Condenan a un hombre a 10 años de cárcel por narcotráfico
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El agente fiscal Eduardo Royg representó al Ministerio Público y sostuvo la acusación durante un juicio oral en el que un Tribunal de Sentencia condenó al acusado, Alberto Ramírez Paoli a 10 años de pena privativa de libertad.
El relato de los hechos señala que, el 11 de enero de 2019, a las 00:20 aproximadamente, en la ruta N° 4 General Díaz, a la altura del Km 29,5, en cercanías de la ciudad de Pilar, Alberto Ramírez Paoli se desplazaba a bordo de una camioneta de la marca Nissan Patrol, con matrícula AFT 225, transportando 69 paquetes de marihuana, con un peso total, según análisis definitivo, de mil ciento cinco kilos, setecientos, los cuales fueron transportados desde el Departamento de San Pedro y tenían como destino la República Argentina.
El Tribunal de Sentencia estuvo presidido por el juez Héctor Capurro e integrado por los miembros, magistrados, Juan Carlos Zárate y Cándida Fleitas. El Colegiado juzgador condenó al acusado a 10 años de pena privativa de libertad, además del comiso de la camioneta de la marca Nissan, modelo Patrol, de color verde metálico, año 2001, chasis JN1TESY6120521128, con Matrícula AFT 225, chassis, la cual ya se encuentra a disposición de la Senabico.
La defensa del condenado tiene la posibilidad de apelar y en caso de ser así será un tribunal de apelación quien tendrá que resolver si corresponde confirmar la presente resolución judicial o anularla y ordenar que se vuelva a realizar un nuevo juicio oral y público.
El Laboratorio Forense del Ministerio Público está bajo la lupa tras detectarse que fueron borradas copias textuales de conversaciones vía WhatsApp, entre el abogado Carlos Duarte (acusado por narcotráfico), y el senador liberal Líder Amarilla, entre otros.
El fiscal Osmar Segovia, en su acusación, señala que las conversaciones son relevantes porque demuestran las relaciones entre varias personas supuestamente implicadas en el negocio narco.
“Carlos Duarte tuvo activa participación para el envío y actuó en connivencia con el coacusado Luis Alberto Servían Zárate (funcionario contratado de Dinac), a los efectos de la remisión de las sustancias incautadas. Específicamente, se encargaba de realizar las tareas previas al envío de sustancias estupefacientes (búsqueda de aliados), reclutamiento de personas para el tráfico (mulas), búsqueda de apoyo de funcionarios aeroportuarios a fin de evitar obstáculos en los respectivos controles de seguridad del aeropuerto y de la Senad, con la finalidad de que las cargas a ser enviadas al continente europeo pasen sin control alguno. Asimismo, tuvo vínculos políticos para la designación de funcionarios públicos que forman parte de la estructura, además, contaba con vínculos de personas dedicadas al tráfico ilícito de estupefacientes y que son nacionales de uno de los países productores de cocaína en la región”, expresa una parte de la acusación fiscal.
“Al realizar el análisis del contenido del aparato celular de marca Redmi, modelo M2003J1555, con un chip sin marca visible, por el perito informático del Laboratorio Forense del Ministerio Público, Lic. José Bareiro, remitido a través del informe técnico de extracción de datos n.º 513/2024, se encontró que muchas de las conversaciones existentes en dicho aparato, específicamente en la aplicación de mensajería WhatsApp, fueron eliminadas. Llamativamente, resultan ser intercambios de comunicaciones de suma relevancia entre personas vinculadas al acusado (Carlos Duarte), como ser el parlamentario Líder Amarilla y el agente especial Jorge González, entre otros”, añade el documento acusatorio.
Condenan a 15 y 18 años de cárcel a dos personas por robo con resultado fatal
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Un tribunal de sentencia condenó a 18 y 15 años de cárcel a dos personas luego de ser encontradas culpables por el delito de robo con resultado de muerte. Los condenados son Juan Manuel Hermosilla, en calidad de autor, y José Mercedes Benítez, en calidad de coautor.
