Rosmary González, quien realizó la denuncia que posibilitó la imputación contra Enrique Ortuoste y Arivaldo Domínguez, directivos de la firma Empo que fueron procesados penalmente por producción de documentos no auténticos y estafa, solicitará a la jueza penal de Garantías que resuelva dar trámite de oposición al sobreseimiento definitivo de los dos imputados.
“Cuando se realice la audiencia y si me dejan participar de la misma me voy a oponer al sobreseimiento definitivo de los directivos de Empo”, señaló González. Agregó que “tengo confianza en la Justicia porque la jueza está actuando bien y espero que le dé trámite de oposición al blanqueamiento de los dos directivos de Empo”.
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Este viernes 29 de enero a las 12:00 se tendrá que realizar la audiencia preliminar para Ostuoste y Domínguez Queiroz. La mencionada diligencia judicial se desarrollará ante la jueza penal de Garantías Hilda Benítez, quien tendrá que definir si se opone al sobreseimiento definitivo de ambas personas o hace lugar al pedido del Ministerio Público.
Llamativamente, la Fiscalía no encontró ningún elemento contra los procesados y, por ende, solicitó desvincularlos del caso.
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Jueza decretó la prisión en Tacumbú de imputado por muerte de joven futbolista
La jueza penal de Garantía de turno Clara Ruiz Díaz decretó la prisión preventiva de Jesús Roa alías “Kapeluki”, imputado por el homicidio del joven futbolista Ismael D. El imputado guardará reclusión en la cárcel de Tacumbú.
La resolución de la referida magistrada se dio a conocer luego de la audiencia de imposición de medidas cautelares, donde se estudió la situación procesal del imputado y se resolvió decretar la prisión preventiva de Roa alias Kapeluki.
Además de Roa, el Ministerio Público imputó a otros tres menores sindicados como participantes de la fatal gresca días atrás durante un partido de fútbol de categorías inferiores entre Boquerón del Barrio San Pablo y el club Nacional de San Bernardino.
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En el caso de los menores imputados, los mismos deberán ser citados por el juzgado penal Adolescente que tendrá que estudiar si corresponde que los menores guarden reclusión o estén con medidas.
Al imputado adulto el Ministerio Público le atribuye el golpe brutal que le causó la muerte a Ismael D., utilizando en antebrazo, y tal situación se pudo tener indicios con las declaraciones de testigos.
La investigación refiere que Roa González ocupaba el cargo de aguatero del equipo de Boquerón y supuestamente habría actuado en forma premeditada, elemento que deberá ser corroborado o descartado durante la etapa investigativa.
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Rechazan permiso para trabajar y ratifican arresto domiciliario de Luis Montanaro
La jueza penal de garantía Alicia Pedrozo rechazó el pedido de permiso para trabajar y ratificó el arresto domiciliario del empresario Luis Augusto Montanaro Bedoya, procesado por lesión del derecho a la comunicación y la imagen por presumiblemente filtrarse contenidos sexuales sin consentimiento.
La defensa del procesado tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación quien tendrá que analizar y decidir si corresponde confirmar la resolución firmada por la jueza Alicia Pedrozo.
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Actualmente, Montanaro guarda reclusión domiciliaria en un edificio céntrico de Asunción. Asimismo se dispuso varias reglas de conducta, como la prohibición de salida del país, prohibición de cambiar de domicilio, la obligación de acudir a la audiencia preliminar y una fianza real de G. 990 millones.
De acuerdo a la investigación, en fecha 10 de julio de 2024, Montanaro Bedoya habría compartido sin consentimiento a través de distintas plataformas de mensajería numerosas imágenes y vídeos de carácter sexual, presuntamente de su expareja.
Este hecho motivó que se realice la denuncia que descubrió el ilícito. La defensa del imputado puede apelar el fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que analizará si corresponde confirmar la resolución de la magistrada de Garantías.
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El JEM investiga a jueza de Encarnación por mal desempeño en sus funciones
La presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Alicia Pucheta, solicitó copias completa del expediente caratulado “Banco Río S.A.E.C.A. c/ Sergio Luiz Tosetto s/ Acción Ejecutiva” en el que la jueza en lo civil y comercial Nilda Concepción Benítez Caballero fue denunciada por mal desempeño en sus funciones.
