vía de la excepción para la adquisición de insumos para la fabricación de panificados para familias de escasos recursos, con supuestos fines sociales, ante la entonces crisis sanitaria generada por la pandemia de covid-19.
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Kits de alimentos
De acuerdo a los elementos recabados por el equipo de agentes fiscales, todo el proceso de compra pública estaría direccionado y amañado a los efectos de favorecer a una estructura jurídica que sería funcional a Prieto. En un caso previo, el Ministerio Público lo imputó por presunta compra amañada de 25.000 kits de alimentos, causando un perjuicio patrimonial de G. 1.769 millones a la Municipalidad de Ciudad del Este, también durante la pandemia del covid.
“Las investigaciones avanzan en la medida de lo posible, pero estamos ante reiteradas chicanas que nos dejan temporalmente fuera de las causas. En el caso Costanera, por ejemplo, fuimos recusados dos veces en cuestión de días, incluso por personas que ni siquiera guardan relación directa con el proceso”, refirió el agente fiscal.
Asimismo, siguió sosteniendo que “hay causas en etapa de acusación, como el caso Tía Chela y el de Tajy, pero seguimos dependiendo de pericias técnicas contables y de obras para avanzar. Sin esos informes, resulta imposible llegar a imputaciones sólidas”.
El agente fiscal comentó que fueron establecidos dos equipos de la Unidad de Delitos Económicos para investigar los hechos punibles atribuidos a Prieto. Por una parte se encuentra Corbeta junto con sus colegas Jaime Adle y Verónica Valdez; y, por otra, figuran Néstor Coronel, Marlene González y Luz Guerrero. Entre ambos equipos llevan 33 investigaciones. Las restantes están a cargo de fiscales de Ciudad del Este por tratarse de delitos ordinarios.
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Horror en Trinidad: hallan sin vida a una mujer y el dueño de casa está desaparecido
Un cuerpo en avanzado estado de descomposición fue encontrado dentro de una vivienda en el barrio María Auxiliadora, de Trinidad. La víctima fatal es una mujer, cuya identidad aún no fue confirmada. El dueño de la vivienda, un hombre de 43 años, se encuentra desaparecido.
La Policía detuvo a una persona quien sería la pareja sentimental de la víctima. Igualmente, ya intervino el Ministerio Público que investigará el terrible suceso.
De acuerdo a los primeros datos, la mujer habría fallecido ya hace una semana. También se maneja la información de que en la casa estaban otras personas, entre ellas dos adolescentes.
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La dueña de la vivienda denunció la desaparición de su hijo, quien estaba ocupando la casa. Según relató, acudió al lugar para colocar un portón debido a refacciones y pidió a un cerrajero abrir dos habitaciones del fondo. En una de ellas descubrió el cuerpo sin vida de una mujer.
La mujer explicó que en el domicilio había personas desde hacía unos 20 días, pese a que ya le había advertido a su hijo que no las quería allí. Aseguró que la llave de la habitación donde estaba el cadáver siempre estuvo en manos del detenido.
Indicó además que su hijo está sin trabajo desde el domingo. También mencionó que la víctima era una mujer mayor, aparentemente consumidora de drogas, y que junto a ella se encontraban dos adolescentes de 12 y 13 años, aunque aún no hay detalles sobre su situación.
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Padres que no vacunen a sus hijos pueden ser imputados por violación del deber del cuidado
Los padres que no vacunen a sus hijos se exponen a una imputación penal por violación del deber del cuidado y más grave aún es, si el niño, niña o adolescente adquiere la enfermedad y llega a fallecer. El caso se podría ampliar al grave hecho punible de homicidio doloso”, explicó el juez Penal de Garantía, Rolando Duarte.
“Los padres que no vacunen a sus hijos se exponen a ser imputados por violación del deber del cuidado y pongo como ejemplo que a los niños no se les ponga una vacuna y luego adquieren la enfermedad dado que el Estado paraguayo gratuitamente pone la vacuna, pero los padre por creencias religiosas u otros motivos no le llevan a ponerse la vacuna a sus hijos, y en ese caso sí es imputable por el delito de violación del deber del cuidado porque existe un daño físico”.
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Agregó que “sería más grave si a falta de una vacuna la criatura a fallece, también se podría ampliar el caso a homicidio doloso porque la Constitución Nacional es clara que obliga a cuidar a los hijos”, manifestó el magistrado.
Añadió que “la obligación de vacunar deriva del artículo 6 de la ley 4621/15 Nacional de Vacunas y a eso se denomina posición de garante en términos jurídicos, que es la obligación de los padres”, explicó el juez Duarte.
El hecho punible de violación del deber del cuidado tiene una expectativa de pena de hasta tres años de cárcel o multa.
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