El Tribunal de Apelación en lo civil apartó a la jueza Karen González por haber preopinado en el juicio caratulado como "Salmi Agüero contra José Marcelo Álvarez Villalba sobre disolución de la comunidad conyugal”. Foto: Gentileza.
Apartan a jueza Karen González de un juicio civil por su llamativa actuación
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La jueza en lo Civil y Comercial de la capital Karen González fue separada de seguir entendiendo en el juicio civil caratulado “Salmi Agüero contra José Marcelo Álvarez Villalba sobre disolución de la comunidad conyugal”. Así resolvió el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial integrado por los jueces Guido Cocco, María Sol Zuccolillo y Juan Carlos Paredes, quienes consideraron que la jueza González preopinó en el presente caso, por lo que fue separada.
En una resolución que llama poderosamente la atención, la magistrada González le negó a Salmi Agüero saber el estado de sus bienes, en el marco del referido juicio civil. Con la citada resolución judicial adoptada por la jueza le privó a Agüero de acceder a los bienes que ganaron con su esposo durante el matrimonio.
González había fundado su fallo para negar el pedido a la mujer en que se estarían afectando bienes de terceros. Esto se resolvió así debido a que el abogado Marcelo Gauto, en nombre y representación de las firmas Gestiones y Recuperos SA y Judicrisma SA, empresa donde son accionistas Agüero y Álvarez, pidió no entregar los datos financieros a la solicitante.
Igualmente, fuentes judiciales señalaron que la jueza anteriormente hacía lugar a todos los pedidos realizados por el abogado Alfredo Montanaro, quien es representante legal de Álvarez. Sin embargo, cuando solicita algún informe Salmi Agüero, pone muchas trabas al respecto. Esta situación debe llamar la atención a las autoridades del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, que podrían solicitar un informe a la magistrada sobre el presente juicio civil y en caso de encontrarse irregularidad podrían iniciar una investigación preliminar contra la jueza en lo civil Karen González.
Un tribunal de sentencia en mayoría condenó a 28 años de cárcel a Óscar Caballero luego de ser encontrado culpable por el homicidio del exfiscal Javier Ibarra. Foto: Archivo
Condenan a 28 años de cárcel al acusado del homicidio del exfiscal Javier Ibarra
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El tribunal de sentencia integrado por Gloria Garay, Leticia Frachi y Ana Carolina Silveira, condenó a 28 años de cárcel a Óscar Ariel Caballero Sahlmann luego de ser encontrado culpable por el homicidio del exfiscal Javier Ibarra. La determinación se dio a conocer luego del juicio oral y público.
El fiscal del caso fue Julio Ortiz, quien pudo demostrar la responsabilidad del acusado en el grave hecho registrado donde resulto víctima fatal el exrepresentante del Ministerio Público, Javier Ibarra.
Por su parte, la querella representada por el abogado Rodrigo Moreno señaló que “estamos conformes con la sentencia condenatoria donde se ha demostrado plenamente la responsabilidad del hoy condenado en el homicidio de Javier Ibarra”.
Agregó que “el hecho se pudo demostrar con elementos de prueba contundentes, como ser las testificales de las personas que declararon en juicio, las pruebas periciales de Criminalística de la Policía Nacional, así como el circuito cerrado en las inmediaciones de la casa del exfiscal Ibarra y los informes de las telefonías celulares entre otros elementos de prueba”, indico el abogado Moreno.
Ahora la defensa del condenado tiene la posibilidad de apelar y en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que definirá si corresponde confirmar la sentencia condenatoria o disponer que se haga un nuevo juicio oral y público.
Levantan embargo de salario de víctima de la mafia de los pagarés
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La jueza de Paz, Susana Granado, resolvió levantar embargo de salario de Carmen Pamela Ocampos Cáceres, quien fue demandada por Sist y Gestiones SA. La resolución judicial se genera tras el pedido de medida cautelar de suspensión de sueldo presentado por el abogado Israel Aaron Mora, representante legal de Ocampos Cáceres.
El levantamiento del embargo, vía resolución judicial, sería el primero en resolverse a través de un incidente procesal y ya tuvo que haberse remitido el oficio judicial al Ministerio de Justicia para el cese del descuento de Ocampos Cáceres. La misma sufría un descuento en su salario de la suma de G. 900.000. Con esta determinación judicial la misma queda sin efecto y la mujer podría percibir la totalidad de su salario a fin de mes.
El abogado Mora, representante legal de Ocampos Cáceres, en fecha 1 de abril de este año presentó un incidente de nulidad de actuaciones sobre las cédulas de notificación de fecha 7 de diciembre del 2023, de la resolución N° 35.297 de fecha 6 de diciembre del 2023, así también se pidió la nulidad de la cédula de notificación de fecha 7 de agosto del 2023, la notificación de fecha 16 de junio del 2023, la nulidad del informe del oficial de justicia de fecha 4 de julio del 2023 y la notificación de fecha 4 de mayo de 2023.