El colegiado sostuvo que se pudo probar la responsabilidad de los dos acusados en el grave hecho registrado. El fiscal del caso y quien pudo demostrar la culpabilidad de los dos acusados fue Augusto Ledesma.
Ahora la defensa de los condenados tienen la posibilidad de apelar el fallo judicial y será un tribunal de apelación el que deberá decidir si corresponde confirmar la resolución de primera instancia.
En fecha 14 de julio de 2021, siendo las 01:00, el episodio se produjo en el interior de la vivienda de la ciudad de Areguá, perteneciente a la Familia Goiburú Soto. Los ahora condenados ingresaron con violencia y arma de fuego en mano, exigieron dinero y la entrega del mismo. El suceso derivó en la muerte de un adolescente, quien recibió un impacto de bala a la altura del pecho.
En el episodio también resultaron heridos sus hermanos, quienes recibieron impactos de bala. Asimismo, despojaron de su aparato celular a una de las víctimas. Los condenados y sus cómplices huyeron a bordo de dos motocicletas.
Condenan a 4 años de cárcel a Miguel Servín, alías “Celular”, por tener título falso de abogado
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Un tribunal de sentencia condenó a 4 años de cárcel al supuesto líder narco Miguel Ángel Servín, alías “Celular”, luego de ser responsable de haber falsificado su título de abogado para obtener su matrícula en la Corte Suprema de Justicia. El tribunal de sentencia integrado por Juan Carlos Zárate, Héctor Capurro y Yolanda Portillo dictó la sentencia condenatoria contra el procesado.
Los jueces de sentencia concluyeron que sí se probó el hecho con documentos y por sobre todo los testigos que declararon durante el desarrollo de la audiencia oral.
La acusación fiscal fue presentada por el hecho punible de producción de documentos no auténticos. De acuerdo a la investigación, en diciembre del año 2017 Miguel Ángel Servín y su presunto testaferro Hugo Meza habían presentado ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dos títulos de contenido falso.
Los títulos fueron expedidos supuestamente por la Universidad de San Lorenzo (UNISAL) y la Universidad Católica (UCA), pero los mismos eran apócrifos, puesto que los acusados ni siquiera fueron alumnos de las instituciones.
La fiscal Nathalia Silva refirió que el día de la fecha se presentó la directora de la UNISAL y también los firmantes del título, quienes desconocieron totalmente que ellos hayan emitido un título a favor del señor Miguel Servín, así como que el mismo ni siquiera se matriculó en dicha institución. Afirmó estar conforme con la decisión, teniendo en cuenta que la pena máxima es de cinco años.
Proceso por narcotráfico
Miguel Ángel Servín, alias Celular, está procesado igualmente por liderar un esquema de tráfico de drogas y lavado de dinero, en el cual sería pieza clave Hugo Meza Huespe, alias MH, quien manejaba los negocios de la banda a través de diversas actividades.
Ratifican prisión de Elián López, quien arrojó una copa de vidrio a una joven que perdió el ojo
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El Tribunal de Apelaciones integrado por los jueces Delio Vera Navarro, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez, ratificó la prisión preventiva Elián López Torres, imputado por el delito de lesión grave, tras arrojar una copa de vidrio a la joven Dahiana Benítez, ocasionándole la pérdida de un ojo, en un local nocturno. De esta manera, se confirma la resolución del juez penal de Garantía Rolando Duarte, quien había decretado la prisión del imputado.
Los camaristas mencionaron que existe aún el peligro de fuga en el presente caso, así como peligro de obstrucción de la investigación del Ministerio Público, por lo que corresponde ratificar la prisión del imputado, refiere la resolución judicial.
La defensa del procesado había apelado la resolución judicial tratando de que el tribunal de apelación pueda revocar la determinación del juzgado de Garantía y el imputado pueda estar en arresto domiciliario, pero tal situación no se generó y el joven seguirá privado de su libertad.
De acuerdo a la imputación del Ministerio Público, el joven había arrojado una copa de vidrio a la víctima, quien acabó perdiendo un ojo luego del impacto de dicho objeto contra su rostro.
Por su parte, los familiares de la joven víctima del hecho piden justicia por el grave suceso que se registró y que el presente caso no quede impune.