Una vez que se remitan las copias del expediente judicial, los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados deberán estudiar si corresponde iniciar el enjuiciamiento contra la magistrada. Los integrantes del JEM son Alicia Pucheta, Orlando Arévalos, Derlis Maidana, Enrique Berni, Manuel Ramírez Candia, Alejandro Aguilera, César Garay y Mario Varela. Los mismos tendrán que estudiar si corresponde enjuiciar a la citada magistrada.
Días atrás el rematador público Raúl Sosa Navarro formuló acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados en contra de Nilda Concepción Benítez Caballero, jueza en lo civil y comercial 4to Turno de la ciudad de Encarnación, Itapúa.
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En la denuncia presentada por Sosa Navarro ante el órgano juzgador de magistrados, refiere que el 18 de julio del presente año, estaba programada la subasta pública ordenada en el expediente caratulado “Banco Río S.A.E.C.A. c/ Sergio Luiz Tosetto s/ Acción Ejecutiva que se tramita ante la referida magistrada, pero al revisar el expediente se encontró con una providencia de suspensión de la subasta emitida en respuesta a una solicitud de suspensión presentada por Daniela Tosetto Casaril, sucesora del Sergio Luiz Tosetto, quien había comunicado el fallecimiento del demandado mediante el acta de defunción adjunta.
Asimismo, el escrito de acusación refiere que “la jueza Nilda Concepción Benítez Caballero, en una clara muestra de negligencia y omisión de sus deberes, ordenó la suspensión de la subasta sin observar lo estipulado en el Art. 167 del Código de Organización Judicial (C.O.J.), que establece que el peticionante de la suspensión de un remate deberá consignar la suma que el juzgado fije para el reembolso al rematador de los gastos de publicación o transporte de las cosas, más el cincuenta por ciento de la comisión que le correspondería de haberse llevado a cabo la subasta”, señala el documento.
Igualmente dice el escrito que “el accionar de la magistrada generó un perjuicio económico significativo, superando los G. 20 millones debido a los costos asociados con la publicación de edictos realizada en un medio escrito.
“El daño económico ocasionado no solo se limita a los costos directos de publicación, sino que también ha afectado mi reputación profesional y la de mis colegas, creando un entorno de desconfianza e incertidumbre en el ejercicio de nuestra profesión. La falta de consideración por parte de la magistrada y el incumplimiento de los procedimientos legales han puesto en riesgo la credibilidad y el prestigio de nuestro desempeño en el ámbito profesional”, refiere.
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Absuelven de culpa y pena al actor David Aaron Weil
La jueza de sentencia, Mesalina Fernández, absolvió de culpa y pena al actor y conductor del programa “Cuenta Final “ del canal GEN, David Aaron Weil Cáceres, quien fue querellado por difamación por el director del teatro Guaraní Santiago Palumbo. El fallo de la referida magistrada se dio a conocer luego del juicio oral y público llevado a cabo en la sede del Palacio de Justicia.
Fernández sostuvo su decisión señalando que “la interpretación del video de David Weil no alcanza tener la relevancia jurídica penal o que incluso no afectó la honorabilidad de Santiago Palumbo por lo que no existió ningún hecho que pueda afectar el honor del querellante”. Añadió que se consideró como una causa de justificación el video que no pasa el límite de la crítica por un contrato donde se ha vulnerado la palabra al ser un contrato cuasi leonino.
Igualmente, la magistrada de sentencia sostuvo que “David Weil quedó absuelto ya que no afectó el buen nombre o reputación del querellante Palumbo, ya que muchos jóvenes de ese academia contaron que fueron a estudiar y terminaron trabajando para la academia o teatro y generando deudas”.
Del mismo modo, la jueza resaltó que el trato que tenía Santiago Palumbo con los alumnos becados haciéndolos trabajar tanto en la escuela incluso en su casa como servidumbre no es correcto, ya que ninguna persona que va a estudiar debe ser tratado de servidumbre para abaratar costos personales.
Por su parte, el actor Weil Cáceres señaló “me siento satisfecho pero es como una victoria con sabor amargo porque yo denuncié algo que me pasó en el teatro y a raíz de eso se destacó una caja de pandora, donde exalumnos y excolaboradores contaron cómo fue el manejo dentro de la escuela y la propia jueza dijo que no está bien”. Agregó que analizarán la eventual presentación de una demanda en el fuero civil y comercial,
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