El referido profesional del derecho argumentó el pedido de nulidad de actuaciones de las notificaciones, así como de las resoluciones señalando que “las actuaciones precedentes indicadas han privado de presentarse mi clienta a la audiencia del acto de reconocimiento de la firma que se le atribuye y así poder defenderse en forma efectiva”. Igualmente agrega que “se ha privado de presentar una defensa por inhabilidad de título contra el documento base de la presente acción” señala el escrito del abogado, quien solicitó el levantamiento del embargo por indefensión de su representada en el presente juicio civil donde se pretendía cobrar una millonaria suma de dinero sin motivo alguno.
La jueza Rosarito Montanía elevó a juicio oral el proceso penal de Rodrigo Emilio Montalva Agüero, acusado de formar parte del esquema de Miguel Ángel Insfrán, alías Tío Rico. Foto: SENAD.
A Ultranza Py: jueza elevó a juicio oral proceso de acusado de formar parte del esquema de Tío Rico
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La jueza del Crimen Organizado, Rosarito Montanía, resolvió elevar a juicio oral y público el proceso penal que enfrenta Rodrigo Emilio Montalva Agüero, detenido en febrero del año 2024 en el marco de la causa A Ultranza Py y quien es considerado parte del esquema criminal presuntamente liderado por Miguel Ángel Insfrán, alias Tío Rico, y Sebastián Marset.
La resolución se dio a conocer luego de la audiencia preliminar llevada a cabo en Palacio de Justicia. La acusación fue presentada por el fiscal Deny Yoon Pak, quien sostiene que Montalva actuaba como operador logístico y financiero del presunto líder narco Miguel Ángel Insfrán alias “Tío Rico” y que utilizaba su empresa Guaraní Business Import & Export S.A. como fachada para enviar cargamentos de cocaína ocultos en mercaderías lícitas hacia Europa y África.
De acuerdo a la acusación del Ministerio Público, entre los años 2020 y 2021 la organización criminal logró exportar más de 17.000 kilogramos de clorhidrato de cocaína, mediante operaciones encubiertas a través de compañías aparentemente legales, entre ellas Guaraní Business, Maxigrains, Artis S.A. y Neumáticos Guairá, todas vinculadas a los imputados.
Montalva fue detenido el 3 de febrero del 2024, en un intento de fuga hacia Brasil por el Puente de la Amistad. En ese momento presentó un documento de identidad falso a nombre de su hermano y portaba una importante suma de dinero en efectivo. Ya en el año 2022 había sido declarado en rebeldía y contaba con orden de captura internacional.
El Ministerio Público lo acusa de tráfico internacional de drogas, asociación criminal y lavado de dinero y solicita además el comiso de bienes utilizados o adquiridos con dinero ilícito: desde una aeronave Cessna, vehículos de alta gama, montacargas y basculas utilizadas en los procesos de carga, hasta la propia empresa Guaraní Business, actualmente administrada por la SENABICO.
Condenan a dos personas a 10 años de cárcel por robar un camión Scania
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Un tribunal de sentencia condenó a 10 años de cárcel a dos personas luego de ser encontrados culpables por robo agravado. Los condenados son Jorge Pavón Cohene y Cristhian Jara Coronel. La fiscala que probó la responsabilidad de los dos acusados fue Alejandra Vera. El colegiado sostuvo que el Ministerio Público pudo probar la responsabilidad de los dos acusados en el grave hecho registrado.
La investigación, llevada adelante por la representante del Ministerio Público, logró llegar hasta los responsables de un violento hecho ocurrido el 2 de agosto de 2021, cuando Adelio Giménez y Fernando Giménez se dirigieron a la compañía Curupicayty de la ciudad de Itá con la intención de mostrar y vender su camión Scania a un supuesto comprador. Una vez en el lugar, fueron interceptados por Pavón Cohene y Jara Coronel, quienes los redujeron con un arma de fuego, maniatando y amordazando a sus víctimas, manteniéndolas retenidas en la cabina del vehículo de gran porte.
Luego fueron trasladados a otro sitio y obligados a abordar otro vehículo en compañía de personas hasta ese entonces no identificadas. Finalmente, Adelio y Fernando Giménez fueron abandonados en el Km 15, calle Quintana, de la compañía Takuara de la ciudad de Nueva Italia, y los ahora sentenciados se dieron a la fuga en el camión Scania.
Ahora la defensa de los dos condenados tiene la opción de apelar el presente fallo judicial y en caso de que sea así, un tribunal de apelación tendrá la última palabra sobre si confirma la sentencia de primera instancia o si se ordena la realización de nuevo juicio oral y púbico.